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Documento BOE-A-2009-4221

Resolución 452/38042/2009, de 5 de marzo, de la Subsecretaría, que modifica la Resolución 452/38005/2009, de 20 de enero, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y marinería.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2009, páginas 25104 a 25105 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2009-4221

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo, que modifica la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros militares de formación (BOE número 55, de 5 de marzo de 2009), y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 10 del Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa (BOE número 166, de 10 de julio de 2008), dispongo:

Apartado único.–Modificación de la Resolución 452/38005/2009, de 20 de enero, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y marinería.

El apéndice 3 del anexo I de la Resolución 452/38005/2009, de 20 de enero, queda modificado como sigue:

Uno. El punto 3 del apartado A) queda redactado del siguiente modo:

«3. Alteraciones de la tensión arterial.

Tensión arterial normal alta e hipertensión. Se valorará sin medicación y si fuera necesario se repetirá en ayunas y tras reposo horizontal de diez minutos.

La tensión arterial se valorará según el siguiente cuadro:

Categoría

Sistólica (mmHg)

Diastólica (mmHg)

Normotensión o hipertensión controlada

Óptima ……………………………………..

Normal ……………………………………..

121 - 129

81 - 84

Normal alta ………………………………..

130 - 139

85 - 89

Hipertensión

Grado 1 …………………………………….

140 - 159

90 - 99

Grado 2 …………………………………….

160 - 179

100 - 109

Grado 3 …………………………………….

180 o más

110 o más»

Dos. Se añade un nuevo punto 11 al apartado D), con la siguiente redacción:

«11. Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.»

Tres. El apartado J) queda redactado del siguiente modo:

«J. Aparato urogenital

1. Afecciones o modificaciones congénitas o adquiridas que puedan alterar el normal ejercicio de la profesión militar.

2. Nefropatías y cistopatías.

3. Ausencia anatómica o funcional de un riñón.

4. Litiasis.

5. Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.

6. Alteraciones analíticas de la orina, aunque no correspondan a una entidad patológica objetivable.

7. Orquitis y orquiepididimitis.

8. Hidrocele y varicocele esencial significativo.

9. Prolapsos genitales.

10. Infecciones genitales.

11. Endometriosis incapacitante.

12. Hipertrofia gigante de mama y otra patología mamaria incompatible con el servicio.

13. Varicosidades genitales significativas.

14. Fístulas rectovaginales y rectovesicales.»

Cuatro. Queda suprimido el apartado K), Ginecología, del apéndice.

Cinco. El apartado L), Sangre y órganos hematopoyéticos, del apéndice, con sus contenidos, pasa a denominarse apartado K) Sangre y órganos hematopoyéticos.

Madrid, 5 de marzo de 2009.–La Subsecretaria de Defensa, María Victoria San José Villacé.

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