La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 20 de marzo de 2007, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la asistencia a los Municipios de menor dimensión, en relación con la rendición de cuentas, por las Diputaciones Provinciales, acuerda:
Instar a las Diputaciones y organismos supramunicipales a que realicen las siguientes funciones respecto a su labor de apoyo a los municipios: a) Doten a las unidades del servicio de asistencia y asesoramiento a Municipios, de los medios personales, técnicos, tecnológicos y económicos suficientes conducentes al cumplimiento de las obligaciones contables y de rendición de cuentas de éstos.
b) Elaboren un plan anual de líneas de actuación encaminadas a una idónea prestación de asesoramiento y asistencia a los municipios en el cumplimiento de sus obligaciones especificando los medios personales, técnicos, tecnológicos y económicos antes referidos así como la concreción de un objetivo argumentado y motivado encaminado a la homogeneización de esos medios técnicos y tecnológicos. c) Establezcan un sistema de una comunicación formal y reglamentada entre los Municipios y las Diputaciones u organismos supramunicipales que contribuya a una correcta evaluación y anticipación a los problemas y necesidades de los municipios y una mejor realimentación de los planes anuales antes citados. d) Los citados planes anuales elaborados por las Diputaciones u organismos supramunicipales contemplen la oferta y en su caso aceptación de una específica asistencia en las liquidaciones presupuestarias y de las operaciones de cierre y apertura de la contabilidad y como mínimo la revisión y supervisión de estas operaciones contables de los municipios que las realicen por sí mismos. e) Realicen una periódica evaluación y realimentación de la utilización de los programas informáticos facilitados a los municipios para la teneduría de la contabilidad. f) En la dotación de medios técnicos y tecnológicos se concrete específicamente, en los planes anuales, un adecuado acceso a Internet a los municipios que tengan acceso inadecuado o no tengan acceso a esta tecnología de la comunicación como medio fundamental para la consecución de los objetivos perseguidos en dichos planes anuales. g) Las páginas web de los Organismos supramunicipales contengan, para el acceso de los Municipios a la legislación, en especial a la legislación local, modelos de los distintos impresos y expedientes que faciliten el cumplimiento de las obligaciones contables y económico-financieras y facilite, también, el acceso a los distintos servicios de las Diputaciones u organismos supramunicipales. Las páginas web deben prever ser continente de los propios programas contables, de tal manera que el personal que trabaje en el apoyo a los municipios pueda trabajar directamente en el entorno web así como el alojamiento de archivos documentales digitales, etc.; en definitiva tenga en cuenta las innovaciones que se van produciendo en las tecnologías de las comunicaciones. h) Elaboren un manual de procedimientos de control interno que englobe los objetivos propios de la auditoría interna (generación de evidencias documentales, separación de funciones, circuitos de la toma de decisiones, etc.) así como contribuir a verificar el correcto desarrollo de la prestación de servicios y servir de instrumento de planificación y programación de medidas concretas de asistencia.
i) La Dirección General de Cooperación Local remita anualmente los datos del Registro de Funcionarios Locales con Habilitación Nacional de su provincia.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2007.-El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Francesc Antich Oliver.-El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Ramón Mateos Martín.
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