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Documento BOE-A-2007-9884

Orden ECI/1324/2007, de 20 de abril, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para la Formación e Investigación en la Auditoría del Sector Público.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 2007, páginas 20878 a 20879 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-9884

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don José Manuel Gredilla Bastos solicitando la inscripción de la Fundación para la Formación e Investigación en la Auditoría del Sector Público, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como la delegación de facultades a favor de don Alejandro Martínez Gómez, don Enzo Lazzerini Bravo, don José María Gredilla Bastos y don José Manuel Gredilla Bastos.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades «Horwath Auditores España, S. L.»; «ATD Auditores Sector Público, S. L.» y «Formación e Investigación Superior, S. L.», en Madrid, el 24 de noviembre de 2006, según consta en la escritura pública número tres mil cuatrocientos veintisiete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don M. Alfonso González Delso, que fue complementada y subsanada por la escrituras números trescientos cuarenta y uno, autorizada el 30 de enero de 2007 y mil ciento treinta y siete, otorgada el 29 de marzo de 2007, ante el mismo notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, Edificio Alfredo Mahou, plaza Manuel Gómez Moreno, número 2 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figura como fin de la Fundación el siguiente: Colaborar a una mayor calidad en el ejercicio de la auditoría realizada en el sector público, especialmente mediante el desarrollo técnico de los profesionales que la practican. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Alejandro Martínez Gómez; Vicepresidente: Don Silvio Enzo Lazzerini Bravo; Secretario: Don José Manuel Gredilla Bastos; Tesorero: Don José María Gredilla Bastos; Vocales: Doña Blanca Arregui Minchero; doña Marií Loreta Calero Pérez; don Ignacio Cabeza del Salvador; don Vicente Telesforo Montesinos Julve y don Juan Raya Gómez. En la escritura de constitución y en la de subsanación de ésta, número trescientos cuarenta y uno, otorgada el 30 de enero de 2007, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. Por otro lado, los miembros del Patronato reunidos los días 19 de diciembre de 2006 y 16 de marzo de 2007 acordaron delegar facultades a favor de don Alejandro Martínez Gómez; don Enzo Lazzerini Bravo; don José María Gredilla Bastos y don José Manuel Gredilla Bastos.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación para la Formación e Investigación en la Auditoría del Sector Público en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación para la Formación e Investigación en la Auditoría del Sector Público, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, Edificio Alfredo Mahou, plaza Manuel Gómez Moreno, número 2, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones la delegación de facultades otorgadas por la Fundación para la Formación e Investigación en la Auditoría del Sector Público a favor de don Alejandro Martínez Gómez; don Enzo Lazzerini Bravo; don José María Gredilla Bastos y don José Manuel Gredilla Bastos, en los términos que constan en la escritura numero mil ciento treinta y siete, otorgada el 29 de marzo de 2007, ante el notario don M. Alfonso González Delso, por la que se subsana la escritura número trescientos cuarenta y uno, autorizada el 30 de enero de 2007, ante el mismo notario.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 20 de abril de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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