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Documento BOE-A-2009-8231

Resolución de 29 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acta en la que se contiene el acuerdo sobre congelación salarial y reducción que afecta al plus de transporte del Convenio colectivo de Galeserga, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 16 de mayo de 2009, páginas 41841 a 41842 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-8231
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/04/29/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo sobre congelación salarial y reducción que afecta al plus de transporte del Convenio Colectivo de la empresa Galeserga, S. L. (publicado en el «BOE» de 7 de junio de 2003) (código de Convenio n.º 9014502), que fue suscrito con fecha 26 de febrero de 2009 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el Comité de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN

Reunión celebrada el día 26 de febrero de 2009, en las instalaciones de la Empresa Galeserga, S. L., sitas en el polígono industrial de A Granxa, Calle-C, nave 203, de O Porriño, Pontevedra.

Partes asistentes:

Por la Empresa: Don Pedro Hervás Pretel, Director General.

Por la Representación de los trabajadores: Presidente del Comité de Empresa, don Salvador Fernandez Muiños; miembros del Comité de Empresa, doña Enma Pino Alonso y don José Román Martín.

El asunto a tratar es: Propuesta de Congelación salarial de un porcentaje del Plus de Transporte, por la grave crisis que se padece en todos los sectores.

Se comienza la reunión a las 11.30 horas de la mañana del día 26 de febrero de 2009, en las dependencias al efecto de la empresa.

Por parte de la Dirección: se hace una exposición de la situación actual de la Empresa, en la que se informa que por parte de todos los clientes actuales de la Empresa, ninguno ha aceptado la subida del IPC que la Empresa les ha planteado, manifestando en algunos casos de que de producirse se verían obligados por la necesidad de reducir sus gastos, a cancelar los actuales contratos con la Empresa.

Ante la situación de grave crisis económica y financiera que se está sufriendo en toda España, y con el único propósito de mantener los puestos de trabajo actuales y como única salida para poder seguir manteniendo los actuales contratos con los clientes, la empresa tiene la necesidad de reducir los salarios hasta el mes de diciembre de 2009, dependiendo claro está de cómo se desarrolle esta crisis, si la situación cambiase a favor antes de esta fecha, lógicamente la empresa comenzaría a pagar el salario correspondiente.

La cantidad a reducir por cada trabajador afecta al plus de transporte, que actualmente está en 88,37 euros, se va ha aplicar un 10 por ciento de reducción y trabajador, lo que sería una cantidad resultante a aplicar de 8,83 €/mes.

Los demás conceptos y cantidades de la nómina permanecerán inalterables.

Por parte de las sección sindical: se exige a la empresa que en el momento en que la situación general mejore, se aplique el convenio tal y como está recogido y se quede sin efecto la aplicación de esta reducción, y que estarán muy vigilantes de esta circunstancia, que efectivamente son conscientes que lo importante es salvar y mantener los puestos actuales de trabajo, y que dada la situación actual de crisis general en España, todos tenemos que hacer un esfuerzo y tirar juntos hacia una misma dirección.

Así mismo, se manifiesta que de esta acta se deberá entregar copia ante la Autoridad Laboral Competente, para que se dé curso a la misma y se autorice por esa Autoridad Laboral, lo que aquí se ha acordado entre la Representación Sindical de los Trabajadores y la Empresa.

No teniendo nada más que manifestar, se da por finalizada la reunión, entre la Patronal y El Comité de Empresa, a las 13.20 horas del día 26 de febrero de 2009.–La Empresa.– El Comité de Empresa.

 
 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/04/2009
  • Fecha de publicación: 16/05/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de mayo de 2003 (Ref. BOE-A-2003-11561).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Seguridad privada

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