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Documento BOE-A-2009-12446

Resolución de 29 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley del Estado 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2009, páginas 63683 a 63683 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2009-12446

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría de Estado dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de junio de 2009.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.

ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en relación con la Ley del Estado 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 29 de junio de 2009, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas respecto del primer párrafo del artículo 3.2, y por conexión el artículo 9.2, y sobre la disposición final segunda en relación con los artículos 6, 12, 13, 14, 15, 19, 20 y disposición transitoria única, todos ellos de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 2 de julio de 2009, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

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