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Visto el expediente de indulto de don José Manuel Hernández González, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de 1 de octubre de 2001, como autor de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de 14 meses con una cuota diaria de 500 pesetas, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2008,
Vengo en conmutar a don José Manuel Hernández González la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año y seis meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 3 de noviembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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