Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don José Narváez Muñoz, condenado por la Audiencia Provincial, sección octava, de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, en sentencia de 18 de septiembre de 2008, como autor de un delito de incendio, a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de cumplimiento de la condena por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,
Vengo en conmutar a don José Narváez Muñoz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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