Vacantes puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio,
Esta Secretaría de Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 b) de la Ley 30/84, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de Medidas de la Reforma de la Función Pública; en el artículo 23 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía, aprobado por RD 997/1989, de 28 de julio, y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por RD 364/1995, de 10 de marzo, ha dispuesto efectuar la convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.
La convocatoria, de acuerdo con el artículo 14, de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios, y se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:
1. Puestos de trabajo que se convocan.–Los que se relacionan en los anexo I de la presente Resolución.
2. Contenido de los puestos de trabajo.–Las funciones de estos puestos de trabajo son las determinadas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el RD 1484/87, de 4 de diciembre, en lo relativo a funciones, escalas y categorías del Cuerpo Nacional de Policía, y en las demás disposiciones estatutarias en vigor reguladoras de la materia, así como las que se desprenden de la Orden Ministerial de 1 de julio de 2005 por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, y específicamente las que de manera expresa se detallan en el anexo I adjunto.
3. Sistema de provisión.–Los puestos de trabajo se proveerán mediante el procedimiento de libre designación, conforme lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por RD 364/1995, de 10 de marzo; en las presentes bases y en las demás disposiciones aplicables reguladoras de la materia.
4. Requisitos de participación.–Podrán participar todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y funcionarios de la Administración del Estado, pertenecientes al Subgrupo A1, establecido en el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, salvo que se encuentren en situación de suspenso firme de funciones o en segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía, si los solicitantes pertenecen a este Cuerpo.
5. Presentacion de solicitudes.–Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, que se ajustarán al modelo publicado como Anexo II, se formularán en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se dirigirán a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Cuerpo Nacional de Policía) – División de Personal, calle Pío XII, número 50, Madrid, 28016; presentándolas en el Registro de la División de Personal o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los peticionarios podrán solicitar cuantos puestos de trabajo deseen, relacionándolos por orden de preferencia.
6. Acreditación de requisitos y alegación de méritos.–Los aspirantes, junto con su solicitud, adjuntarán la documentación acreditativa de ser licenciado en Medicina, y podrán acompañar su currículo personal, alegando los méritos que estimen oportunos relacionados con el puesto de trabajo.
Se valorará la experiencia acreditada en puestos de trabajo idénticos o similares a los convocados, así como en el desempeño de las funciones que se especifican en el Anexo I.
7. Adjudicaciones de destino.–Los puestos de trabajo se adjudicarán de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
No se admitirán renuncias a la participación en el presente concurso que hayan tenido entrada en el órgano correspondiente, con fecha igual o posterior a la firma de la Resolución que resuelve esta convocatoria.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario, y en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.
8. Resolución.–La convocatoria, asignando los puestos convocados, se resolverá por Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, en el plazo de un mes, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, pudiéndose prorrogar hasta un mes más; y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o supone reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Los Subsecretarios de los distintos Departamentos podrán diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, cuando se trate de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía será competente el Director General de la Policía.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, con las excepciones previstas en la normativa vigente.
9. Norma final.–Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero que la modifica; o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente, según lo dispuesto en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 20 de enero de 2009.–El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.
Código del puesto |
N.º de ptos. a cubrir |
Denominación y órgano |
Código y sede del puesto de trabajo |
Nivel |
Complemento específico |
Subgrupo de clasificación |
Funciones |
---|---|---|---|---|---|---|---|
18550 |
1 |
Jefe de Unidad Sanitaria. Jefatura Superior de Navarra |
P210A Pamplona. |
26 |
8.473,56 |
Subgrupo A1 |
Coordinación y supervisión de los servicios médicos en su ámbito territorial. Colaboración con el servicio sanitario central en la gestión, evaluación y control de los servicios médicos provinciales. Asistencia médica. Inspección médica (control de absentismo laboral, valoración de capacidad, informes de capacidad y/o pérdida de condiciones psicofísicas). Reconocimientos médicos. Realización de actividades de medicina preventiva y promoción de salud. Información, educación y formación sanitaria. Cooperación en todas aquellas actividades que en el CNP se realicen e impliquen la participación de los servicios sanitarios. |
18550 |
1 |
Jefe de Unidad Sanitaria. Jefatura Superior de Murcia |
R110A Murcia |
26 |
8.473,56 |
Subgrupo A1 |
Ídem. |
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