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Documento BOE-A-2008-17318

Orden CUL/3063/2008, de 7 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para la Promoción de Información Religiosa y Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2008, páginas 43003 a 43004 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-17318

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación para la Promoción de Información Religiosa y Social en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Evaristo de Vicente Paches y don Juan Enrique Pérez Calot, en Madrid, el 12 de noviembre de 2007, según consta en la escritura pública número tres mil novecientos cincuenta y siete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Juan Romero-Girón Deleito, complementada por la escritura pública número dos mil seiscientos sesenta y dos de 26 de junio de 2008, otorgada en Madrid ante el mismo notario, y complementada a su vez por la escritura pública número tres mil ochocientos setenta y siete de 26 de septiembre de 2008, otorgada en Madrid ante el mismo notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, en la calle Miguel Ángel, número 22, 7.º exterior, código postal 28010 y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en todo el territorio nacional. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada, mediante su ingreso en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La Fundación persigue como fin de carácter cultural la promoción de la información de carácter religioso en los distintos medios de comunicación, prensa escrita, radio, televisión o Internet, al objeto de que se pueda contar en los indicados medios de información pública con toda clase de reportajes, informes, archivos, bases de datos, programas, intervenciones o colaboraciones de profesionales reconocidos y capacitados, con el objeto de mantener, presentar y difundir objetivamente dicha información y facilitar su conocimiento y acceso público en general. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: don Evaristo de Vicente Paches; Vicepresidente: don Juan Enrique Pérez Calot; Secretario: don Francisco Javier Zugasti Cabrillo; Vocal adjunta a la Presidencia: doña María Cristina Pascual Sequeros. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio y el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, en virtud de los cuales se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación para la Promoción de Información Religiosa y Social en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación para la Promoción de Información Religiosa y Social, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, en la calle Miguel Ángel, número 22, 7.º exterior, código postal 28010, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir la delegación de facultades en don Evaristo de Vicente Paches, don Juan Enrique Pérez Calot, y don Francisco Javier Zugasti Cabrillo, según consta en la escritura pública número tres mil novecientos cincuenta y siete, otorgada ante la notario del Ilustre Colegio de Madrid don Juan Romero-Girón Deleito el 12 de noviembre de 2007.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de octubre de 2008.-El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio y Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.

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