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Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Baz Vara, condenado por la Audiencia Provincial de La Rioja, sección primera, en sentencia de 29 de enero de 2001, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de nueve años de prisión y multa de 5.000.000 de pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de 2008,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel Baz Vara cinco años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de marzo de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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