Visto el expediente de indulto de doña Eugenia Cabrera López, condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección tercera, en sentencia de 14 de diciembre de 2006, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 3.300 euros e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 2009,
Vengo en conmutar a doña Eugenia Cabrera López la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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