La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Segunda Sentencia número 1319/2006, de fecha 12 de enero de 2007, dictada en resolución de recurso de Casación, interpuesto contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección 001, de fecha 6 de marzo de 2006, recaída en causa: Rollo 72/2005, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Arqués Ginart, con número de D.N.I. 42.964.507, adscrito a la Jefatura Superior de Policía de Illes Balears (Palma de Mallorca), como autor de los delitos de apropiación indebida y robo en casa habitada, entre otros, a las penas de 30 meses de prisión y cuatro años de prisión, respectivamente, con las accesorias de Inhabilitación especial para el empleo de Policía Nacional durante el tiempo de las condenas. Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artícu lo 37.2, párrafo segundo, del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, según redacción dada por el artículo 105, dos, de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, «... se pierde la condición de funcionario cuando recaiga pena principal o accesoria de inhabilitación especial en el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo o empleo relacionado con esta condición, especificado en la sentencia».
Esta Secretaría de Estado dispone: Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Francisco Arqués Ginart Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante el tiempo de la condena.
Madrid, 23 de abril de 2007.-El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.
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