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Documento BOE-A-2009-2925

Resolución de 1 de diciembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para dotar de auxiliares de conversación a centros educativos.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2009, páginas 18221 a 18223 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-2925

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han suscrito un Convenio de colaboración para dotar de auxiliares de conversación a centros educativos de la Comunidad Autónoma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General Técnica dispone la publicación del citado Convenio de colaboración en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de diciembre de 2008.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA DOTAR DE AUXILIARES DE CONVERSACIÓN A CENTROS EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2008/2009

Intervienen:

De una parte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, en virtud a su nombramiento por Real Decreto 436/2008 de 12 de abril y de las competencias atribuidas por el artículo 13.3 de la Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. Ramón Luis Valcárcel Siso, en representación de la Comunidad Autónoma de Murcia, y por delegación del presiente, el Consejero de Educación, Ciencia e Investigación, Don Juan Ramón Medina Precioso, en virtud del Decreto 24/2008, de 12 de septiembre, autorizado para la celebración del presente Convenio por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 12 de septiembre de 2008.

EXPONEN

I. Que al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, en virtud de lo previsto en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, le corresponde, entre otras acciones, potenciar la proyección de la educación, la cultura y la investigación españolas en el exterior, integrando esta acción educativa en el marco más amplio de la promoción y difusión de la cultura y de la lengua españolas y de la cooperación internacional.

II. Que el citado Real Decreto prevé, en su artículo 25, que la acción educativa en el exterior se podrá desarrollar mediante la suscripción de convenios de colaboración, cuya finalidad se oriente a la difusión del español, con todo tipo de instituciones.

III. Que, en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural, Científica y Técnica entre España y Austria, Bélgica, Francia, Irlanda, Italia, Portugal, República Federal de Alemania, Reino Unido y Nueva Zelanda y de los Memorandos suscritos con diversos Estados de Estados Unidos y Canadá, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ha venido gestionando anualmente la presencia y colaboración de Auxiliares de Conversación en diversos centros educativos españoles, incluyendo centros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

IV. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con el artículo 16.1 de su Estatuto de Autonomía, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

V. Que la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación viene impulsando y apoyando el fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras en los centros educativos de su ámbito de gestión. En este sentido, se ha considerado necesario incluir la ampliación de los recursos de los Centros mediante una mayor dotación de Auxiliares de Conversación en los mismos.

VI. Que para el curso 2008/2009 el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte dotará y financiará 14 Auxiliares de Conversación de francés, 14 de inglés y uno de alemán. Con el presente convenio, esa dotación se incrementará con 40 auxiliares de conversación, pudiendo aumentarse o disminuirse este número en los años sucesivos mediante nuevos convenios, acuerdan

Primero. Objeto del Convenio.–El presente Convenio tiene por objeto incrementar la dotación de Auxiliares de Conversación destinados en centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el curso 2008-09. Con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Ministerio seleccionará 40 auxiliares de conversación más, según el siguiente desglose: un máximo de 19 Auxiliares de Conversación de Inglés, 18 de francés, 2 de alemán y 1 de italiano, pudiendo aumentarse o disminuirse este número en los años sucesivos mediante nuevos convenios.

Segundo. Medidas de gestión.–A este fin, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte adoptará las medidas oportunas para seleccionar el número de Auxiliares de Conversación que precise la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los respectivos cursos.

Tercero. Régimen.–Los Auxiliares de Conversación que se incorporen a los centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se regirán por las mismas condiciones que aquellos gestionados directamente por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, y que figuran en la Orden/ ECI/ 1305, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (B.O.E. de 12/ 05/ 2005) o norma que la sustituya.

A este respecto, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia colaborarán en la organización del curso de acogida de los Auxiliares de Conversación destinados a sus centros educativos.

Cuarto. Financiación.–La financiación del gasto que supone el citado incremento de hasta un máximo de 19 Auxiliares de Conversación en lengua inglesa, 18 en lengua francesa, 2 en lengua alemana y 1de lengua italiana durante el curso 2008-2009 será asumida con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de los años 2008 y 2009, y cubrirá los siguientes conceptos:

Una ayuda mensual de 700,00 euros a cada auxiliar de conversación, lo que supone una cantidad total de 224.000, desde el 1 de octubre de 2008 hasta el 31 de mayo de 2009.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05.00.422C483.51, proyecto 38743, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de de la Región de Murcia para el año 2008 la cantidad de 84.000 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05.00.422C483.51, proyecto 38743, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de de la Región de Murcia para el año 2009 la cantidad de 140.000 euros

Una póliza de seguros de accidentes y responsabilidad civil a favor de los seleccionados, en tanto estén en el ejercicio de sus funciones, por un importe de 4.000

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte financiará os gastos correspondientes al curso de acogida al que se refiere el apartado anterior, tramitándose de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, y abonándose con los créditos asignados a la Secretaría General Técnica en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 (BOE 27/ 12/ 2007) con cargo a la aplicación 18.02.144A 480, hasta una cantidad máxima de 4.000 euros.

Quinto. Seguimiento.–Ambas partes convienen la constitución de una comisión mixta paritaria, a fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados del Convenio de Auxiliares de Conversación, así como su interpretación y cumplimiento. Dicha comisión estará compuesta por cuatro miembros, dos de los cuales serán designados por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y dos por la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia informará de la puesta en marcha de actuaciones en dicha Comunidad y proporcionará al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones económicas señaladas en la cláusula cuarta de este Convenio y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las clúsulas de este convenio.

Sexto. Legislación aplicable.–Cualesquiera cuestiones litigiosas a que pudiera dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del propio Convenio serán resueltas en vía contencioso-administrativa por los órganos competentes de dicha jurisdicción, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Séptimo. Vigencia y Resolución.–El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y será de aplicación hasta la extinción de los compromisos a los que se refiere el mismo.

Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del convenio:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

Y para que así conste, se firma en duplicado ejemplar, a 24 de septiembre de 2008.

Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Presidente de la Comunidad Autónoma de Murcia, Ramón Luis Valcárcel Siso.–Por Autorización, el Consejero de Educación Ciencia e Investigación, Juan Ramón Medina Precioso

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