Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-2009-15038

Orden SAS/2518/2009, de 31 de julio, por la que se clasifica la Fundación Chain y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 22 de septiembre de 2009, páginas 79420 a 79421 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2009-15038

TEXTO ORIGINAL

Examinada la escritura de constitución de la Fundación Chain, instituida en Madrid.

Antecedentes de hecho

Primero.–Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones.

Segundo.–La Fundación fue constituida mediante escritura pública; otorgada ante la notario de Madrid, doña María-Jesús Guardo Santamaría, el 18 de junio de 2009, con el número 1.917 de su protocolo; por la mercantil «Accurate Center, , S.L.».

Tercero.–La dotación inicial de la Fundación es de treinta mil euros, aportados por la fundadora y depositados en una entidad bancaria a nombre de la Fundación.

Cuarto.–El Patronato de la Fundación esta constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: don Moisés Israel Garzón.

Secretario: don Juan-Carlos Higuera Brunne.r

Vocal: doña Carmen Lourdes Santos Arrate.

Quinto.–El domicilio de la entidad radica en la Avenida General Perón, número 26, 4º A, de Madrid, CP 28020, y su ámbito territorial de actuación, según consta en el artículo 1. 3 de sus Estatutos, será nacional e internacional.

Sexto.–El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 3 de los Estatutos, en la forma siguiente:

Son fines de la Fundación:

1. Fomentar proyectos solidarios especialmente en África y con el resto de continentes para la solución de los problemas de agua a través de la creación de pozos, purificación de aguas, redireccionamiento del agua por pendientes y cualquier otro sistema que cumpla el objetivo de que cada vez más personas tengan acceso al agua en África.

2. Fomentar la tolerancia a través de proyectos de comunicación hacia grupos moderados frente a extremistas, con el fin de que todas las personas moderadas del mundo convenzan a las personas extremistas y radicales de la conveniencia de la moderación de los planteamientos todo ello a través del fomento de los valores del deporte, el arte, la cultura, en el que participan todo tipo de personalidades de todas las religiones, culturas y creencias que integrarán a toda la humanidad.

3. Fomentar el desarrollo de la sociedad de la información a través de proyectos de comunicación para otorgar acceso a Internet vía móvil a todas las personas que actualmente no tienen acceso a fuentes de información y que impide su desarrollo social y cultural.

4. Fomentar proyectos educativos a nivel internacional para la defensa de los principios democráticos y de los valores constitucionales.

5. Promover ayudas y acciones dirigidas al desarrollo e integración de las personas desasistidas en cualquiera de sus ámbitos.

6. Otras actividades similares o análogas.

Séptimo.–Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación, queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando obligado, dicho órgano de gobierno, a la presentación de las cuentas y del plan de actuación anuales ante el Protectorado.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

El Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

El Real Decreto 1041/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio, por la que se delegan en el Secretario General Técnico las competencias que están atribuidas a la Ministra de Sanidad y Política Social en cuanto titular del Protectorado de fundaciones, así como las competencias en materia de registro de las mismas, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes por lo que procede la inscripción de la Fundación en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Por cuanto antecede, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar a la Fundación Chain, instituida en Madrid, cuyos fines de interés general son predominantemente de cooperación al desarrollo y de asistencia e inclusión social.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones, bajo el número 28-1.567.

Tercero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones el nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden, así como su aceptación de cargo.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 31 de julio de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, P.D. (Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid