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Documento BOE-A-2009-20853

Resolución de 10 de diciembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la concesión de subvenciones de 2009, a titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 25 de diciembre de 2009, páginas 109966 a 109967 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-20853

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APA/3147/2005, de 28 de septiembre (BOE de 11 de octubre), se establecieron las bases reguladoras y por Orden ARM/2359/2009, de 29 de julio (BOE de 4 de septiembre), la convocatoria para el año 2009, de las subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras y convocatoria, y a la vista de la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor, la Subdirección General de Estadística, por Orden del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de 17 de noviembre de 2009 se ha resuelto el procedimiento de concesión de 7.099 subvenciones de 2009, por el suministro de datos estadísticos y contables.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden ARM/2359/2009, de 29 de julio, y en atención al interés general para los agricultores y ganaderos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.–Hacer público el extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2009, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de 7.099 subvenciones de 2009, a favor de titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables, convocadas por Orden ARM/2359/2009, de 29 de julio, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.02.451O.772 del ejercicio de 2009, y cuya distribución territorial se refleja en la siguiente tabla:

Territorio

Número de beneficiarios

Cuantía de la subvención

Máximo por perceptor

euros

Global

euros

Andalucía

1.465

146,00

  213.890,00

Aragón

 650

146,00

  94.900,00

Principado de Asturias

 183

146,00

  26.718,00

Illes Balears

 180

146,00

  26.280,00

Canarias

 221

146,00

  32.266,00

Cantabria

 146

146,00

  21.316,00

Castilla y León

 945

146,00

  137.970,00

Castilla - La Mancha

 862

146,00

  125.852,00

Extremadura

 694

146,00

  101.324,00

Galicia

 399

146,00

  58.254,00

La Rioja

 217

146,00

  31.682,00

Madrid

 187

146,00

  27.302,00

Región de Murcia

 329

146,00

  48.034,00

Comunidad Valenciana

 621

146,00

  90.666,00

Total

7.099

146,00

1.036.454,00

Segundo.–El texto íntegro de la resolución de concesión, Orden de 17 de noviembre de 2009, en la que se incluye como anexo la relación nominativa de beneficiarios, ordenada territorialmente por Comunidades Autónomas, se expondrá en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (Paseo de Infanta Isabel, n.º 1, 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los quince días naturales siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Aquellos solicitantes que no figuren en la relación nominativa señalada en el párrafo anterior se entenderá que su solicitud ha sido desestimada.

Tercero.–La resolución del procedimiento, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías impugnatorias.

Madrid, 10 de diciembre de 2009.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Alicia Camacho García.

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