Visto el expediente de indulto de don Antonio Masague Torrijos, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de fecha 23 de noviembre de 2005, como autor de un delito de estafa, a la pena de dos años de prisión y multa de ocho meses con una cuota diaria de tres euros y un delito de insolvencia punible, a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de 16 meses con una cuota diaria de tres euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de junio de 2008,
Vengo en conmutar a don Antonio Masague Torrijos las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de junio de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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