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Documento BOE-A-2008-18906

Orden ITC/3362/2008, de 18 de noviembre, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral, por resultas, convocado por Orden ITC/3135/2007, de 15 de octubre y se corrige la Orden ITC/1317/2008, de 30 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2008, páginas 46877 a 46877 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-18906

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ITC/1317/2008, de 30 de abril (BOE 13 de mayo) y Orden ITC/1846/2008, de 23 de junio, (BOE 27 de junio) se adjudican las plazas ofertadas a Concurso de traslados de personal laboral incluido en el ámbito del Convenio Único convocado por Orden ITC/3135/2007, de 15 de octubre (BOE 30 de octubre). Habiendo resultado adjudicatarios en el concurso algunos trabajadores de este Ministerio, los puestos ocupados por estos han quedado vacantes, por lo que se acuerda:

Primero.-Adjudicar los puestos vacantes por resultas de conformidad con lo previsto el punto 9 de la de la Base Cuarta y concordantes de la Orden de convocatoria. La relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento www.mityc.es, así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es. La adjudicación de un puesto a resultas está condicionada a que el solicitante no haya obtenido ninguno de los puestos convocados en concurso.

Segundo.-Corregir un error material producido en la Orden ITC/1317/2008, de 30 de abril (BOE 13 de mayo), en los términos que a continuación se señalan:

Respecto al puesto n.º 55, en la columna donde dice Apellido y Nombre: «Alonso García, M.ª Cristina» debe decir «sin adjudicar».

Tercero.-El cese de los adjudicatarios en sus destinos actuales deberá efectuarse en el plazo de 3 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial de Estado».

Cuarto.-El plazo de incorporación a los puestos adjudicados será de 3 días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al servicio activo. En este último caso, el plazo de un mes se contará desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Estado.

Quinto.-Recursos. Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la Jurisdicción Social previa reclamación ante el titular de este Departamento, en el plazo de de veinte días de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, en relación con lo establecido en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de noviembre de 2008.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, P.D. (Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo), la Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

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