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Documento BOE-A-2008-10075

Resolución de 31 de mayo 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 10 de junio de 2006, por la que se regula el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2008, páginas 26925 a 26926 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-10075

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 10 de junio de 2006 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria regula, de forma independiente de las convocatorias anuales de pruebas selectivas, el proceso selectivo de aplicación para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. La necesidad de adaptar esta resolución a los últimos cambios normativos producidos aconseja modificar determinados aspectos del temario que figura en anexo a la misma. Igualmente, y una vez finalizado el plazo previsto en el artículo 66 de la Ley 66/1997, por el que se crea el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, sobre acceso al mismo por promoción interna de los funcionarios de los distintos Cuerpos Técnicos del Ministerio de Hacienda, procede establecer como cauce preferente para la promoción interna, a través de la exención de determinados ejercicios, el proveniente del Cuerpo Técnico de Hacienda, como Cuerpo de las mismas áreas de contenido perteneciente al Subgrupo A2 y adscrito, al igual que el propio Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda, a la Agencia Tributaria. En virtud de lo anterior, esta Presidencia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda introducir las siguientes modificaciones en la Resolución de 10 de junio de 2006, por la que se regula el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Primero.-Se modifica la redacción de los apartados de la Resolución de 10 de junio de 2006 que se indican en adelante, quedando con la nueva redacción indicada en cada caso:

Normas generales.-El ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado se efectuará, de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y con sujeción a los principios de igualdad, mérito y capacidad. El proceso selectivo se regirá por lo establecido en la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, que establece las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, en la restante normativa de aplicación en materia de Función Pública, en la presente Resolución y en las bases de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas.

El proceso de selección se desarrollará de acuerdo con las fases, ejercicios, valoraciones y programas establecidos en la presente Resolución.

Tercera.-1. Primer ejercicio. Epígrafe 1.2.

1.2 Los aspirantes que participen por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo Técnico de Hacienda estarán exentos de la realización de este ejercicio.

Tercera.-2. Segundo ejercicio. Epígrafe 2.2.

2.2 Los aspirantes que participen por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo Técnico de Hacienda estarán exentos de la realización de este ejercicio.

Segundo.-Se modifica la redacción de los temas incluidos en el anexo I de la Resolución de 10 de junio de 2006, que se indican en adelante, quedando con la nueva redacción indicada en cada caso:

«ANEXO 3

ANEXO 3.1

Derecho Constitucional y Administrativo

Tema 2 Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.» «Tema 19. Los contratos administrativos (I). La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Clasificaciones de los contratos. El contratista: aptitud para contratar. Órganos de contratación. Tema 20. Los contratos administrativos (II). El objeto del contrato: El precio y su revisión. Plazo de duración. Las garantías en el contrato administrativo. La preparación de los contratos. Procedimientos de selección del adjudicatario. Tema 21. Los contratos administrativos (III). Invalidez de los contratos y recurso especial en materia de contratación. La ejecución del contrato. Efectos, cumplimiento y pago. Causas de extinción. Cesión de los contratos y subcontratación. Registros oficiales.» Tema 30. El Estatuto Básico de los Empleados Públicos. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.»

«ANEXO 4 Derecho Financiero y Tributario Español

ANEXO 4.3

Parte especial (II)

Tema 47. Los impuestos especiales (I): Naturaleza. Los impuestos especiales de fabricación: Ámbito territorial de aplicación. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Devengo. Bases y tipos impositivos. Repercusión. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones. Devoluciones. Infracciones y sanciones. Régimen suspensivo. La figura del establecimiento en impuestos especiales. Normas generales de gestión: Inscripción en el Registro Territorial, código de actividad y establecimiento, garantías. Control de actividades y locales: El régimen de intervención. Circulación: Modalidades de circulación, documentos de circulación, obligaciones de expedidores y receptores. Tema 48. Los impuestos especiales (II). Disposiciones comunes a los impuestos especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Definiciones. Exenciones. Devoluciones. Disposiciones particulares en relación con Canarias. Impuesto sobre la cerveza: Ámbito objetivo; base imponible; tipos impositivos. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas: Ámbito objetivo; devengo; base imponible; tipos impositivos. Obligaciones específicas de los fabricantes. Impuesto sobre productos intermedios: Ámbito objetivo, supuestos de no sujeción; base imponible; tipo impositivo; infracciones y sanciones. Tema 50. Los impuestos especiales (IV). Impuesto sobre hidrocarburos: Conceptos. Ámbito objetivo de aplicación. Supuestos de no sujeción. Base imponible. Exenciones y bonificaciones: Gasóleo bonificado. Devoluciones. Régimen aplicable a los biocarburantes. Normas particulares de gestión. Prohibiciones y limitaciones de uso. Infracciones y sanciones. Impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos: Ámbito objetivo, hecho imponible, sujetos pasivos, bases, tipos, exenciones. Tema 51. Los impuestos especiales (V). El Impuesto sobre la electricidad: Concepto de producción de energía eléctrica: Producción en régimen ordinario y en régimen especial. Fábricas y depósitos fiscales. Base y tipos impositivos. Sujetos pasivos. Exenciones. Impuesto sobre labores del tabaco: Concepto. Ámbito objetivo. Supuesto de no sujeción. Base y tipos impositivos. Exenciones. Devoluciones. Impuesto sobre el carbón: Ámbito objetivo, hecho imponible, sujetos pasivos, normas de gestión. Impuesto sobre determinados medios de transporte: Hecho imponible, supuestos de no sujeción, exenciones, devoluciones, sujetos pasivos, devengo, base y tipo impositivo. Disposiciones particulares en relación con Canarias, Ceuta y Melilla.» «Tema 54. Sistema aduanero (III). Los derechos de importación. El arancel aduanero de la Comunidad. Informaciones vinculantes en materia de arancel. La determinación del origen de las mercancías. La acreditación del origen. Informaciones vinculantes en materia de origen. Tema 55. Sistema aduanero (IV). El procedimiento aduanero. De la introducción de las mercancías. Obligaciones del introductor. La declaración sumaria. El análisis de riesgo. El depósito temporal de las mercancías. Los almacenes de depósito temporal. Los destinos aduaneros. Zonas y depósitos francos. El abandono de las mercancías. Tema 56. Sistema Aduanero (V). El régimen aduanero de la libre práctica. Las declaraciones aduaneras. El Documento único Administrativo. La presentación, admisión, rectificación y anulación de la declaración aduanera. El reconocimiento y despacho de las mercancías. La suspensión del despacho. La autorización de levante de las mercancías. Los controles no tributarios. Procedimientos simplificados. El Operador económico autorizado.»

Tercero. Disposición final.

1. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a los procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado que se convoquen a partir de ese momento.

2. Los procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado que se estén desarrollando a la entrada en vigor de la presente Resolución continuarán rigiéndose por la normativa y bases aplicables en la fecha en que fueron convocados.

Madrid, 31 de mayo de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

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