Visto el expediente de indulto de doña Sonia María Oujo Pouso, condenada por la Audiencia Provincial de la Coruña, sección sexta, con sede en Santiago de Compostela, en sentencia de 20 de febrero de 2004, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 25.557,94 euros, por hechos cometidos en el año 1996, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de febrero de 2008,
Vengo en conmutar a doña Sonia María Oujo Pouso la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de febrero de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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