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Documento BOE-A-2009-12731

Resolución de 14 de julio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se adjudican ayudas para becas y contratos del programa "Salvador de Madariaga" en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2009, páginas 65457 a 65458 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-12731

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de 23 de febrero de 2009 («Boletín Oficial del Estado» del 27), de la Secretaría de Estado de Universidades, se convocaron ayudas para becas y contratos en el marco del estatuto del personal investigador en formación, del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

De conformidad con el artículo 26.5 de la convocatoria, la Comisión Mixta, compuesta paritariamente por representantes del IUE y de la Dirección General de Universidades, ha elevado la propuesta de concesión de ayudas, de acuerdo con la puntuación obtenida por la aplicación de los criterios señalados en el apartado 26.3.

Por ello, en uso de la delegación otorgada en la Orden EDU/1262/2009, de 14 de mayo, he resuelto:

Primero.–Conceder las ayudas para becas y contratos del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con efectos de 1 de septiembre de 2009.

Las solicitudes no contenidas en el anterior Anexo se considerarán denegadas o desestimadas.

Segundo.–Publicar como Anexo II, la relación de candidatos suplentes para cubrir las renuncias, según programa.

Tercero.–Las ayudas concedidas por esta resolución tendrán una duración máxima de cuarenta y ocho meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación de las memorias anuales.

Cuarto.–La incorporación de los beneficiarios se producirá en el plazo establecido para el curso académico por el Instituto Universitario Europeo de Florencia. Las altas se tramitarán a través de la FECYT como entidad colaboradora española.

Quinto.–En aplicación del artículo 26.7 de la convocatoria, se facilitará a los solicitantes que lo requieran las puntuaciones obtenidas en los diferentes criterios de evaluación y selección establecidos en la convocatoria.

Sexto.–El gasto resultante de las concesiones, por las cuantías de las dotaciones de 1.400 € y 1.500 € para la fase de beca y contrato respectivamente, las correspondientes cuotas patronales a la Seguridad Social y las ayudas de viaje se eleva a un importe estimado de 1.029.647,84 € (un millón veintinueve mil seiscientos cuarenta y siete euros con ochenta y cuatro céntimos), que será imputado a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado con la siguiente estimativa por anualidades: 83.645,64 € en el ejercicio 2009, 223.636,92 € en el ejercicio 2010, 278.220,28 € en el ejercicio 2011, 308.087,00 € en el ejercicio 2012 y 136.058,00 € en el ejercicio 2013.

El gasto correspondiente a ejercicios futuros quedará supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.

Séptimo.–Los beneficiarios de las ayudas concedidas en la presente resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen el programa y que se indican en la mencionada resolución de 23 de febrero de 2009.

Octavo.–Los solicitantes podrán recuperar las solicitudes desestimadas o denegadas en el plazo de un mes a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución de concesión de las ayudas; pasado dicho plazo serán destruidas aquellas solicitudes que no se hayan retirado.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 14 de julio de 2009.–El Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO I

Área

Referencia de la ayuda

Apellidos beneficiario

Nombre beneficiario

Fecha de inicio ayuda

Ciencias políticas y sociales.

IUE2009-0001

Barbera Arangüena.

Pablo.

01/09/2009

Ciencias políticas y sociales.

IUE2009-0027

Lamote de Grignon Pérez.

Juana.

01/09/2009

Ciencias políticas y sociales.

IUE2009-0037

Mayoral Díaz-Asensio.

Juan Antonio.

01/09/2009

Ciencias políticas y sociales.

IUE2009-0036

Riera Sagrera.

Pedro.

01/09/2009

Derecho.

IUE2009-0005

Lostal Becerril.

Marina.

01/09/2009

Derecho.

IUE2009-0042

Pastor Merchante.

Fernando.

01/09/2009

Derecho.

IUE2009-0026

Piernas López.

Juan Jorge.

01/09/2009

Economía.

IUE2009-0029

Blázquez de Paz.

Mario.

01/09/2009

Economía.

IUE2009-0058

Ceni González.

Rodrigo.

01/09/2009

Economía.

IUE2009-0051

Martín-Rivero.

Raquel.

01/09/2009

Economía.

IUE2009-0040

Ruiz Valenzuela.

Jenifer.

01/09/2009

Historia y civilización.

IUE2009-0013

Alares López.

Gustavo.

01/09/2009

Historia y civilización.

IUE2009-0032

García Montón.

Alejandro.

01/09/2009

ANEXO II

Área

Referencia de la ayuda

Apellidos beneficiario

Nombre beneficiario

Economía.

IUE2009-0002

Arque Castells.

Gerard.

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