Recibida en la Secretaría General de Energía la solicitud presentada por Gamesa Solar, S.A., con domicilio social en C/ María de Molina, 39, 5.ª planta, 28006 Madrid, para la renovación de vigencia de la certificación de un colector solar, fabricado por Gamesa Solar, S.A., en su instalación industrial ubicada en España. Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden ITC/71/2007 de 22 de enero sobre exigencias técnicas de los paneles solares. Esta Secretaría General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha acordado renovar la certificación del citado producto, con la contraseña de certificación NPS-29008, y con fecha de caducidad el día 10 de octubre de 2011, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación. Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El titular de esta Resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación. La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Identificación: Fabricante: Gamesa Solar, S.A.
Nombre comercial (marca/modelo): Gamesa/5000 S. Tipo de captador: plano. Año de producción: 2004.
Dimensiones:
Longitud: 2.123 mm. Área de apertura: 2,099 m2.
Ancho: 1.053 mm. Área de absorbedor: 2,042 m2. Altura: 86 mm. Área total: 2,236 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 36 Kg.
Fluido de transferencia de calor: Agua-glicol. Presión de funcionamiento: Max. 600 KPa.
Resultados de ensayo:
Rendimiento térmico:
η o |
0,764 |
|||
a1 |
4,4 |
W/m2K |
||
a2 |
0,017 |
W/m2K2 |
||
Nota: Referente al área de apertura |
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm - Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
10 |
546 |
1.027 |
1.509 |
30 |
333 |
815 |
1.296 |
50 |
92 |
573 |
1.054 |
Madrid, 10 de octubre de 2008.-El Secretario General de Energía, Pedro Luis Marín Uribe.
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