Visto el expediente de indulto de don Ángel Barahona Caballero, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de San Sebastián, en sentencia de 8 de julio de 1998, como autor de un delito de robo con fuerza, a la pena de un año y un día de prisión, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,
Vengo en indultar a don Ángel Barahona Caballero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años.
Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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