Visto el expediente de indulto de don José Manuel Lledó Soriano, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Elche, en sentencia de 14 de enero de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años y tres meses de prisión y multa de 2.500 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 2009,
Vengo en conmutar a don José Manuel Lledó Soriano la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid el 30 de enero de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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