En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 5 de julio de 2006 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases de convocatoria
1. Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado número 48, de 25 de febrero de 2005).
2. Normas generales
2.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir setenta y cinco plazas en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del grupo B incluidos en el anexo VI, de esta convocatoria. 2.2 Del total de plazas se reservarán cuatro para ser cubiertas por personas que reuniendo las restantes condiciones de participación presenten discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. Las plazas reservadas que resultaran desiertas se acumularán al turno ordinario de provisión. 2.3 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia, y las bases de la convocatoria. 2.4 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo con la calificación final del proceso selectivo, según la petición de destino, a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan. 2.5 El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición, al que seguirá un curso selectivo de formación, tal y como se describe en el anexo I de la presente convocatoria. 2.6 El programa que ha de regir en la fase de oposición de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
3. Requisitos de los candidatos
Además de los establecidos en las bases comunes, para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y deberán gozar de los mismos durante el proceso selectivo:
a) Estar en posesión o en condición de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
b) Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la ley 30/1984, de 2 de agosto, y que se encuentren relacionados en el anexo VI de esta convocatoria, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B y destinados en la Administración General del Estado. c) Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. d) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo de titulación inmediatamente inferior al del Cuerpo o Escala al que pretenden acceder.
4. Solicitudes
4.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado a través de Internet en la dirección www.map.es o en el portal del ciudadano (www.060.es). 4.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director del Instituto Nacional de Administración Pública. 4.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas a través de la dirección de internet www.map.es.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos en que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
5. Certificación de servicios
Los aspirantes que superen los ejercicios de la fase de oposición deberán presentar en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados de la fase de oposición, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios (según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria), en la que, entre otros extremos, se contenga la mención expresa de la antigüedad referida al día de publicación de esta convocatoria, así como del grado personal consolidado en dicha fecha y debidamente formalizado, y del nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñen en la misma fecha. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
6. Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter de la prueba así lo aconseje. 6.2 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes, de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. 6.4. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el primer ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos. 6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, de Madrid. Teléfonos 912739217/155/121 y dirección de correo electrónico pruebas selectivas.etgoa.promocioninterna@inap.map.es.
7. Valoración de méritos de la fase de concurso
7.1 La valoración de los méritos señalados, que se aprobará por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública a propuesta del Tribunal, se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de un punto hasta un máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base 5, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 16 y 17: 11 puntos.
Grados 18 y 19: 12 puntos. Grados 20 y 21: 13 puntos. Grados 22 y 23: 14 puntos. Grados 24 y 25: 15 puntos. Grados 26: 16 puntos.
En caso de no tener grado consolidado, será computado el del puesto de ingreso en el Cuerpo o Escala de procedencia de acuerdo con el anexo VI de la presente convocatoria.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado y en los órganos constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 18 e inferiores: 13 puntos.
Nivel 19: 14 puntos. Nivel 20: 15 puntos. Nivel 21: 16 puntos. Nivel 22: 17 puntos. Nivel 23: 18 puntos. Nivel 24: 19 puntos. Nivel 25: 20 puntos. Nivel 26 o superior: 21 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del grupo B. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de hijos se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, y órganos constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo con carácter definitivo en Órganos constitucionales, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Cursos de formación: Los cursos de formación acreditados por el funcionario que estén relacionados con las funciones propias del Cuerpo o escala a la que se pretende acceder se valorarán, en función del grado de conexión con dichas funciones, de 0,25 a 1 punto por curso. La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de cinco puntos.
7.2 Los puntos así obtenidos se sumarán a la puntuación alcanzada en la fase de oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 10, a efectos de determinar los aspirantes que han superado ambas fases del proceso selectivo y que no podrán exceder del número de plazas convocadas.
8. Desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición
8.1 Los ejercicios de estas pruebas selectivas se celebrarán en Madrid a partir del 1 de septiembre de 2007. 8.2 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad. 8.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 26 de enero). Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados y la elevará al Director del Instituto Nacional de Administración Pública para su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 8.4 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. 8.5 Los aspirantes serán convocados para los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, pudiendo disponer en tal circunstancia la realización de una convocatoria extraordinaria.
9. Calificación de los ejercicios de la fase de oposición
Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán en los siguientes términos:
Primer ejercicio: Se calificará de cero a 50 puntos. Los aspirantes deberán obtener, al menos, 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 15 puntos para acceder al tercer ejercicio. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 15 puntos para acceder a la fase de concurso.
Las calificaciones de cada uno de los ejercicios se harán públicas por el Tribunal a la finalización de su práctica.
10. Calificación de la fase de concurso
La valoración de los méritos de la fase de concurso se efectuará por el Tribunal calificador en los términos enunciados en base 7.1 de esta convocatoria.
11. Listas de aprobados
11.1 Concluidos los ejercicios de la fase de oposición correspondientes a estas pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que la hayan superado, con indicación de la puntuación total obtenida y del número del documento nacional de identidad, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, en las direcciones de internet citadas en la base 4, así como en la página web del Instituto Nacional de Administración Pública (www.inap.es) y en aquellos otros que estime oportunos. En ningún caso el número de aspirantes que superen la fase de oposición, podrá exceder del número de plazas convocadas. 11.2 Asimismo, una vez valorados los méritos de la fase de concurso por el Tribunal, se hará pública, siguiendo el procedimiento recogido en el apartado anterior, la relación provisional de las puntuaciones de los aspirantes en la fase de concurso con indicación del número del documento nacional de identidad. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos en la fase de concurso. 11.3 En caso de su rectificación, se publicará, de la misma manera que la relación provisional, la resolución que contenga la relación de las puntuaciones definitivas en la fase de concurso. 11.4 La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se atenderá a la puntuación otorgada al segundo y primer ejercicio, por este orden. De continuar el empate se atenderá al mérito de antigüedad, al grado personal consolidado y al trabajo desarrollado, por este orden. Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la Administración, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria. 11.5 El Tribunal elevará a la Secretaría General para la Administración Pública la relación definitiva de los aspirantes que han superado el concurso-oposición. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
12. Curso selectivo
12.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de esta Secretaría General, será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública. Se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde que finalice el plazo previsto en la base 13.1 para la presentación de documentos. Por la Dirección del Instituto se podrá acordar la realización conjunta de este curso selectivo con el correspondiente al de otras pruebas selectivas convocadas para acceso a la misma escala, previstas en el artículo 6.5 a) del Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero. 12.2 La duración del curso selectivo será de dos meses. Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por el Instituto Nacional de Administración Pública. El curso se calificará de apto o no apto.
13. Nombramiento de funcionarios de carrera
Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado. La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución de nombramiento citada.
14. Norma final
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 4 de mayo de 2007.-El Ministro de Administraciones Públicas, P. D. (Orden APU/3308/2004, de 7 de octubre), la Secretaria General para la Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
ANEXO I Descripción del proceso selectivo
1. El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición, al que seguirá un curso selectivo de formación. 2. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas sobre los temas del grupo de materias comunes del programa a que hace referencia el anexo II.
El tiempo para la realización del ejercicio será de una hora. El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente. Segundo ejercicio: Consistirá en elaborar por escrito la propuesta de resolución, informe, recurso o instrumento que proceda, en relación con el supuesto práctico que proponga el Tribunal, que estará relacionado con el bloque de materias específicas del programa elegido por el aspirante. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros o documentación que consideren necesaria y que aporten para la ocasión. El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas. El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública, que podrá formular al aspirante las preguntas que se consideren oportunas relacionadas con el supuesto planteado, durante un tiempo máximo de quince minutos. Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de treinta minutos, de tres temas del programa recogido en el anexo II, uno de ellos a elegir entre dos correspondientes al bloque de materias comunes del programa, y dos correspondientes al bloque de materias específicas escogido por el aspirante. Los aspirantes dispondrán de diez minutos, previos a la exposición oral de los temas, para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ningún texto o apunte. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante durante un plazo máximo de diez minutos.
3. La calificación de cada ejercicio se hará pública por el Tribunal al final de cada uno de los ejercicios de oposición, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio y en aquellos otros que estime oportunos, así como en la Páginas web del INAP y las previstas en la base 4.
4. En la fase de concurso se valorarán los méritos señalados en la base 7 de esta convocatoria. 5. Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán seguir el curso selectivo de formación organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública conforme a lo previsto en la base 12 de la presente convocatoria. Los aspirantes que no resulten calificados de apto en el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos mediante resolución motivada de la autoridad convocante a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. 6. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
6.1 Fase de oposición: El lugar y la fecha de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se harán públicos conforme a lo recogido en el punto 9.1 de las bases comunes y respetando el plazo indicado en la base 8.1 de esta convocatoria.
6.2 Fase de concurso: La lista que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso se hará pública mediante Resolución del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos en la fase de concurso. Por la misma autoridad se publicará Resolución que contenga la relación de las puntuaciones definitivas en la fase de concurso. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
ANEXO II Programa
Grupo de materias comunes
1. La Constitución española de 1978. La transición política y el proceso constituyente.
2. Características y estructura de la Constitución. Principios y valores fundamentales. 3. El Estado social y democrático de derecho. Democracia directa y democracia representativa en la Constitución española. 4. Los derechos fundamentales en la Constitución y sus garantías. 5. La monarquía parlamentaria. La Corona: atribuciones y competencias. 6. El ordenamiento administrativo. La potestad reglamentaria. 7. El Gobierno y la Administración pública. La Administración pública: principios constitucionales. 8. La Administración General del Estado. Organización central y periférica. 9. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. 10. La distribución de las competencias entre las administraciones públicas. Conflictividad interadministrativa. Las relaciones interadministrativas. 11. El régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común. 12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Principales innovaciones del Estatuto. Tipos de empleados públicos. 13. Los contratos de las administraciones públicas. Concepto y clases. El procedimiento de contratación. 14. Los presupuestos generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. 15. El control jurisdiccional de la actividad administrativa. 16. De la Comunidad Económica Europea a la Unión Europea. Los Tratados constitutivos y el Tratado de la Unión Europea. Estado actual de la ampliación de la Unión Europea. 17. Las instituciones de la Unión Europea. 18. El derecho comunitario. Fuentes. Relación entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 19. La aplicación del derecho comunitario. La aplicación del derecho comunitario en España. La participación de los Estados miembros en el proceso decisorio. 20. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libre circulación de trabajadores y la política social. 21. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales. 22. Política agrícola y pesquera. Otras políticas comunes. 23. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior. 24. La política regional de la Unión Europea. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social. 25. La Unión Europea: la unión política y la unión económica y monetaria. La constitucionalización de la Unión Europea. 26. El análisis científico-social de las administraciones públicas. Características de la burocracia pública. 27. La modernización administrativa. La nueva gestión pública. La modernización de la administración española. Desarrollos más recientes y tendencias. 28. La incorporación de la mujer al mercado de trabajo. Especial referencia a las administraciones públicas. Políticas de promoción de la igualdad de género. La conciliación de la vida personal, familiar y laboral. 29. Las políticas públicas: elaboración, ejecución y evaluación. La Agencia Estatal para la evaluación de las políticas públicas. 30. La cultura administrativa. La ética pública y los conflictos de intereses en el ámbito público. 31. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual. 32. El sector público económico. Dimensión económica y social. Mecanismos de regulación. 33. La política monetaria en España. La renta nacional. La evolución de la balanza de pagos española. 34. Las instituciones del sistema financiero. Implicaciones de la integración económica y monetaria europea. 35. Estructura social de la España actual. Cambios y tendencias demográficas. Emigración e inmigración en España.
Grupos de materias específicas
I. Derecho Constitucional y Administrativo
1. El poder constituyente. La revisión y la reforma de la Constitución. 2. Los derechos fundamentales, evolución histórica. Clasificación. Estructura de la declaración de derechos en la Constitución española. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española. 3. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales. 4. Los límites de las libertades públicas. Estados de alarma, excepción y sitio. Los deberes constitucionales. 5. Los partidos políticos y los sindicatos en España. Regulación constitucional y régimen jurídico. 6. El Gobierno: Composición y estructura. Procedimiento del nombramiento y cese del Gobierno. 7. Las funciones del Gobierno. El Gobierno y la Administración. 8. Las Cortes Generales. Composición y funciones de las cámaras. El estatuto de los parlamentarios. La disolución de las cámaras. 9. Las funciones de las Cortes Generales. El procedimiento legislativo. 10. El control parlamentario del Gobierno. 11. Organización y competencias del Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado. 12. El Poder Judicial en la Constitución. La organización judicial en España. 13. El gobierno del Poder Judicial: Composición y funciones del Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. 14. El Tribunal Constitucional. Naturaleza, composición y organización. 15. El control de constitucionalidad. Modelos comparados. Los procedimientos de control de constitucionalidad. 16. Los conflictos entre órganos constitucionales del Estado. Los conflictos competenciales ante el Tribunal Constitucional. 17. La administración institucional. Los organismos públicos. Organismos autónomos, entidades públicas empresariales. Las Agencias estatales. 18. Las Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y administrativa. 19. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza. Contenido. El proceso autonómico y la reforma de los Estatutos. 20. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Tipos históricos y su evolución. La Administración Pública y el derecho administrativo. 21. Fuentes del Derecho Administrativo. La ley. Clases de leyes estatales en la Constitución. Las leyes de las Comunidades Autónomas. 22. Disposiciones del Gobierno con valor de ley: decretos legislativos; decretos-leyes. 23. El reglamento: Concepto y naturaleza. Clasificación de los reglamentos. La potestad reglamentaria y sus límites. Impugnación. El control de los reglamentos. 24. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: La desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados. 25. El administrado. Clases. Capacidad del administrado y sus circunstancias modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado. La participación del administrado en las funciones administrativas. 26. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas. Las garantías en el desarrollo del procedimiento administrativo. 27. Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: Concepto y elementos. 28. La forma de los actos administrativos. La motivación, la notificación y la publicación. El silencio administrativo: su régimen jurídico. Utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración. 29. La eficacia del acto administrativo: Principios generales. Efectividad del acto administrativo. Procedimientos de ejecución. Términos y plazos. 30. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revisión de oficio. 31. Organización administrativa. El órgano administrativo. Concepto y naturaleza. Clases de órganos: en especial, los colegiados. La competencia: naturaleza, clases y criterios de delimitación. 32. Las relaciones interorgánicas: Coordinación y jerarquía. Desconcentración y delegación de competencias. Delegación de firma. Encomienda de gestión. La avocación. 33. Procedimiento administrativo: Principios generales. La estructura del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. 34. Los recursos administrativos: Concepto y principios generales. Clases de recursos. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. 35. La jurisdicción contencioso-administrativa. Concepto y naturaleza. Órganos de este orden jurisdiccional. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento general. 36. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Legislación española: Antecedentes y regulación actual. Procedimiento general. Procedimiento abreviado. 37. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. 38. La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. 39. Los contratos de las Administraciones Públicas: Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los demás contratos de las Administraciones Públicas. Legislación vigente: Ámbito de aplicación. Órganos competentes para su celebración. Capacidad para contratar: Prohibiciones. 40. El procedimiento de contratación y la adjudicación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. La invalidez de los contratos administrativos. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión y subcontratación. 41. El contrato de obras: Régimen jurídico. El contrato de gestión de servicios públicos: Régimen jurídico. 42. El contrato de suministro: régimen jurídico. Los contratos de consultoría y asistencia, los contratos de servicios: régimen jurídico. 43. La expropiación forzosa: Naturaleza y justificación, sujetos y objetos. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales. 44. Las propiedades administrativas. El dominio público. Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales. 45. Formas de actuación administrativa. La actividad administrativa de fomento. La actividad administrativa de servicio público. La actividad de policía o de limitación.
II. Economía y Administración Financiera
1. Los modelos de la política económica: modelo neoclásico, keynesianismo y monetarismo. Enfoques actuales. 2. La internacionalización de la economía española. Comercio exterior y balanza de pagos. 3. Política monetaria y política fiscal: antes y después de la entrada en el SME. La entrada en el Euro y la política de estabilización. El Sistema Europeo de Bancos Centrales. 4. El sector primario. Evolución. Análisis de las principales macromagnitudes. Situación actual. 5. El sector industrial. Evolución. Análisis de las principales macromagnitudes. Situación actual. 6. El sector servicios. Evolución. Análisis de las principales macromagnitudes. Situación actual. Especial referencia al turismo. 7. El sector público económico. Dimensión económica y social. Las empresas públicas. 8. El Sistema de la Seguridad Social. Dimensión, financiación y problemas actuales. Dependencia y marginación social en España. 9. El Sistema Nacional de Salud. Financiación. Relaciones con el sistema de Seguridad Social. 10. El sistema educativo. Financiación. La reforma del sistema educativo. 11. El mercado de trabajo en España. La evolución del empleo. Población activa, ocupación y paro. 12. Políticas de empleo en España: Protección por desempleo y políticas activas. La incorporación de la mujer a la vida laboral. 13. La política medioambiental en España. La políticas I+D+i. 14. El sector público. La actividad financiera. La hacienda pública. 15. Déficit público: Clases y problemas en su financiación. 16. Precios, tasas y contribuciones especiales. Las tasas: Concepto y clasificación. Las contribuciones especiales. 17. La Ley General Presupuestaria. Las leyes anuales de presupuestos. 18. Los Presupuestos Generales del Estado en España (I). Concepto y contenido. Regulación jurídica. Clasificaciones presupuestarias según la legislación vigente. 19. Los Presupuestos Generales del Estado en España (II). La elaboración del Presupuesto: sujetos participantes y técnicas de previsión. Tramitación y aprobación del Presupuesto. 20. Los Presupuestos Generales del Estado en España (III). Las modificaciones presupuestarias: Tipología, requisitos y competencias para su autorización. Tramitación de las mismas. El control de las modificaciones presupuestarias. 21. El gasto público. Procedimiento general de ejecución del gasto público: Aprobación del gasto. Compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación y propuesta de pago. 22. Gestión de gastos de personal. Retribuciones de los empleados públicos. Gestión de los gastos de personal en activo. La Seguridad Social de los empleados públicos. La gestión de los gastos de clases pasivas. 23. La gestión de gastos contractuales. El nacimiento de las obligaciones contractuales. El cumplimiento de los contratos. El reconocimiento de la obligación. Justificación. La extinción de la obligación contractual. Las obligaciones de ejercicios futuros. 24. Las subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación. Reparto de competencias para regular y conceder subvenciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El procedimiento de concesión y pago. 25. La tesorería de los centros gestores de gasto. Procedimientos que incluyen el pago directo por caja. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija. 26. El Tesoro Público: Funciones y competencias. 27. El crédito público. La deuda pública. Límites al endeudamiento de los entes públicos. 28. La Contabilidad Pública. El Plan General de Contabilidad Pública. Principios contables, cuentas anuales y normas de valoración. La responsabilidad contable por el manejo de fondos públicos. 29. La Cuenta General del Estado. Formación y remisión. Documentos y estados que la integran. Su examen y comprobación por el Tribunal de Cuentas, tramitación por la Cortes Generales y aprobación. 30. El régimen financiero de los organismos autónomos. Agencias, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales y otros entes del sector público estatal. 31. El régimen financiero de las Comunidades Autónomas. El sistema de financiación autonómica. 32. El régimen financiero de las Entidades Locales: Las haciendas locales. 33. Las relaciones financieras entre las administraciones públicas españolas. Las relaciones financieras con la Unión Europea. Los fondos estructurales. El FSE, el FEDER, el FEOGA: Orientación y garantía. Otros instrumentos financieros comunitarios. 34. El procedimiento económico-administrativo. Interesados, materias y actos impugnables.Recursos. 35. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal. La auditoría de cuentas. 36. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público. 37. Sistema tributario: consideración general. Sistema tributario español. Evolución. Estructura básica del sistema vigente. 38. Los tributos: concepto, naturaleza y clases. El impuesto: Su concepto y fundamento. Clasificación de los impuestos. 39. Las obligaciones tributarias: sus clases. El hecho imponible y el devengo. La prescripción. Otras formas de extinción de la deuda tributaria. 40. Los obligados tributarios: concepto y clases; el sujeto pasivo; los responsables del tributo. El domicilio fiscal. La exención tributaria. 41. La base imponible. La base liquidable. El pago de la deuda tributaria; medios de pago. Principios de la gestión recaudatoria. 42. Las infracciones tributarias: concepto, naturaleza y clases. Sanciones. Procedimiento sancionador en materia tributaria. 43. Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Impuesto sobre sociedades. 44. Impuesto sobre el patrimonio. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. 45. Impuesto sobre el valor añadido. Los impuestos especiales.
III. Recursos Humanos
1. El sistema español de empleo público. Evolución. Características actuales. El desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público. 2. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo. Personal laboral. Regímenes especiales de funcionarios. 3. La gestión del sistema de empleo público en la Administración General del Estado. Órganos superiores de la función pública: Composición y atribuciones. Distribución de competencias en materia de personal. 4. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La Oferta de Empleo Público. 5. La selección del personal funcionario. Los órganos de selección. El procedimiento selectivo. 6. La carrera profesional. Las relaciones de puestos de trabajo. 7. La provisión de puestos de trabajo. El concurso. La libre designación. Otras formas de provisión de puestos. 8. La promoción profesional. La promoción interna y sus formas. 9. La formación de los empleados públicos: la formación continua en las Administraciones Públicas. 10. Situaciones administrativas de los funcionarios. 11. Los derechos de los funcionarios. 12. Los deberes de los funcionarios. La responsabilidad de los funcionarios y de los agentes de la Administración. Responsabilidad penal, civil y disciplinaria. El régimen disciplinario. 13. El sistema retributivo de los funcionarios. La evaluación del rendimiento. 14. Nóminas: Estructura y confección. 15. Incompatibilidades de los funcionarios. Ética del servicio público. 16. El régimen de Seguridad Social de los funcionarios. Clases pasivas. 17. La jubilación de los funcionarios públicos: Procedimiento y concesión de pensión. 18. Mutualismo administrativo: MUFACE. Incorporación. Cotización. La acción protectora del mutualismo administrativo. 19. Los derechos colectivos de los funcionarios. Participación y régimen de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Elección de los órganos de representación. 20. El derecho del trabajo. Características. Principios constitucionales. 21. Las fuentes del ordenamiento laboral. 22. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar. Contenido. Forma del contrato. 23. Modalidades del contrato de trabajo. 24. La negociación colectiva y el procedimiento negocial. Las peculiaridades de la Administración General del Estado. 25. Los Convenios Colectivos. El contenido de los Convenios Colectivos; su contenido mínimo. 26. El personal laboral al servicio de la Administración General del Estado: Su régimen jurídico. El II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. 27. II Convenio Único: Clasificación profesional. Sistema de clasificación. Grupos profesionales. Areas funcionales. Especialidades. Sistema de provisión de vacantes y Promoción. 28. II Convenio Único: Estructura salarial del personal laboral. 29. Jornadas y horarios. Vacaciones, Permisos y Licencias. 30. Modificación de las condiciones de trabajo. Movilidad funcional y geográfica. 31. La suspensión del contrato de trabajo: Causas, efectos. Las excedencias. Las interrupciones de la prestación laboral. 32. Extinción del contrato de trabajo. Concepto y efectos. Enumeración de sus causas. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo. 33. El despido disciplinario. Causas. Forma, lugar y tiempo. Indemnizaciones. 34. Los derechos de los trabajadores. Condiciones de trabajo. 35. Seguridad e higiene en el trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 36. La huelga. Concepto y clases de huelga. La regulación de la huelga. Procedimiento para el ejercicio del derecho de huelga. 37. Efectos del ejercicio del derecho de huelga. Límites del derecho de huelga. Garantía de prestación de servicios públicos esenciales para la comunidad. Protección del ejercicio del derecho de huelga. 38. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y administración laboral. 39. El empleo público de las Comunidades Autónomas. Ordenación de su función pública. La función pública local. 40. Movilidad de funcionarios entre las Administraciones Públicas. 41. La Seguridad Social. Formación y desarrollo de la Seguridad Social en España. Características. 42. Régimen general y regímenes especiales. Normas de afiliación y cotización. 43. Contingencias y situaciones protegidas. Los conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional. El accidente «in itinere». El concepto de enfermedad profesional. 44. Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones. Características de las prestaciones. 45. Régimen de incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
ANEXO III Tribunal
Tribunal titular:
Presidente: Don Julián Álvarez Álvarez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Alvarina Cuesta La Hoz, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Vocales:
Don Juan Carlos Gómez-Rico Reguillos, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
Doña Yolanda Martínez Sevilla, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Don José Sánchez-Crespo Madrazo, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Tribunal suplente:
Presidente: Don José Eduardo Álvarez Álvarez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Ana Clavo Martínez, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Vocales:
Don Ramón Jiménez Romano, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
Doña M.ª Luisa Díez Tascón, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Doña Ester Arizmendi Gutiérrez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud
1. Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las previstas en las normas específicas establecidas en los anexos de esta convocatoria, y en todo caso, las siguientes:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Administraciones Públicas».
En el recuadro relativo a Centro Gestor se hará constar «Subsecretaría». En el recuadro número 15 se señalará «Técnica de Gestión de Organismos Autónomos», consignándose el código número 6000 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado. En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se consignará una P: acceso por el sistema de promoción interna. En el recuadro número 18 «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Administraciones Públicas». En el recuadro número 19 se especificará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que se haya publicado la presente convocatoria. Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro número 20. En el recuadro 21 los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en el apartado a) de la base 3 de esta convocatoria. En el recuadro 25 A) se hará constar el grupo de materias específicas elegido entre los tres propuestos en la convocatoria. En el recuadro 25 B) se consignará el código del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante de acuerdo con el anexo VI de esta convocatoria. El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,54 €.
2. Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante, debiendo optar en ella por uno de los grupos de materias específicas propuestas. Quienes solicitasen participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por ese cupo. La contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubiesen observado.
3. Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través de la Sección Auxiliar del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. 4. Estarán exentos del pago de esta tasa los demandantes de empleo y las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo aportar la documentación prevista en los puntos 8, 9 y 10 del apartado octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (BOE del 25), y detallada en el punto siguiente. 5. Presentación de documentación adicional. Se deberá presentar la siguiente documentación adicional, en los supuestos enunciados a continuación:
5.1 Las personas exentas del pago de la tasa por figurar como demandantes de empleo deberán presentar: a) Certificado emitido por los servicios públicos de empleo con los requisitos señalados en el punto 8 b) del apartado octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (BOE del 25).
b) Declaración jurada o promesa escrita del solicitante que declare que se carecen de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
5.2 Las personas exentas del pago de la tasa por participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad deberán presentar el certificado acreditativo de dicha condición.
5.3 Las personas con discapacidad que soliciten una adaptación de tiempo adicional o de medios, deberán adjuntar además, el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
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ANEXO VI Relación de Cuerpos y Escalas incluidos en la presente convocatoria
0008 C. Carrera de Interpretación de Lenguas, a extinguir. 0014 C. Técnico de Hacienda. 0015 C. Técnico de Auditoría y Contabilidad. 0016 C. Técnico de Gestión Catastral. 0112 C. Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. 0113 C. Ingenieros Técnicos Forestales. 0115 C. Inspectores de Calidad del Servicio Defensa contra Fraudes, a extinguir. 0116 C. Maestros de Taller Instituto Politécnico Nacional Marítimo Pesquero, a extinguir. 0311 C. Aparejadores, a extinguir. 0313 C. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. 0406 C. Ingenieros Técnicos Arsenales de la Armada. 0408 C. Observadores de la Armada, a extinguir. 0615 C. Ingenieros Técnicos del SOIVRE. 0616 C. Diplomados Comerciales del Estado. 0617 C. Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública. 0618 C. Ingenieros Técnicos Forestales al Servicio de la Hacienda Pública. 0619 C. Diplomados en Estadística del Estado. 0709 C. Ingenieros Técnicos Industriales del Estado, a extinguir. 0710 C. Ingenieros Técnicos de Minas del Estado, a extinguir. 0911 C. Ayudantes Técnicos Sanitarios Instituciones Penitenciarias. 0913 C. Especial de Instituciones Penitenciarias. 1011 C. Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. 1012 C. Aparejadores y Ayudantes de vivienda, a extinguir. 1118 C. Inspectores de Prensa, a extinguir. 1119 C. Ingenieros Técnicos de Radiodifusion y Televisión, a extinguir. 1120 C. Ingenieros Técnicos en Topografía. 1122 C. Gestión de la Administración Civil del Estado. 1177 C. Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. 1220 C. Enfermeras Puericultoras Auxiliares, a extinguir. 1221 C. Instructores de Sanidad, a Extinguir. 1223 C. Practicantes Titulares, a extinguir. 1224 C. Matronas Titulares, a extinguir. 1236 E. C. Personal Técnico Auxiliar de Sanidad, a extinguir. 1306 E. Técnica del C. Téc. de Seguridad Nuclear y Protección radiológica. 1415 C. Controladores de Circulación Aérea. 1416 C. Diplomados en Meteorología del Estado. 1417 C. Oficiales de Aeropuertos. 1418 C. Gestión Postal y de Telecomunicación. 1419 C. Ingenieros Técnicos Aeronáuticos. 1420 C. Técnicos Medios, a extinguir. 1421 C. Ingenieros Técnicos de Telecomunicación, a extinguir. 1510 C. Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. 1517 C. Asistentes Sociales, a extinguir. 1610 C. Gestión de la Administración de la Seguridad Social. 1631 E. Asistentes Sociales de la Administración de la Seguridad Social. 1632 E. Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social. 1638 E. Titulados Medios, a extinguir de la Administración de la Seguridad Social. 1639 E. Asistentes Sociales, a extinguir de la Administración de la Seguridad Social. 1649 Plazas Profesores Grupo B, a extinguir Centros Asistenciales Instituto Social de la Marina. 1650 Plazas de Maestros Grupo B, a extinguir Centros Asistenciales Instituto Social de la Marina. 1651 Plazas Monitores, a extinguir Centros Asistenciales del Instituto Social de la Marina. 1702 Subgrupo Gestión del Grupo de Administración General a extinguir. 4113 C. Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas. 5014 E. Titulados Escuelas Técnicas Grado Medio OO.AA. del MAPA. 5017 E. Agentes de Extensión Agraria del Serv. de Extensión Agraria, a extinguir. 5018 E. Secretarios de Primera Categoría Cámaras Agrarias del IRA, a extinguir. 5026 E. Inspectores Provinciales del SENPA, a extinguir. 5038 E. Monitores de Extensión Agraria Servicio de Extensión Agraria, a extinguir. 5107 E. Bibliotecario Instituto de Estudios de Administración Local, a extinguir. 5309 E. Técnicos Grado Medio Organismos Autónomos Ministerio Defensa, a extinguir. 5310 E. Titulados Técnicos esp. I.N.T.A. Esteban Terradas. 5420 E. Titulados Escuelas Técnicas grado Medio de Org. Auton. MEC. 5515 E. Inspectores Jefes del Servicio de Vigilancia Aduanera a extinguir. 5531 E. Oficiales Radiocomunicación Serv. de Vigilancia Aduanera, a extinguir. 5540 E. Funcionarios A.T.S. del PMM, a extinguir. 5608 E. Técnico de Grado Medio, a extinguir del INI. 5609 E. Auxiliar Técnico no Titulado, a extinguir del INI. 5611 E. Titulados Escuelas Téc. Grado Medio OO.AA. Ministerio Ciencia y Tecnología. 5707 E. A.T.S. de la Jefatura Central de Trafico, a extinguir. 5813 E. A.T.S. de Organismos Autónomos del Ministerio de Justicia, a extinguir. 5819 E. Asistentes Sociales de Organismos Autónomos Ministerio de Justicia, a extinguir. 5913 E. Tit. Escuelas Téc. Grado Medio OO.AA. Ministerio de Medio Ambiente. 5915 E. Depositarios Pagadores de Juntas de Puertos, a extinguir. 5916 E. Comisarios de Puertos, a extinguir. 5917 E. Contramaestres Titulados de Puertos, a extinguir. 5920 E. Practicantes de OO.AA. Ministerio de Fomento, a extinguir. 5921 E. Jefe de Grupo del Canal Imperial de Aragón, a extinguir. 5924 E. Jefe Laboratorio de la Mancomunidad Canales del Taibilla, a extinguir. 5925 E. Jefe Contabilidad de la Mancomunidad Canales del Taibilla, a extinguir. 6014 E. de Gestión de Organismos Autónomos. 6019 E. Técnicos de AISS, a extinguir. 6107 E. Aparejadores e Ingenieros Técnicos de AISNA, a extinguir. 6108 E.A.T.S. de AISNA, a extinguir. 6109 E. Magisterio Nacional de Enseñanza Primaria -MEC- a extinguir de AISNA. 6114 E. Maestros de AISNA,a extinguir. 6117 E. Asistentes Sociales de AISNA, a extinguir. 6209 E. Tit. Escuelas Técnicas Grado Medio OO.AA. Ministerio de Fomento. 6312 E. Inspectores de Operaciones Organización Trab. Portuarios, a extinguir. 6313 E. Facultativo Auxiliar -Aparejador- del INAS, a extinguir. 6315 E. Titulados Medios Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 6316 E. Media de Formación Ocupacional del INEM. 6317 E. Gestión de Empleo del INEM. 6324 E. Asistentes Sociales del Instituto Español de Emigración, a extinguir. 6458 E. Enfermeros-Subinspectores C. Inspec. Sanitaria de Admón. S.S. 6464 E. Programadores de Aplicaciones del I.C.O., a extinguir
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