El Consejo de Ministros, en su reunión de 28 de agosto de 2009, ha adoptado el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante del crédito de 21.062.500 euros para el programa de formación de titulados en situación de desempleo, aprobados por la Comisión General de Política Universitaria.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado», como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, 14 de septiembre de 2009.–El Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.
De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados en los términos que figuran en el Anexo, los compromisos financieros resultantes del acuerdo adoptado en la Comisión General de Política Universitaria, en su reunión celebrada el día 27 de julio de 2009, en relación con los criterios de distribución territorial, así como con las distribuciones resultantes, del crédito de 21.062.500 euros destinado al Programa de formación de titulados en situación de desempleo, que corresponde a la aplicación presupuestaria 21.04.322C.453. del presupuesto de 2009.
El Real Decreto-ley 8/2009, de 12 de junio, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito, por importe total de 19.821,28 millones de euros y se modifican determinados preceptos de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, aprobó una dotación extraordinaria de 21.062.500 euros para el programa de formación de titulados en situación de desempleo.
Las cantidades distribuidas por aplicación del presente Acuerdo se destinarán, por tanto, a la financiación de la gratuidad de las matrículas para títulos de Máster oficiales y títulos propios de las Universidades que hayan sido seleccionados como estratégicos por la Comunidad Autónoma receptora de los fondos.
Podrán ser beneficiarios los titulados universitarios españoles de entre 25 y 40 años de edad que se encuentren percibiendo prestación por desempleo y que cursen las titulaciones a que se refiere el párrafo anterior en universidades públicas de la Comunidad Autónoma receptora de los fondos.
En el plazo de tres meses desde su recepción, la Comunidad Autónoma receptora de los fondos justificará, mediante certificación de la Consejería competente en materia de Universidades, que ha destinado la cantidad librada por el Ministerio a la finalidad que se establece en el presente Acuerdo.
Las Comunidades Autónomas receptoras de los fondos procurarán la mayor difusión de este programa, haciendo constar la participación del Ministerio de Educación. Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación».
La ejecución de los créditos resultantes del presente Acuerdo se realizará inmediatamente después de su aprobación.
La distribución del crédito se realiza conforme al porcentaje de titulados universitarios de entre 25 y 40 años que perciben prestación por desempleo registrados en mayo de 2009 en cada Comunidad Autónoma.
La aplicación del mencionado criterio da como resultado la distribución que se refleja en la siguiente tabla que contiene las cantidades en euros:
Comunidad Autónoma |
Euros |
---|---|
Andalucía |
3.718.401 |
Aragón |
522.576 |
Asturias (Principado de) |
471.941 |
Balears (Illes) |
261.396 |
Canarias |
758.221 |
Cantabria |
211.410 |
Castilla y León |
1.058.351 |
Castilla-La Mancha |
614.757 |
Cataluña |
3.537.718 |
Valenciana (Comunidad) |
2.235.065 |
Extremadura |
449.220 |
Galicia |
1.152.696 |
Madrid (Comunidad de) |
4.394.395 |
Murcia (Región de) |
445.974 |
Navarra (Comunidad Foral de) |
262.478 |
País Vasco |
850.835 |
La Rioja |
117.066 |
Total |
21.062.500 |
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