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Documento BOE-A-2009-7190

Resolución de 15 de abril de 2009, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves, impuestas a Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones S.A., a don Lorenzo Mendoza Sánchez, a doña Pilar García Moriñigo y a doña Francisca Mendoza Sánchez.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 29 de abril de 2009, páginas 37924 a 37925 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2009-7190

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de mayo de 2006, el Secretario de Estado de Economía, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 25 de mayo de 2005, a Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones S.A., a D. Lorenzo Mendoza Sánchez, presidente del consejo de administración y consejero delegado; a Dª Pilar García Moriñigo y a D.ª Francisca Mendoza Sánchez, miembros del consejo de administración, y habiendo adquirido firmeza en virtud de sentencia de fecha 5 de mayo de 2008, de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por la comisión de infracciones muy graves, impuestas en dicha Orden Ministerial, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

I. Imponer a la entidad Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones, S.A. con número de CIF. A-37344546, las siguientes sanciones:

La sanción de multa por importe de 20.000 euros (veinte mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).4a de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa a la resistencia, negativa u obstrucción a la labor inspectora encomendada al Banco de España.

La sanción de multa por importe de 6.000 euros (seis mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia del capital mínimo exigido en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.

La sanción de multa por importe de 6.000 euros (seis mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a). 1ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia de la cobertura del seguro de responsabilidad civil exigido en el artículo 3.1.f del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

II. Imponer a D. Lorenzo Mendoza Sánchez, con NIF. n.º 007.766.286-Z, en su condición de presidente y consejero delegado de Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones, S.A., cada una de las siguientes sanciones:

Las sanciones de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o tasadora por un plazo de cuatro años y multa por importe de 9.000 euros (nueve mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).4a de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa a la resistencia, negativa u obstrucción a la labor inspectora encomendada al Banco de España.

La sanción de multa por importe de 3.500 euros (tres mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).la de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia del capital mínimo exigido en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

La sanción de multa por importe de 3.500 euros (tres mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).la de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia de la cobertura del seguro de responsabilidad civil exigido en el artículo 3.1.f) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

III. Imponer a D.ª Pilar García Moriñigo, con NIF. n.º 007.820.744-P, en su condición de miembro del consejo de administración de Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones, S.A., cada una de las siguientes sanciones:

Las sanciones de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o tasadora por un plazo de tres años y multa por importe de 7.000 euros (siete mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).4a de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa a la resistencia, negativa u obstrucción a la labor inspectora encomendada al Banco de España.

La sanción de multa por importe de 2.500 euros (dos mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a). 1ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia del capital mínimo exigido en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

La sanción de multa por importe de 2.500 euros (dos mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).la de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia de la cobertura del seguro de responsabilidad civil exigido en el artículo 3.1.f del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

IV. Imponer a D.ª Francisca Mendoza Sánchez, con NIF. n.º 007.755.950-M, en su condición de miembro del consejo de administración de Compañía Castellano Leonesa de Tasaciones, SA., cada una de las siguientes sanciones:

Las sanciones de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o tasadora por un plazo de un año y multa por importe de 4.000 euros (cuatro mil euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).4a de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa a la resistencia, negativa u obstrucción a la labor inspectora encomendada al Banco de España.

La sanción de multa por importe de 2.500 euros (dos mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a). 1ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia del capital mínimo exigido en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

La sanción de multa por importe de 2.500 euros (dos mil quinientos euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a) 1ª. de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia de la cobertura del seguro de responsabilidad civil exigido en el artículo 3.1.f del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 15 de abril de 2009.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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