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Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Carrasco Ribas, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera, en sentencia de 14 de febrero de 2005, como autor de un delito de detención ilegal y de un delito de robo con intimidación en concurso medial, a la pena de dos años y seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de septiembre de 2008,
Vengo en conmutar a don Juan Carlos Carrasco Ribas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 26 de septiembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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