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Documento BOE-A-2008-19862

Resolución de 6 de noviembre de 2008, de Parques Nacionales, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2008, páginas 49173 a 49195 (23 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-19862

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anules para las entidades estatales de derecho público a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración del Estado, en su apartado tercero, establece que los organismos públicos deberán publicar el resumen de sus cuentas anuales, al objeto de que todos los posibles destinatarios de la información puedan disponer de datos sobre la actividad desarrollada en estos organismos.

De conformidad con lo establecido y una vez aprobada las cuentas anuales del Organismo, con fecha 10 de octubre de 2008, se dispone la publicación de las mismas para general conocimiento.

Madrid, 6 de noviembre de 2008.-El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Josep Puxeu Rocamora.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

IV. MEMORIA

1. Marco competencial y posición administrativa

Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos Ministeriales, se creó el Ministerio de Medio Ambiente con el objeto de concentrar las competencias que, en materia ambiental, se desarrollaban por la Administración General del Estado. Con ello España se venía a sumar a un modelo de organización de la administración pública generalizada ya en la mayoría de los países y, en cualquier caso, común con el resto de los que constituyen la Unión Europea.

A este Real Decreto de creación le sucedieron otras normas reguladoras que acabaron completando un primer esquema organizativo del Departamento. Así por ejemplo el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de diversos Departamentos Ministeriales, y el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, que poco a poco han ido conformando el campo competencial de este último, particularmente en lo que se refiere al ámbito específico de la conservación de la naturaleza. Modificaciones ulteriores han existido, pero no han tenido mayor repercusión durante el ejercicio de 2007. Este marco organizativo supuso la adscripción del Organismo Autónomo Parques Nacionales, creado por Real Decreto 1055/1955, al nuevo Ministerio de Medio Ambiente. En efecto, este Real Decreto suprimía el ICONA y el IRYDA, creando sendas Direcciones Generales en los ámbitos del desarrollo rural y la conservación de la naturaleza, y, complementariamente, y creaba un nuevo organismo autónomo de carácter administrativo, denominado «Parques Nacionales», que recogía básicamente las antiguas competencias del ICONA en materia de Parques Nacionales y gestión patrimonial, así como otras competencias residuales de gestión pertenecientes a los dos Organismos Autónomos extinguidos. Todas estas modificaciones, sin embargo, con el paso del tiempo han ido bastante más allá de una mera reestructuración organizativa. En efecto, el modelo de funcionamiento del nuevo Organismo Autónomo se apartó muy considerablemente de los tradicionales criterios de gestión de los extintos ICONA e IRYDA, tanto en lo que se refiere a la gestión específica de los Parques Nacionales, como en la necesidad de abrir estos a nuevas demandas sociales y nuevos compromisos. Es un organismo autónomo organizado desde unas premisas novedosas en unos tiempos distintos. Pero, además, la propia distribución competencial entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la materia ha cambiado a lo largo de los últimos años. Se vio afectada por la Sentencia 102/95, de 25 de Junio, del Tribunal Constitucional sobre la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre, y, particularmente, se ha visto afectada por la Sentencia del Tribunal Constitucional relativa a la Ley 41/97 de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 4/89, donde se recogía el nuevo modelo de gestión compartida entre la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas implicadas. Este modelo fue declarado como inconstitucional, por entender que independientemente de las competencias sobre la Red de Parques Nacionales, la gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales corresponde a las Comunidades Autónomas. Efectivamente, la sentencia del Tribunal Constitucional 194/04 de 4 de noviembre ante los recursos de inconstitucionalidad planteados por las Comunidades Autónomas de Aragón y Andalucía a la Ley 41/97 ha puesto en marcha un nuevo modelo de organización de este sistema, que ha encontrado su plasmación práctica en el año 2007 con la aprobación de la nueva Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. En el marco de la citada ley se consagra que la gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales a las Comunidades Autónomas, entendiendo que esta es una competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas. Este precepto es formalización de lo establecido por el conjunto de sentencias anteriores. Todo ello ha supuesto una etapa de transición en la organización y funcionamiento del Organismo y, en consecuencia, en el esquema de gestión del gasto. Estos cambios se comenzaron a perfilar a lo largo del ejercicio del 2005 y empezaron a cobrar virtualidad durante el ejercicio del año 2006 con diferentes reuniones de las ponencias técnicas para la transferencia de la gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales de Andalucía, Canarias, Castilla-la Mancha, Baleares, y Aragón. Igualmente se mantuvieron diversas conversaciones con Cataluña en relación con la actualización de la situación de Aigüestortes. En el citado año de 2006 el proceso se completó en relación con la gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales de Andalucía, Sierra Nevada y Doñana, que con fecha 1 de julio del 2006 fueron objeto de transferencia a la Comunidad Autónoma por Real Decreto 712/2006, y con la gestión ordinaria y habitual del Parque Nacional de Ordesa, transferido a la Comunidad Autónoma de Aragón con esa misma fecha por Real Decreto 788/2006. Durante el año 2007 se han producido más reuniones de ponencias técnicas de transferencias aunque no se ha llegado a concretar ninguna. Probablemente el hecho de tratarse de un año electoral desde el punto de vista autonómico, y la recomposición organizativa que de ello se ha derivado en algunas Comunidades Autónomas, haya estado en el origen de la situación actual. En cualquier caso por parte del Organismo Autónomo Parques Nacionales, y con más razón a partir de la aprobación del nuevo marco de organización, existe la voluntad de agilizar ael proceso de transferencia en todo lo que resulte posible. Excepción de lo anterior es lo referido a la gestión de la Reserva Natural de Santoña que, tras la declaración del espacio como Parque Natural por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se concretó el proceso de transferencia de la gestión, hasta esa fecha en manos de la Administración General del Estado, con fecha 1 de enero de 2007. Sin duda la aprobación de la nueva Ley de Parques Nacionales, junto con la declaración por Ley del Parque Nacional de Monfragüe, han sido dos hitos singulares de el pasado año que, más allá de su repercusión financiera directa, van a suponer una completa reorganización del esquema de los Parques Nacionales en España. Con fecha 2 de marzo se aprobó la Ley 1/2007 por la que se declara el Parque Nacional de Monfragüe. Este Parque Nacional, resultado del consenso entre la Administración General del Estado y la Administración Autonómica de Extremadura, se sitúa sobre terrenos del antiguo Parque Natural de Monfragüe, y su declaración se produjo por unanimidad de las Cortes Generales. La Ley incorpora ya el nuevo modelo de organización, aunque contempla un escenario para la colaboración y la cooperación entre las administraciones públicas. Más importante que lo anterior, ha sido la aprobación de la Ley 5/2007, de la Red de Parques Nacionales, ésta desarrolla un nuevo escenario jurídico para los Parques Nacionales y la Red y, en particular, delimita claramente las funciones que en el futuro serán responsabilidad de la Administracion General del Estado en esta materia. Un escenario que no ha sido objeto de reproche o recurso por parte de las Comunidades Autónomas y que, en consecuencia, consagra para futuro un escenario propio de actividad para la Administración General del Estado. En concreto, en el artículo 5 de la Ley se establecen las siguientes funciones:

a) Elaborar el Plan Director de la Red de Parques Nacionales y sus revisiones, incluyendo las directrices y criterios comunes para la gestión de valores cuya conservación ha sido declarada como de interés general.

b) Realizar el seguimiento y la evaluación general de la Red, en particular el cumplimiento y grado de alcance de sus objetivos, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Consejo de la Red. c) Desarrollar y financiar el programa específico de actuaciones comunes y horizontales de la Red incluido en el Plan Director. d) Proponer instrumentos de cooperación para la consecuencia nde los objetivos de cada uno de los Parques Nacionales y de la Raed en su conjunto. e) Facilitar la comunicación y el intercambio de experiencias e investigaciones entre el colectivo de personas que trabajan en la Red. f) Contribuir a la implicación de los a gentes sociales y a la participación de la sociedad en la consecución de los objetivos de la Red. g) Promover la aplicación de los mecanismos que establezcan las respectivas leyes decorativas para la supresión de los usos declarados con carácter básico como incompatibles con los objetivos de la Red. h) Promover, en el marco de los objetivos de la Red y basándose preferentemente en acuerdos voluntarios, el incremento y consolidación del patrimonio público en la Red de Parques Nacionales. i) Promover un mejor conocimiento científico en materias relacionadas con la Red de Parques Nacionales y una adecuada difusión de la información disponible. j) Contribuir, a través de su línea de subvenciones, a la financiación de las iniciativas de fomento del desarrollo sostenible que pudieran aprobar las Administraciones competentes en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales. k) Representar a España, en el marco de sus competencias, en las redes internacionales equivalentes, participando en sus iniciativas, y establecer mecanismos de cooperación internacional que permitan la proyección externa de la Red.

Para el desarrollo de estas funciones la Ley habilita al Gobierno para la creación de la Agencia Estatal de la Red de Parques Nacionales, la cual vendría a sustituir al Organismo Autónomo Parques Nacionales que, en tanto se produjese esta sustitución, mantendría sus actuales funciones y composición. La nueva agencia se incorporaría pues al escenario de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos que ha desarrollado la Ley 28/2006, de 18 de julio.

En consecuencia la presente memoria se refiere a una organización gestora y a una programación de gasto que muy probablemente no va a tener continuidad en años venideros. No obstante, es evidente que el gasto ejecutado se ha referido a la misma, y sobre esas premisas, ciertamente efímeras hacia el futuro, se ha organizado la memoria. En cualquier caso, los cambios de funcionamiento a lo largo del presente año han sido muy pequeños dado que, materialmente, en el año 2007 no se ha producido cambio organizativo alguno. En consecuencia, y más allá del evidente cambio general de actividad que se avecina, durante el año 2007 el Organismo Autónomo ha seguido manteniendo el total de la actividad que venía realizando ya en años anteriores. En tal sentido, las funciones desarrolladas durante el año 2007 por el Organismo Autónomo, de acuerdo con las normas mencionadas con anterioridad, son las que se relacionan a continuación:

a) Todas las relacionadas con el ejercicio de la competencia de la Administración General del Estado en materia de Parques Nacionales. En particular la planificación y gestión de la Red de Parques Nacionales de forma compartida con las Comunidades Autónomas en aquellos Parques Nacionales en donde la transferencia aún no se ha producido. Quedan por tanto fuera de este escenario los Parques Nacionales de Ordesa, Doñana y Sierra Nevada, transferidos durante el ejercicio del 2006, así como el Parque Nacional de Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, cuya gestión es autonómica desde principios de los años ochenta, y el recientemente creado Parque Nacional de Monfragüe, cuya gestión ha estado atribuida desde el primer momento a la Administración Autonómica.

b) La coordinación con las Comunidades Autónomas de la gestión compartida de los Parques Nacionales. En particular el Organismo Autónomo es el encargado de coordinar el funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Gestión de los diferentes Parques Nacionales, tanto en sus aspectos organizativos como técnicos y jurídicos. Esta función desaparecerá igualmente a medio plazo. c) el soporte financiero de la gestión de los Parques Nacionales, así como la tutela de la aplicación de la legalidad presupuestaria en la gestión económica que desarrollan estos espacios. Obviamente esta cuestión se verá en el futuro igualmente condicionado por las Sentencias y el nuevo marco legal. d) Las relativas al funcionamiento, asistencia y apoyo del Consejo de la Red de Parques Nacionales. Esta función se mantendrá e incluso intensificará de cara al futuro. e) La tutela de los Patronatos, órganos de participación social, de los Parques Nacionales. Igualmente se verá afectada por la Sentencia que atribuye esta tutela a las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado mantendrá una amplia representación en estos espacios pero su adscripción y organización corresponderá a las Comunidades Autónomas en los términos que estas determinen, y siempre de acuerdo con la legislación básica en la materia. f) La planificación y gestión de los montes, fincas y bienes patrimoniales que le fueron adscritos en el momento de su creación. Se trata esta de una labor que probablemente se vea impulsada en los próximos años, con vista a conformar una auténtica Red de Patrimonio Natural del Estado, formado por un conjunto de fincas representativas y singulares en donde desarrollar estrategias modelo en materia de sostenibilidad del desarrollo. Al conjunto de propiedades existentes previamente se incorporaron, bajo este nuevo concepto, las fincas situadas en el interior de los Parques Nacionales de Doñana y Sierra Nevada que, por no estar directamente adscritas a la gestión del titulo competencial Parques Nacionales, no fueron objeto de transferencia. Durante el año 2007 este conjunto se ha visto notablemente incrementado tanto por las nuevas fincas adquiridas como a resultas de la adscripción al Organismo, mediante orden ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda, de diversas fincas públicas de titularidad inicial de la Dirección General de Costas y de la Confederación Hidrográfica del Tajo. g) La planificación y gestión de otros espacios naturales protegidos en la medida que se mantengan competencias por la Administración General del Estado. h) Las ligadas al desarrollo de la Red de Parques Nacionales y a la ejecución del Plan director de la Red de Parques Nacionales en el ámbito nacional e internacional. La Sentencia reconoce que esta función debe conformar el cuerpo fundamental de la actividad de la Administración General del Estado en materia de Parques Nacionales. Se incluye aquí el desarrollo del programa de actuaciones comunes de la Red de Parques Nacionales. i) La gestión administrativa del Centro Nacional de Educación Ambiental, que desarrolla las funciones y competencias que, en materia de educación ambiental, están atribuidas al Departamento, sin perjuicio de la dependencia funcional directa del Secretario General de Medio Ambiente. j) El desarrollo de aquellos convenios y contratos que puedan permanecer aún vigentes, suscritos por los extintos organismos autónomos Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) e Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA), y referidos a materias reseñadas en los apartados anteriores. k) La coordinación y desarrollo del Programa MaB (Hombre y Biosfera) de la UNESCO, así como la asistencia al Comité Español del citado programa. l) Y aquellas otras que se derivan de la propia Ley 5/2007, de la Red de Parques Nacionales, a que anteriormente se ha hecho referencia.

Al mismo tiempo ha continuado el proceso de implementación de las actuaciones del Plan Director de la Red de Parques Nacionales (aprobado por Real Decreto 1803/99, de 26 de noviembre) donde se concreta el desarrollo de las funciones antes mencionadas mediante un programa de actuaciones a ejecutar durante los próximos siete años. El Plan Director, aprobado por Real Decreto 1803/99, contempla un conjunto de directrices básicas para la gestión de los Parques Nacionales y un programa de actuaciones de la Red. Este programa es el mandato ejecutivo que ha recibido el Organismo para el periodo de vigencia del mismo, independientemente de las actuaciones que se realizan en cada uno de los Parques Nacionales. Gran parte de la actividad centralizada del Organismo se galvaniza hacia su cumplimiento. El Tribunal Constitucional ha dado validez jurídica y consolidado la constitucionalidad de la mayor parte de las determinaciones contenidas en el mismo. Durante el ejercicio 2007 se debía completar la vigencia del plan anterior. No obstante, la disposición adicional tercera de la ley 5/2007 mantiene prorrogada su vigencia en tanto se elabora uno nuevo. Finalmente, durante el ejercicio de 2007, y en particular en su segundo semestre, se ha estado trabajando en la elaboración de un informe de situación de la Red de Parques Nacionales. En este sentido, la elaboración de este documento es otro mandato de la Ley 5/2007, que determina que trienalmente se elaborará un informe de situación de la Red de Parques Nacionales que, tras el correspondiente informe por parte del Consejo de la Red de Parques Nacionales, será objeto de elevación al Senado para su análisis y evaluación. El informe en cuya redacción se ha trabajado durante el ejercicio 2007 pretende ser un punto inicial de situación de la Red de Parques Nacionales, de forma que sea posible a posteriori, y con la concatenación de los sucesivos informes, poder realizar un seguimiento sobre la evolución del sistema.

2. Estructura organizativa básica y organización contable

Durante el año 2007 no se han producido grandes cambios en relación con la estructura organizativa del Organismo Autónomo, consolidando las modificaciones realizadas en años anteriores respecto de la dotación inicial de plantilla aprobada con fecha 2 de febrero de 1998. En general esa reestructuración ha permitido dimensionar de una forma más calibrada algunas unidades de Servicios Centrales. Esta labor, iniciada en el año precedente, ha tenido continuidad en el año presente, en la tesis de una adecuación progresiva de la organización de los servicios a la futura situación administrativa del Organismo que, lógicamente, deberá cambiar y mucho en su diseño, cometidos y, probablemente, elementos humanos asociados en el mismo. Como resumen de todo ello se puede hablar ya de una razonablemente cubierta organización básica del Organismo en el ámbito de los servicios centrales. En este sentido, e independientemente de los puestos de representación y alta dirección (Presidente y Vicepresidente), dependiendo directamente de su Director el Organismo Autónomo Parques Nacionales se estructura en las siguientes unidades funcionales a nivel de área, una vez que se han producido las incorporaciones que antes se han comentado:

a) Área de Gestión Económica, Contratación y Régimen Interior.

b) Área Jurídica y de Personal. c) Consejero Técnico. d) Área de Bienes Patrimoniales. e) Área de Proyección y Desarrollo. f) Área de Seguimiento. g) Área de Planificación y Programas Técnicos.

Complementariamente, existe en plantilla un Director Adjunto que coordina la actividad desarrollada por el conjunto de las cuatro áreas técnicas.

A su vez este esquema se desarrolla en dieciséis servicios que permiten el cumplimiento de las funciones antes señaladas. Desde el punto de vista de la gestión contable el Organismo está dotado de un Servicio de Contabilidad dependiente del Área de Gestión Económica, Contratación y Régimen Interior. Las funciones que desarrollan las unidades se corresponden con su definición, de acuerdo con el siguiente esquema:

a) El área de bienes patrimoniales es la responsable de la tutela patrimonial y los aprovechamientos de las fincas del Organismo. En particular es la encargada de ejecutar la política de compras y consolidación patrimonial del Organismo.

b) El área jurídica y de personal realiza las funciones propias de esta unidad asegurando la tutela jurídica, el control de la actividad laboral, el régimen de seguridad y salud, así como las situaciones administrativas del personal. c) El área de proyección y desarrollo centra su actividad en la proyección exterior, la cooperación internacional, y el seguimiento del Comité MaB. d) El área de gestión económica, contratación, y régimen interior desarrolla las funciones clásicas de una unidad de esta denominación. e) El área de seguimiento es la responsable del programa de subvenciones, del programa de seguimiento, y de las actividades realizadas con la función investigadora en el Organismo. Sirve de enlace entre el Organismo y el Comité Científico. f) El área de planificación y programas técnicos realiza la coordinación general de la actividad técnica, e integra en general la actividad inversora del Organismo. g) El Consejero Técnico se encarga de la gestión institucional de la finca cinegética «Encomienda de Mudela», así como la coordinación de las labores que se realizan en el Centro Nacional de Educación Ambiental y en la Escuela-Vivero de Navalcarnero.

Integrada en esta organización se encuentran los catorce Parques Nacionales (nueve de ellos en gestión compartida entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, y cinco de ellos ya totalmente bajo la fórmula de gestión ordinaria autonómica). Estos son Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, en Cataluña; Archipiélago de Cabrera, en Baleares; Cabañeros, en Castilla -La Mancha; Caldera de Taburiente, en Canarias; Doñana, en Andalucía; Garajonay, en Canarias; Ordesa y Monte Perdido, en Aragón; Picos de Europa, en Asturias, Castilla y León y Cantabria; Sierra Nevada, en Andalucía; Tablas de Daimiel, en Castilla -La Mancha; Teide, en Canarias; y Timanfaya, igualmente en Canarias; Islas Atlánticas de Galicia, en Galicia; Monfragüe en Extremadura.

A su vez, se deben citar los Centros asociados, Lugar Nuevo y Contadero-Selladores, en Andalucía; Monte de Valsaín, en Castilla y León; Quintos de Mora y Mudela, en Castilla-La Mancha; Islas Chafarinas, en Melilla; con su estructura organizativa propia, que se ubican repartidos por toda la geografía nacional y que integran en su conjunto el Organismo Autónomo Parques Nacionales. Otros Centros existentes, pero que no tienen estructura propia son Ribavellosa en la Rioja, destinado a funciones de interpretación ambiental, Granadilla en Extremadura, y All Furi D´alt en Menoría. Tras la transferencia a Andalucía de la gestión de los Parques Nacionales el Organismo Autónomo Parques Nacionales ha mantenido la titularidad de algunas fincas singulares en esa Comunidad Autónoma, como son Las Marismillas, situada en el interior del Parque Nacional de Doñana, y la Dehesa de San Juan, en el Parque Nacional de Sierra Nevada. En el caso de los Parques Nacionales no trasferidos, la plantilla de cada uno de ellos responde a un patrón común: el responsable de cada Parque Nacional es su Director Conservador de quien dependen un cuerpo técnico, una unidad administrativa y una unidad de guardería. Por su parte los Centros cuentan con un Director como responsable y con una plantilla de tamaño variable en función de sus necesidades específicas. Centros de nueva creación no dotados de relación de puestos de trabajo específica, son objeto de gestión indirecta desde los Servicios Centrales con atribución de responsabilidades a los diferentes funcionarios de acuerdo con sus perfiles y necesidades. De estas unidades, a corto plazo, se producirá la transferencia de los medios humanos, materiales, y presupuestarios asociados a los Parques Nacionales, tal y como ocurrió en el año 2006 para los Parques Nacionales de Doñana, Sierra Nevada, y Ordesa. Para el resto de las unidades y centros integrados no tendrá consecuencia la Sentencia del Tribunal Constitucional a la que anteriormente se ha hecho referencia. La estructura básica de esta organización no ha experimentado modificaciones en los últimos ejercicios y, en particular, se ha mantenido estable durante el último año, independientemente de la creación de la escala de agentes medioambientales, y que en gran medida ha permitido, en una primera etapa, la adscripción del antiguo colectivo de guardería a una nueva escala de nivel administrativo superior por promoción interna. También se integra el Centro Nacional de Educación Ambiental (CENEAM), que no sólo aglutina las dotaciones en materia de educación ambiental ya existentes aunque dispersas por diferentes órganos directivos del Ministerio, sino que además las potencia para reforzar la política del Departamento. Complementariamente está adscrito al Organismo Autónomo Parques Nacionales el Comité Español del Programa MaB de Reservas de la Biosfera de UNESCO. Durante el año 2007 se vivió una profunda intensificación de la actividad de este programa. Un nuevo marco jurídico fue puesto en marcha, con la aprobación del correspondiente Real Decreto, se reformuló la composición del Comité Español dando entrada en el mismo a las Comunidades Autónomas, y se constituyó un Consejo Científico y un Consejo de Gestores. Igualmente, el Organismo Autónomo es el titular del capital de la empresa «Almoraima, S.A.».

3. Principales actuaciones en 2007

De acuerdo con las prioridades establecidas en la programación plurianual, se ha continuado en la línea de la consolidación de los Parques Nacionales incluidos en la Red, tanto en lo que se refiere a la conservación de los valores naturales de los Parques Nacionales como a la dotación en infraestructuras de servicios, con una inversión total cercana al 10% del presupuesto. Paralelamente, ha continuado un notable esfuerzo en lo que se refiere a actualización patrimonial, y regulación de los bienes, fundamentalmente la propiedad rústica, de titularidad del Organismo Autónomo. En este caso el esfuerzo ha sido particularmente importante. Así se han adquirido fincas en el entorno del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel por un monto global de cerca de 17 millones de euros. Destaca en este sentido la adquisición de la propiedad patrimonial de la SAT la Duquesa, una basta explotación agraria de más de 600 hectáreas de regadío con un consumo de agua procedente del acuífero próximo a los 10 Hm3 y con una incidencia directa sobre los niveles de agua del Parque Nacional. Si a estas adquisiciones sumamos las realizadas en el Parque Nacional de Monfragüe, por cerca de cinco millones de euros, se puede apreciar la magnitud del esfuerzo desarrollado. En este sentido señalar que la oportunidad de adquisición de la finca La Duquesa justificó un expediente de generación de crédito a partir de remanente de tesorería no comprometido en el presupuesto de ingresos que fue oportunamente aprobado tras el procedimiento correspondiente por una cuantía de 12 millones de euros. En la línea de lo que ya viene siendo tradicional, alrededor de un 25% del presupuesto de inversiones se ha utilizado en el refuerzo de las infraestructuras y programas de uso público y de atención a los visitantes, actividades que también constituyen una prioridad en el programa plurianual. En esta línea son de destacar las inversiones en los Parques Nacionales de reciente ampliación. Señalar en este apartado las inversiones para la puesta en marcha Centro de Visitantes del Parque Nacional marítimo-terrestre del archipiélago de Cabrera en la Colonia de San Jordi, en donde se culmino la totalidad de la obra, incluidos los elementos interpretativos. El centro quedó completado, y listo para ser recibido, a finales del pasado año. Se culminó igualmente la remodelación del Centro de Visitantes de Montaña Blanca en el Parque Nacional del Teide con la instalación de los nuevos equipos de audiovisuales. Otro centro actualmente en ejecución es el Centro de Visitantes de Torla, en el Parque Nacional de Ordesa, donde como resultado de un acuerdo complementario incorporado en el proceso de transferencias el Organismo Autónomo Parques Nacionales asumió finalizar la dotación interpretativa del Centro de Visitantes previamente construido. Esta última actuación se enmarca en la continuidad consolidada del programa de actuaciones singulares en Parques Nacionales del Organismo, conocido como «Programa Estrella», que pretende aglutinar todo el conjunto de actuaciones singulares, puntuales y extraordinarias de carácter infraestructural que se desarrollan en el Organismo dentro de un criterio de centralización y homogeneidad al objeto de asegurar unas dotaciones básicas comunes al servicio de los visitantes en el conjunto de todos y. Dentro de este programa, además de las obras a las que anteriormente se ha hecho referencia, se inició la construcción del Centro de Visitantes de Horcajo de los Montes en el Parque Nacional de Cabañeros, se finalizó la mejora de la primera fase de la carretera de Caín, y se puso en marcha la adecuación de un observatorio ornitológico en el Rocío y la construcción de un Museo de la Madera en el Monte de Valsain. El citado programa tiene carácter de centralizado y no será objeto de transferencia a las Comunidades Autónomas dentro del proceso que antes se ha señalado. Su ajuste a la legalidad constitucional ha quedado inequívocamente fijada al ser incorporada la ejecución de este tipo de actuaciones a las funciones de la Administración General del Estado establecidas en la Ley 5/2007. Se ha consolidado la tendencia de años anteriores de aumentar la participación en el presupuesto de las inversiones en materia de conservación, manejo y restauración de los recursos naturales, sin duda la línea más prioritaria en la gestión de los Parques y Centros, que ha absorbido el 40% de las inversiones totales, una parte significativa de las cuales (alrededor del 10%) se ha destinado a la realización de estudios previos que han proporcionado un más sólido fundamento al proceso de toma de decisiones en materia de gestión. Esta partida ha tenido un impulso claro como resultado del desarrollo de un programa específico en materia de investigación en la Red de Parques Nacionales, financiado con cargo al capítulo VII del Presupuesto de Gastos del Organismo Autónomo e integrado en la convocatoria general I+D. Este programa, que también se enmarca dentro del escenario futuro de actividad del Organismo, se ha consolidado como una aportación estable y activa a la potenciación de la actividad investigadora. Horizontalmente son de destacar las actividades relacionadas con la prevención de incendios forestales, mientras que desde el punto de vista territorial lo son las inversiones relativas al inicio de proyectos plurianuales de restauración en la finca Lugar Nuevo, de propiedad del Organismo, y situada en el interior del futuro Parque Nacional de Monfragüe. En el Centro de Lugar Nuevo, este situado en Andujar (Jaén), a pesar de tener la misma denominación que la finca anterior se trata de una finca distinta, continuó la ejecución del programa de actuaciones de manejo de hábitats destinada a favorecer la presencia en el centro de lince ibérico, especie endémica de la Península Ibérica y amenazada de extinción. Igualmente el Organismo apoyo la ejecución de diversas actuaciones a nivel general para asegurar la conservación de la especie, y mantuvo sus dotaciones para asegurar el Centro de cría en cautividad situado en el Acebuche, en el Parque Nacional de Doñana, que continuo obteniendo resultados positivos. El Centro de cría en cautividad fue objeto de transferencia material, pero no así el programa que se mantuvo y mantiene como un programa centralizado adscrito al Organismo Autónomo Parques Nacionales. Dentro de esta misma línea de actividad, en la finca recientemente incorporada de Granadilla, en la provincia de Cáceres en las vertientes directas al embalse de Gabriel y Galán, se ha propuesto la construcción de un nuevo centro de cría en cautividad de lince ibérico, que permita un desdoblamiento de la población actualmente existente en Acebuche. El gasto corriente ha mejorado notablemente su nivel de ejecución presupuestaria respecto de años anteriores, eso ha permitido que, sin aumento del presupuesto general de este concepto, una mayor eficacia de gasto haya deparado más actividad. Lo cierto es que en este capítulo, tras sucesivas incorporaciones, se ha dotado con unas cifras de gasto muy notable, consolidando los niveles alcanzados en años anteriores. Una línea que igualmente cobra protagonismo es la referida a la actuación en materia internacional del Organismo Autónomo Parques Nacionales que, tras lo aumentos experimentados en los últimos años, ha abierto un nuevo horizonte de actuaciones en donde han destacado las actuaciones de colaboración con la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo para la consolidación del Corredor Biológico Mesoamericano, al igual que otras con los servicios de Parques Nacionales de Argentina y Colombia. Es de destacar la continuación de las colaboraciones con AECI en el marco de los programas Azahar y Araucaria. También deben destacarse los trabajos de colaboración, mediante contribución voluntaria con el PNUMA, para la recuperación de áreas naturales en el sudeste asiático afectadas por el tsunami. Igualmente el Organismo desarrollo contribuciones voluntarias con FAO, UICN, CAM, y UNESCO, destinada a consolidar procesos de conservación de biodiversidad y divulgación ambiental en Iberoamérica. Se trata, sin duda, de la línea de más actividad y proyección en la que está actualmente embarcado el Organismo. Señalar también los gastos derivados de la política de supresión de actividades incompatibles en el interior de los Parques Nacionales. En el ejercicio se han continuado rubricando convenios con algunos Ayuntamientos implicados, y se avanzaron líneas marco de actuación para la relación con particulares. En concreto, durante el ejercicio de 2007 se alcanzaron acuerdos con distintos Ayuntamientos del Parque Nacional de Sierra Nevada. Igualmente se continuó con el abono derivado del acuerdo indemnizatorio con los propietarios de la mina de ferromica de la Gabiarra, situada en el interior del Parque Nacional de Sierra Nevada, al tiempo que se iniciaba el proceso para la rehabilitación de los terrenos antaño ocupados por las infraestructuras e instalaciones asociadas a la mina. El pasado año continuó el proceso de consolidación en la puesta en marcha de importantes proyectos centralizados en materia de suministros, señalización, dotación de medios y de equipos que se han implementado progresivamente. Es una línea que, no obstante, se verá notablemente afectada por los cambios que se derivarán del proceso de transferencias que antes se ha comentado. Debe señalarse también que ha continuado la consolidación de los servicios centrales como unidad de gasto autónoma e independiente de cada una de las unidades territoriales de gasto tradicionales. En el año 2005 los Servicios Centrales han gestionado directamente del orden del 60% del total de gasto del Organismo, con la consiguiente economía de escala y visión general que supone este tipo de gestión, en la línea de lo ya realizado en el año precedente. Finalmente, y como actuaciones destacables a referir en las diferentes unidades del Organismo cabe destacar las siguientes:

En el Parque Nacional de Cabañeros se ha realizado la adecuación del Centro de Visitantes de Casa Palillos, y se han acentuado las actuaciones de mejora de hábitat para la población de conejo. En el Parque Nacional marítimo-terrestre del archipiélago de Cabrera se ha trabajado en la rehabilitación de un conjunto de yacimientos arqueológicos así como se han mejorado las instalaciones fotovoltaicas al objeto de lograr un mayor porcentaje de participación de las energías renovables en el mix energético de las islas. En el Parque Nacional de la Caldera de Taburiente se puso en servicio un nuevo centro de alojamiento de voluntarios y se reformaron en profundidad las instalaciones de acogida del campamento del Riachuelo. En el Parque Nacional de Garajonay concluyeron las obras de dotación de unas instalaciones de apoyo en el Centro de Visitantes del Juego de Bolas, y continúo el programa de restauración de áreas degradadas y de recuperación de laurisilva, el bosque relicto del Terciario que encuentra en este Parque Nacional probablemente su mejor y último refugio.

En el Parque Nacional de los Picos de Europa, sin duda uno de los más complejos por su configuración en tres Comunidades Autónomas y la presencia en su interior de veinte pequeños núcleos de población, se culminó la adecuación rural del núcleo de Tresviso, y se realizaron diversas obras de protección contra aludes en la carretera de acceso al núcleo de Soto de Sajambre. Complementariamente, el Parque Nacional encierra también notables valores ambientales, y por ejemplo, en el presente año se ha realizado un inventario exhaustivo de flora amenazada presente en el mismo. En el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel sin duda la actuación estrella fue la relacionada con la adquisición de fincas, equivalentes en superficie a cerca del 40% de la superficie del Parque Nacional. Pero eso no restó protagonismo a otras actividades de gestión. En concreto se finalizó la restauración y dotación interpretativa del molino de Molemocho, se realizó el enterramiento de una línea eléctrica de media tensión que atravesaba el Parque Nacional por el sector de Zacatena, y se ha completado la sustitución de los sondeos propios del Parque Nacional. En el Parque Nacional del Teide los trabajos de rescate genético sobre flora amenazada han continuado siendo los protagonistas de la gestión, junto con la adecuación de las instalaciones para la acogida de los cerca de cuatro millones de visitantes de este Parque Nacional. Se ha completado una Red de agua potable de suministro a las infraestructuras. Igualmente los trabajos de rescate genético de flora amenazada han tenido un protagonismo singular en el Parque Nacional de Timanfaya. En los centros y fincas también se han producido numerosas actuaciones. Así en Lugar Nuevo se construyó una base de incendios, se adquirió nuevo material móvil con destino al combate del fuego, y se realizaron diversas obras de mejora estética con eliminación de antiguas edificaciones abandonadas y en desuso. En Quintos de Mora la gestión se centro prioritariamente en la mejora de hábitat para ungulados y en tratamientos selvícolas de adecuación ambiental de las masas de pinar, actuación esta última que también primó en la gestión del monte de Valsaín. En esta finca comenzaron igualmente las obras para la reconstrucción del antiguo aserradero afectado por un incendio en su totalidad. En las fincas de Serradilla, dentro del Parque Nacional de Monfragüe, se realizaron labores de destoconado y erradicación de eucaliptales. En la Encomienda de Mudela se ha remodelado un pabellón para la estancia de la Guardia Real, así como un edificio para conductores. En el Centro Nacional de Educación Ambiental se ampliaron las instalaciones mediante una adecuación de uso de las mansardas y, al tiempo, se inició la instalación de una caldera de biomasa destinada a cubrir las necesidades térmicas (calefacción y agua caliente) del centro en su totalidad. En la finca Las Marismillas, así como en la finca Dehesa de San Juan se realizaron diversas actuaciones de mejora de hábitat. En la primera se demolió un antiguo observatorio, el conocido como observatorio de Vetalengua, situado en pleno corazón de la marisma origen de un notable impacto estético. Con carácter general, el Organismo mantuvo un programa de prevención y extinción de incendios forestales que implicó a todas las unidades, así como un programa complementario de dotación de equipos con destino a la vigilancia y la uso público. Igualmente se desarrollo un programa de voluntariado con participación de cerca de veinte organizaciones no gubernamentales y más de mil quinientos voluntarios. Finalmente, se puso en marcha un programa para la elaboración de planes de gestión de las fincas dictados desde un óptica común presidida por el concepto de sostenibilidad. La plantilla del organismo a 31 de Diciembre de 2007 se compone de 283 funcionarios y 286 laborales.

D.3 Bases de presentación de las cuentas. Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

Para el cálculo del Estado de Tesorería se ha realizado un ajuste en la línea de cobros por operaciones no presupuestarias, además de los establecidos por la nota informativa 7/01 de la IGAE, por un importe de 741,57€. Este ajuste corresponde al saldo negativo que a 31 de diciembre de 2006 quedó en la cuenta para otros pagos en firme y que se ajustó mediante asientos directos al no ser posible realizar el ajuste mediante documentos contables por ser un importe negativo. De este modo, en el ejercicio 2006 no se utilizó el concepto no presupuestario 320.350 «Acreedores por otros pagos en firme». A 31 de diciembre de 2007 se ha cancelado el saldo anterior de la cuenta 5762 «Cuenta para otros pagos en firme» para contabilizar el nuevo saldo de esta cuenta, y dado que en el ejercicio 2006 el saldo se dio de alta mediante asientos directos, en el ejercicio 2007 se ha dado de baja este saldo también mediante asientos directos. Al no mover durante este ejercicio el concepto no presupuestario 320.350 «Acreedores por otros pagos en firme», la línea de cobros por operaciones presupuestarias queda descuadrada en la cantidad de 741,57€, antes mencionada, por lo que se ajusta para el cuadre. Se ha modificado el criterio de contabilización de los ingresos procedentes de los reintegros por pagos al Boletín Oficial del Estado, en base al informe de la Intervención General de la Administración del Estado de fecha 27 de febrero de 2001 sobre el procedimiento a seguir en relación con el abono previo por parte de las Administraciones Públicas de los anuncios publicados en el Boletín Oficial del Estado. Hasta ahora se venían contabilizando en el concepto de ingresos 399.99 «Otros ingresos diversos» y durante este ejercicio se han contabilizado como reintegros de presupuesto corriente aplicados a las cajas fijas del ejercicio que incluyen este tipo de pagos.

D.4 Normas de valoración. a) Inmovilizado Inmaterial. Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición o por su coste de producción. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas. Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Las inversiones destinadas al uso general y las inversiones gestionadas se registran al coste de adquisición o coste de producción. c) Inversiones financieras. Las inmovilizaciones financieras se reflejan al precio de adquisición o al de mercado, si este fuera menor. El precio de mercado de las inversiones se determina tomando como base el valor teórico contable resultante de las últimas cuentas anuales disponibles. d) Provisión para insolvencias. Se dotan provisiones por insolvencias cuando los créditos han sido reclamados judicialmente o son objeto de un litigio judicial de cuya solución depende su cobro. e) Gastos. Se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representas y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. f) Ingresos. En los ingresos se utiliza tanto el criterio de devengo como el criterio de caja, imputando a la cuenta del resultado económico patrimonial, en este último caso, los ingresos cuando se produce la corriente monetaria derivada de ellos.

IV.2 Bases de presentación de las cuentas. La cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado, y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

Para el cálculo del estado de tesorería se ha realizado un ajuste en la línea de cobros para operaciones no presupuestarias, además de los establecidos por la nota informativa 7/01 de la IGAE, por un importe de 741,57 €. Este ajuste corresponde al saldo negativo que a 31 de diciembre de 2006 quedó en la cuenta para otros pagos en firma y que se ajustó mediante asientos directos al no ser posible realizar el ajuste mediante documentos contables por ser un importe negativo. De este modo, en el ejercicio 2006 no se utilizó el concepto no presupuestario 320.350 «Acreedores por otros pagos en firme». A 31 de diciembre de 2007 se ha cancelado el saldo anterior de la cuenta 5762 «Cuenta para otros pagos en firme» para contabilizar el nuevo saldo de esta cuenta, y dado que en el ejercicio 2006 el saldo se dio de alta mediante asientos directos, en el ejercicio 2007 se ha dado de baja este saldo también mediante asientos directos. Al no mover durante este ejercicio el concepto no presupuestario 320.350 «Acreedores por otros pagos en firme», la línea de cobros por operaciones presupuestarias queda descuadrada en la cantidad de 741,57 €, antes mencionada, por lo que se ajusta para el cuadre. Se ha modificado el criterio de contabilización de los ingresos procedentes de los reintegros por pagos al Boletín Oficial del Estado, en base al informe de la Intervención General de la Administración del Estado de fecha 27 de febrero de 2001 sobre el procedimiento a seguir en relación con el abono previo por parte de las Administraciones Públicas de los anuncios publicados en el Boletín Oficial del Estado. Hasta ahora se venían contabilizando en el concepto de ingresos 399.99 «Otros ingresos diversos» y durante este ejercicio se han contabilizado como reintegros de presupuesto corriente aplicados a las cajas fijas del ejercicio que incluyen este tipo de pagos.

IV.3 Normas de valoración. a) Inmovilizado inmaterial. Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición o por coste de producción. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el precio establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas. Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Las inversiones destinadas al uso general y las inversiones gestionadas se registran al coste de adquisición o coste de producción. c) Inversiones financieras. Las inversiones financieras se reflejan al precio de adquisición o al de mercado, si este fuera menor. El precio de mercado de las inversiones se determina tomando como base el valor teórico contable resultante de las últimas cuentas anuales disponibles. d) Provisión para insolvencias. Se dotan de provisiones por insolvencias cuando los créditos han sido reclamados judicialmente o son objeto de un litigio judicial de cuya solución depende su cobro. e) Gastos. Se imputan a la cuenta de resultados económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. f) Ingresos. En los ingresos se utiliza tanto el criterio de devengo como el criterio de caja, imputando a la cuenta del resultado económico patrimonial, en este último caso, los ingresos cuando se produce la corriente monetaria derivada de ellos.

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