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Documento BOE-A-2008-12509

Resolución 2 de julio de 2008, de la Universidad Carlos III, por la que se corrigen errores en la de 31 de marzo de 2008, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral de Técnico Superior (Investigación), por concurso-oposición libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 21 de julio de 2008, páginas 31855 a 31856 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-12509

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, se procede a la subsanación, en los términos que se señalan, de la Resolución de 31 de marzo de 2008, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo, en el marco del proceso de consolidación de empleo, para cubrir cinco plazas de Técnico Superior (investigación) vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal laboral de dicho organismo, mediante el sistema de concurso-oposición libre.

Primero.-El apartado 1.5 quedará redactado del siguiente modo:

1.5 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir del día 1 del mes de octubre de 2008.

Segundo.-El apartado 3.2 quedará redactado el siguiente modo:

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Magnífico y Excmo. Sr. Rector de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Tercero.-El apartado 4.1 quedará redactado del siguiente modo:

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad dictará en el plazo de 30 días Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En esta Resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad Carlos III de Madrid: Campus de Getafe, c/ Madrid, 126, de Getafe, 28903 (Madrid); Campus de Leganés, c/ Butarque, 15, de Leganés 28911 (Madrid), y en el Campus de Colmenarejo, Avda. de la Universidad Carlos III, n.º 22, de Colmenarejo, 28270 (Madrid) y en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid, http://www.uc3m.es. figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del ejercicio de la Oposición, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

Cuarto.-El apartado 5.1.2 quedará redactado del siguiente modo:

5.1.2 Los dos ejercicios de la Fase de Oposición tendrán el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. La valoración de los ejercicios correspondientes a esta fase, no podrá superar, el 60 por 100 de la puntuación total del Concurso-Oposición.

Quinto.-El apartado 5.3.3 quedará redactado del siguiente modo:

5.3.3 En aplicación de las anteriores normas, la puntuación total del proceso selectivo se calculará con arreglo a la siguiente formula: PTP = {[(PET * 0,4) + (PEP * 0,6)]*0,6} + (PC*0,4)

donde: PTP = Puntuación total del proceso. PET = Puntuación del primer ejercicio (teórico). PEP = Puntuación del segundo ejercicio (práctico). PC = Puntuación de la fase de concurso.

Sexto.-El apartado 7.4 quedará redactado del siguiente modo:

7.4 Los ejercicios de la Fase de Oposición comenzarán a partir del 1 de octubre de 2008 publicándose en la misma Resolución a la que se refiere la Base 4.1., el lugar, fecha y hora de su celebración así como la composición expresa del Tribunal.

Séptimo.-El anexo III, proceso selectivo quedará redactado del siguiente modo:

ANEXO III Proceso selectivo

Técnico Superior (Investigación). Grupo A2

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.

I. Fase de oposición

La valoración máxima de esta fase será de 80 puntos. Los ejercicios de la Fase de Oposición tendrán el carácter de eliminatorios en los términos que se señalan en este anexo, de tal modo que la no superación de cualquiera de los ejercicios eliminatorios supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. Estará constituida de los siguientes ejercicios: Primer ejercicio Teórico.

Constará de dos partes:

Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario, de carácter teórico, integrado por un máximo de 100 preguntas tipo test con respuestas múltiples (siendo sólo una de ellas correcta) que versarán sobre el programa que figura como Anexo II. El tiempo de duración de esta parte del ejercicio será, como máximo, de noventa minutos.

La calificación de esta parte del ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. El Tribunal calificador determinará el número de preguntas válidamente contestadas, una vez descontada la penalización por respuestas erróneas, que son necesarias para superar esta parte del ejercicio, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimiento alcanzado. Segunda parte: Consistirá en efectuar por escrito la traducción directa, sin la ayuda de diccionario, de un texto técnico en inglés propuesto por el Tribunal. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una hora. La calificación de esta parte del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación.

Segundo ejercicio Práctico.

Constará de dos partes:

Primera parte: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal, relacionados con las materias que componen el programa que figura como Anexo II. En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución. El tiempo máximo para el desarrollo escrito de este ejercicio será de tres horas.

La parte del ejercicio será leída por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio. La calificación de esta parte del ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación. Esta prueba tendrá el carácter de eliminatoria, de tal modo que la no superación supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. Segunda parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de composición a elegir entre dos que se propondrán por el Tribunal, relacionados con el programa recogido en el Anexo II. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de tres horas. La parte del ejercicio será leída por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. La parte del ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación. Se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. La calificación final de la fase de oposición se obtendrá con la suma de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios.

II. Fase de concurso

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos, valorándose los siguientes méritos de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición:

1. Experiencia profesional. Hasta un máximo de 20 puntos. Se valorará únicamente la experiencia adquirida en puestos de trabajo desempeñados en la mismo grupo, nivel salarial, área y especialidad del puesto al que se opta, de forma remunerada, en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,15 puntos por mes.

En el supuesto en que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se valorará únicamente aquel del que se derive la puntuación más favorable para el trabajador. Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50% de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado. A los efectos de lo dispuesto en este apartado, la experiencia se acreditará mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada, que en todo caso deberá ser firmada por el responsable de Recursos Humanos.

2. Formación y perfeccionamiento profesional. Hasta un máximo de 10 puntos.

Formación.-Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento profesional relacionados con el área y la especialidad del puesto al que se opta, impartidos por centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y cualquier otro financiado con fondos públicos.

Los referidos cursos se valorarán según su duración, de conformidad con el siguiente baremo:

Menos de 20 horas: 0,10 puntos.

De 20 a 30 horas o fracción: 0,20 puntos. De 31 a 70 horas o fracción: 0,40 puntos. De 71 a 150 horas o fracción: 0,80 puntos. De 151 a 300 horas: 1,60 puntos. Más de 300 horas: 2,50 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente compulsada de la certificación, título o diploma correspondiente. Octavo.-El anexo IV quedará redactado del siguiente modo:

ANEXO IV

Don/Doña ........................................., aspirante a la/s plaza/s del Grupo .................... Categoría.........................., habiendo superado la Fase de Oposición de las pruebas selectivas, de conformidad con la Base 5.2 de la Convocatoria, presenta la siguiente documentación acreditativa de los méritos que incluyó en la Declaración expresa que adjuntó con su instancia de participación en el proceso selectivo:

Documentación acreditativa de las titulaciones académicas relacionadas con la plaza.

Documentación acreditativa de la experiencia adquirida en puestos de trabajo desempeñados en el mismo grupo, nivel salarial, área y especialidad del puesto al que se opta, de forma remunerada, en la Universidad Carlos III de Madrid. Documentación acreditativa de los cursos de formación o perfeccionamiento.

En ..............................., a ......, de ..................... de 2008. Fdo.:

Sr. Presidente del Tribunal Calificador de las plazas de Técnico Superior (Investigación). Grupo A.

Getafe, 2 de julio de 2008.-El Rector, Por delegación (Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Juan Manuel Moreno Álvarez.

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