Las entidades Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. y Ocaso, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros han presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión general de la cartera de seguros del ramo de decesos de la entidad cedente Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. a favor de la entidad cesionaria Ocaso, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se desprende, que la entidad cedente ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y 70 del Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para llevar a cabo la operación de cesión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:
Primero.–Autorizar la cesión general de la cartera de seguros del ramo de decesos de la entidad Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. a la entidad Ocaso, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros.
Segundo.–Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de decesos a la entidad Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.
Contra la presente Orden Ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 26 de octubre de 2009.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.
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