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Documento BOE-A-2009-3119

Resolución de 3 de febrero de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se modifica la declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto a Baleares.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2009, páginas 19454 a 19455 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-3119

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes

La Resolución de la Secretaria General para la Prevención de la Calidad y el Cambio Climático por la que se adopta La Declaración de Impacto Ambiental (Boletín Oficial del Estado, número 111, de 5 de mayo de 2007) del proyecto Gasoducto a Baleares establecía entre sus condicionantes ambientales la necesidad de aumentar la altura de la chimenea de emisión de los gases en la estación de compresión de Denia. Se proponía un incremento de 15 a 20 m en dicha altura, a propuesta del entonces Instituto Nacional de Meteorología, con el fin de reducir la concentración de los gases, principalmente del NO2, y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a niveles de inmisión.

Solicitud de modificación y análisis ambiental.

Con fecha 23 de julio de 2008 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) solicitud del promotor del proyecto ENAGAS S.A. para que se anule la Condición de incremento de 15 a 20 metros en la altura de la chimenea de la estación de compresión de Denia y propone que se mantenga la altura de los 15 metros del proyecto informativo. El promotor aporta documentación en la que, se producen modificaciones en los procesos internos de la planta, reduciendo la concentración de los gases de emisión, de modo que, con estas menores concentraciones, es posible mantener la altura de la chimenea en los 15 metros propuestos inicialmente sin que exista ningún riesgo de sobrepasar los umbrales críticos de concentración en el medio receptor legalmente establecidos. El promotor expone además, que el incremento de altura implica problemas en la estructura portante del grupo turbocompresor.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental envía esta nueva información a la Agencia Estatal de Meteorología del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, a fin de que valide los datos técnicos expuestos y exprese opinión al respecto. El 03.01.2009 se recibe contestación de dicho organismo, que expresa su conformidad con la solicitud de anulación del condicionante, manifestando que con una altura de 15m se garantizarán los niveles de inmisión contemplados en la normativa vigente.

Resolución

En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, considerando la Propuesta de Modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, y vistas las modificaciones en los procesos internos de la planta de compresión que garantizan los niveles legales de concentración de gases, adopta la resolución de anular el condicionante ambiental de aumento a 20m de la chimenea de emisión de los gases en la estación de compresión de Denia, en el marco del proyecto «Gasoducto a Baleares», que fue contemplado en la Declaración de Impacto ambiental publicada en BOE, núm.111, de 5 de mayo de 2007.

Lo que se hace público y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 3 de febrero de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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