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Documento BOE-A-2009-20868

Resolución de 30 de noviembre de 2009, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica la Addenda al Convenio entre el Consejo Insular de Menorca, el Ministerio de Sanidad y Política Social, el Instituto de Salud Carlos III, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, la Universidad de las Illes Balears y la Consejería de Salud y Consumo del Gobierno de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 25 de diciembre de 2009, páginas 110027 a 110030 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2009-20868

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 17 de septiembre de 2009, Addenda al Convenio entre el Consell Insular de Menorca, el Ministerio de Sanidad y Política Social, el Instituto de Salud Carlos III, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, la Universitat de las Illes Balears y la Consejería de Salud y Consumo del Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de noviembre de 2009.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO
Addenda al convenio entre el Consell Insular de Menorca, el Ministerio de Sanidad y Politica Social, el Instituto de Salud Carlos III, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, la Universitat de les Illes Balears y la Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears

Don Marc Pons Pons, en nombre y representación del Consell Insular de Menorca (CIF S0733002J y domicilio social en Maó, Plaza Biosfera, 5), en su calidad de presidente, que actúa facultado por pleno extraordinario de 18 de septiembre de 2008 y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 9.1 y 9.2.q) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consells Insulars.

Doña Trinidad Jiménez García-Herrera, en nombre y representación del Ministerio de Sanidad y Política Social CIF S/2827001E y domicilio social en Madrid, paseo del Prado, número 18), en su calidad de Ministra, que actúa facultada por Real Decreto 559/2009, de 7 de abril (B.O.E. de 7 de abril de 2009), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Don Vicenç Thomàs Mulet, en nombre y representación de la Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears (CIF S0711001H y domicilio social en Palma, plaça Espanya, 9), en su calidad de Conseller, cargo para el que fue nombrado en virtud de Decreto 10/2007, de 6 de julio, del Presidente (B.O.I.B número 101, de 9 de julio), actuando por delegación de firma en virtud de lo que dispone el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del Presidente de las Illes Balears, por el que se delega en los titulares de las consejerías la firma de determinados convenios de colaboración y acuerdos de cooperación (BOIB núm. 166, de 29/11/2003).

Don Salvador Ordóñez Delgado, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (CIF Q2818022B y domicilio social en Madrid, calle Isaac Peral, 23), en su calidad de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1342/2006, de 21 de noviembre (B.O.E. de 22 de noviembre), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (B.O.E. de 12 de abril).

Don José Jerónimo Navas Palacios, en nombre y representación del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Ciencia e Innovación (CIF Q2827015E y domicilio social en Madrid, calle Sinesio Delgado, 6), en su calidad de Director, que actúa facultado por Real Decreto 1458/2008, de 29 de agosto (B.O.E. 210, de 30 de agosto de 2008), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III (BOE núm. 101, de 27/04/2001), modificado por el Real Decreto 590/2005, de 20 de mayo, y por el Decreto 246/2009, de 27 de febrero.

Doña Montserrat Casas Ametller, en nombre y representación de la Universitat de les Illes Balears (CIF Q0718001A y domicilio social en Palma, ctra. Valldemosa, km 7.5), en su calidad de rectora, que actúa facultada por su nombramiento por Decreto 55/2007, de 20 de abril, del Consejo de Gobierno (BOIB núm. 60, de 21/04/2007), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por los artículos 28 y 30 del Decreto 170/2003, de 26 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de las Illes Balears (BOIB núm. 136, de 30/09/2003), y de acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

Todas las partes nos reconocemos mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este convenio.

ANTECEDENTES

Dado el convenio vigente entre el Consell de Menorca, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, el Instituto de Salud Carlos III, la Universitat de les Illes Balears, y la Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears para la organización de la Escuela de Verano de Salud Pública (EVSP), firmado el día 11 de septiembre de 2006.

Puesto que la EVSP se ha celebrado en el Llatzeret de Maó, Menorca, durante la segunda quincena de septiembre desde que el presidente del Consell de Menorca, y el Ministro de Sanidad y Consumo, firmaron un acuerdo de colaboración el 1 de febrero de 1985 por el cual el ministerio establecía el plazo en el que cedía el uso permanente del Llatzeret al Consell de Menorca para llevar a cabo encuentros de carácter científico y cultural. Durante la aplicación de este acuerdo la EVSP ha dispuesto siempre del uso de las aulas y del Salón del Museo de forma gratuita.

Dado el interés actual del Ministerio de Sanidad y Política Social por situar el Llatzeret de Maó como un centro de referencia mundial en actividades académicas en Salud Pública, y por regular los términos de su participación en la organización de la EVSP.

Considerando la nueva estructura del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Dado que la Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears ha manifestado su interés por especificar su aportación a la organización de la EVSP.

Puesto que el Consell Insular es el promotor principal, se hace cargo de la búsqueda de financiación de la EVSP y garantiza una aportación económica anual mínima de 57.618 euros procedente de instituciones públicas que participen en la organización de esta iniciativa.

Dado que la cláusula quinta del convenio de 11 de septiembre de 2006 dispone que para que una institución pública pueda incorporarse como parte al convenio se tramitará una adenda, la cual incluirá las obligaciones y aportaciones concretas de la nueva parte participante.

ACORDAMOS

Primero.–El Ministerio acepta el contenido del convenio para la organización de la Escuela de Verano de Salud Pública del Llatzeret de Maó firmado el 11 de septiembre de 2006 y entra a formar parte del Consejo Rector de la EVSP, que es el máximo órgano de decisión en todo aquello que afecte a la Escuela.

El Ministerio reconoce la vigencia del acuerdo de 1985 y renueva la cesión del uso gratuito de las instalaciones del Llatzeret de Maó, las aulas y el Salón del Museo, al Consell de Menorca para llevar a cabo la EVSP y las actividades académicas asociadas.

A fin de configurar el Llatzeret de Maó como sede de referencia internacional en salud pública, el ministerio promoverá la organización de actividades científicas de alto nivel en salud pública en las instalaciones del Llatzeret.

Segundo.–El Consell de Menorca se compromete a notificar por escrito al Ministerio con una antelación mínima de 3 meses las fechas previstas de uso de las instalaciones para llevar a cabo la EVSP y las actividades académicas vinculadas.

La EVSP se organizará dentro las fechas comprendidas entre el 15 y el 30 de septiembre, incluyéndose dentro estas fechas el traslado y el montaje del material y mobiliario. Estas fechas serán prorrogables hasta el 30 de octubre en el caso que las actividades académicas coincidentes promovidas por la Escuela de Verano tuvieran una duración mayor.

El Consell de Menorca abonará los gastos de alojamiento, manutención y traslado de los participantes a la EVSP y a las actividades coincidentes de acuerdo con las tarifas vigentes.

A través del IME, que de acuerdo con la cláusula cuarta del convenio del 11 de septiembre de 2006 es la entidad que asume las tareas organizativas de la EVSP, las administrativas y de control presupuestario, el Consell de Menorca facilitará al Ministerio la organización de actividades académicas relevantes en salud pública cediendo gratuitamente el uso del equipamiento de oficina e informático que la secretaría de la Escuela haya ido adquiriendo a lo largo de los años para la organización de la EVSP así como otros recursos de los que dispone y estuviesen disponibles en las fechas en que se organizasen las actividades.

Tercero.–La Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears se compromete a seguir participando en la organización de la Escuela de Salud Pública. Los aspectos materiales y económicos en que se haya de concretar esta participación serán especificados mediante convenio plurianual bilateral entre la citada Conselleria y el Consell Insular de Menorca como promotor principal y garante económico de la Escuela.

Cuarto.–El Consejo Académico integrará entre sus miembros a una persona del Ministerio de Sanidad y Consumo de reconocida trayectoria académica y siguiendo el procedimiento establecido en el convenio previa consulta a la Secretaría General de Sanidad.

Quinto.–Se mantienen en su integridad el resto de condiciones establecidas en el convenio firmado entre las entidades organizadoras de la Escuela de Verano el 11 de septiembre de 2006 que no se han visto modificadas por esta adenda.

Sexto.–Se crea una Comisión de Seguimiento de la Adenda cuya composición se corresponderá con la composición del Consejo Rector de la Escuela de Verano, es decir, una persona en representación de cada una de las instituciones firmantes de la presente adenda: el Ministerio de Sanidad y Política Social, el Consell Insular de Menorca, la Conselleria de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears, el Instituto de Salud Carlos lll, la Univesiddad Internacional Menendez y Pelayo, y la Universidad de les Illes Balears. Ademàs de estas, la compondrá la dirección Académica.

Esta Comisión se reunirá con una periodicidad de seis meses y se levantará acta de la reunión. Para facilitar su organización, algunas de estas reuniones podrán tener lugar mediante videoconferencia.

Séptimo.–Esta adenda tendrá validez desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2009, y se prorrogará por anualidades naturales mientras el convenio firmado el 11 de septiembre de 2006 mantenga su vigencia y siempre que las partes no hagan uso de la facultad de separación unilateral prevista a la cláusula decimocuarta del mencionado convenio.

Si alguna de las partes acuerda unilateralmente su separación una vez finalizado el curso correspondiente, únicamente se producirá la prórroga tácita antes mencionada para el resto de las partes.

Octavo.–Esta adenda tiene carácter administrativo. En caso de conflicto en su interpretación y aplicación, la jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para conocer de las cuestiones litigiosas que suscitadas, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.

Noveno.–De acuerdo con lo que dispone el artículo 4.1.c de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, esta adenda queda excluida del ámbito de aplicación de la mencionada Ley, sin perjuicio de su aplicación supletoria.

En prueba de conformidad, firmamos siete ejemplares de la adenda en el lugar y en la fecha mencionados a continuación.

Madrid, 17 de septiembre de 2009.–Marc Pons Pons, Presidente del Consell de Menorca.–Trinidad Jiménez García-Herrera, Ministra de Sanidad y Política Social.–Salvador Ordóñez Delgado, Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.–Vicenç Thomàs Mulet, Conseller de Salut i Consum del Govern de les Illes Balears.–Montserrat Casas Ametller, Rectora de la Universitat de les Illes Balears.–José Jerónimo Navas Palacios, Director del Instituto de Salud Carlos III.

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