Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-9015

Resolución de 30 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Trabajos de prevención contra invasión del mejillón cebra (Dreissena Polymorpha) en la cuenca del Guadiana.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2009, páginas 45596 a 45603 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-9015

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Trabajos de prevención contra la invasión del mejillón cebra (Dreissena Polymorpha) en la cuenca del Guadiana se encuentra en este supuesto por poder afectar al lugar Natura 2000 zona de especial protección para aves (ZEPA) lugar de interés comunitario,(LIC) embalse de Orellana y Sierra de Pela y la zona de especial protección para aves (ZEPA) y lugar de interés comunitario(LIC) Puerto Peña-Los Golondrinos.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

Con objeto de prevenir la extensión del mejillón cebra, cuyo vector más importante de dispersión son las embarcaciones, se plantea el citado proyecto que consiste en la construcción de dos estaciones de lavado fijas emplazadas en los embalses de Orellana y de García de Sola, y una tercera móvil.

El mejillón cebra se identificó en la cuenca del Ebro en el año 2001. Desde entonces ha colonizado casi la totalidad de esta cuenca, además de otras cuencas próximas como la del Júcar y la del Segura. La intrusión de esta especie en nuevos ecosistemas provoca una serie de daños ambientales y económicos como:

Daños a las comunidades acuáticas, amenaza la supervivencia de especies autóctonas protegidas o no.

Disminuye de forma importante el fitoplancton presente en el agua con lo que disminuye el nivel de oxígeno.

Modifica el ciclo del fósforo e incrementa los niveles de materia orgánica en los lechos acuáticos.

Reducción de la pesca y daños en embarcaciones, embarcaderos, tuberías, depósitos, bombas, turbinas, motores,...

Coloniza tuberías y conducciones de agua, reduciendo y obstruyendo el flujo a través de éstas, poniendo en riesgo, con ello, el abastecimiento de explotaciones agropecuarias, industrias y núcleos de población.

El vector más importante de dispersión de la especie son las embarcaciones. Además, sus larvas pueden viajar en lastres y otros materiales contaminados como aparejos de pesca, botas, cebos. También pueden transportarse en plantas y otros animales como cangrejos de río, galápagos, etc.

Ante el grave riesgo de traslado de sus larvas, principalmente por medio de embarcaciones de recreo para la pesca deportiva, se plantea la necesidad de limpiar las embarcaciones antes de introducirlas en las aguas la cuenca hidrográfica del Guadiana.

Para ello se proyecta construir dos estaciones de lavado fijas en los embalses de Orellana y García de Sola, dotadas con los medios necesarios para realizar una desinfección completa de embarcaciones, de equipos de pesca y de todo aquello que haya podido estar en contacto con aguas contaminadas por este molusco. Por otro lado, se dispondrá de una estación de lavado móvil para atender aquellos desplazamientos dentro de la cuenca, en los que sea necesario realizar labores de desinfectación.

El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha de 4 de diciembre de 2008 la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha de 29 de enero de 2009, y en virtud del artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 1/2008, se inicia el periodo de consultas remitiendo copia del citado proyecto a la Dirección General de Medio Natural de La Junta de Extremadura a fin de que se pronuncie, de acuerdo a su competencia, sobre si el citado proyecto puede afectar directa o indirectamente a la Red Natura.

Con fecha de 3 de marzo se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental escrito de la Confederación Hidrográfica del Guadiana donde se adjunta informe de la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura según el cual, y de acuerdo a las Ley 8/1998, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, no es probable que dicho proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000 siempre que se cumplan las siguientes medidas correctoras:

Minimización del movimiento de tierras.

Integración paisajística de las edificaciones y restauración vegetal del área afectada con especies autóctonas de la zona.

Impermeabilización del compartimiento de depósito de las aguas residuales, que no podrán ser vertidas a cauce.

Comunicación del comienzo de las actuaciones al agente de medio natural de la Junta de Extremadura.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana ha aceptado expresa e íntegramente dichas condiciones según acredita su documentación de fecha de 3 de marzo de 2009, y que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando la respuesta recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto. El proyecto consiste en la ejecución de dos estaciones de lavado fijas y una tercera móvil.

Las estaciones de lavado fija se equiparán con todas las instalaciones necesarias para garantizar una desinfección de las embarcaciones y demás accesorios. Constan de los siguientes elementos:

Plataforma de lavado: consiste en una losa de hormigón dotada con un sistema de recogida de aguas que, mediante una canaleta rectangular transversal central, vierte a una arqueta de recogida. Como paso previo a la instalación de la plataforma de lavado se realizarán las tareas de limpieza, saneo, nivelación, excavación y elevación que sean necesarias en el terreno con objeto de tener una superficie llana que sirva de cimentación para implantar la losa de hormigón. Además, se construirá una cuneta reforzada con hormigón para dar salida a las aguas pluviales y evitar encharcamientos en la plataforma de lavado. Por otro lado, se llevará a cabo la construcción de un badén inundable en la zona de vaguada situada en las proximidades de dicha plataforma.

Centro de lavado: Está compuesto por un contenedor compacto de alta presión con dos pistas en las cuales simultáneamente se procederá a la limpieza y desinfección de las embarcaciones y los coches que las transportan. La obra civil de acondicionamiento requerirá de los siguientes elementos e instalaciones auxiliares: local técnico, depósito de agua (2000 l), caldera, cuadro técnico, bomba de alta presión, dosificadores de reactivos, construcción de desagües y sistema de depuración de aguas residuales, acometidas de agua y electricidad para las conexiones de la maquinaria, caseta de almacén y cartelería.

La duración total prevista de las obras será de doce meses desde su inicio.

Ubicación del proyecto. El proyecto se desarrolla en los términos municipales de Orellana La Vieja y Valdecaballeros (Badajoz). Dentro del ámbito de actuación del proyecto se encuentran los Lugares Natura 2000 LIC /ZEPA ES000068 embalse de Orellana y Sierra de Pela, y LIC/ZEPA ES 4310009 Puerto Peña-Los Golondrinos.

El hábitat predominante del LIC/ ZEPA embalse de Orellana y Sierra de Pela son las subestepas de gramíneas anuales y las dehesas de quercíneas. Sin embargo resultan de mayor valor ambiental los retamares y matorrales mediterráneos por su menor presencia en la región. La zona de actuación sólo afectaría al hábitat 6310 Dehesas de Quercus suber y/o Quercus ilex. Corresponde el hábitat a un encinar acidófilo luso-extremadurense con peral silvestre (Pyrus bourgaeana). Este encinar silicícola y sus etapas de sustitución son los más ampliamente distribuidos en Extremadura (Fregenal de la Sierra, Valle de la Serena, Cáceres,) e incluye numerosas subdivisiones según las especies acompañantes. En relación al hábitat que corresponde con la zona de actuación, 6310 Dehesas de Quercus suber y/o Quercus ilex, no se produciría tal afección debido a que esta zona carece de este tipo de vegetación. La zona donde se proyecta la estación de lavado es un área muy próxima a la orla del embalse, muy antropizada y que ha sido repoblada con eucaliptos, por lo que dicho hábitat ha desaparecido de este lugar.

Este lugar Natura destaca por ser uno de los dos únicos espacios extremeños que acoge al taxón prioritario Lyhtrum flexuosum. Igualmente existen importantes poblaciones de peces como Chondostroma polylepis y Tropidophoxinellus alburnoides, así como de Mauremys leprosa. Dentro de los taxones de fauna destaca la nutria (Lutra lutra), el galápago leproso (Mauremys leprosa), y el invertebrado Euphydryas aurinia. Respecto a la ictiofauna, se encuentran inventariadas la boga de río (Chondostroma polylepis), el calandino (Rutilus alburnoides), el barbo comizo (Barbus comiza) y la colmilleja (Cobitis taenia). Sin embargo el grupo faunístico mejor representado en este espacio es el de la avifauna, entre las que merecen una mención especial las especies larolimícolas abundantes en paso migratorio como como la canastera (Glareola pratincola), el charrancito (Sterna albifrons), el chorlitejo chico (Charadrius dubius), el fumarel común (Chlidonias Níger) y fumarel cariblanco (Chlidonias hybridus), así como un gran número de anátidas como el pato colorado (Netta rufina), porrón moñudo (Aythya fuligula), pato cuchara (Anas clypeata), ánade silbón (Anas penelope), ánade rabudo (Anas acuta) y cormorán grande (Phalacrocórax carbo).

El LIC/ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos es un espacio de una gran riqueza tanto a nivel de hábitats como de taxones. Entre los primeros destacan los retamares y matorrales mediterráneos.

No existen hábitats objeto de protección del lugar coincidentes con la zona de actuación. Dicha zona esta constituida por una franja de eucaliptos (Eucaliptus camaldulensis) de repoblación a la que le sigue una vegetación climatófila de interés ambiental. Entre las especies presentes se encuentran la encina (Quercus rotundifolia), la jara pringosa (Cistus ladanifer), majuelo (Crataegus monogyna), alcornoque (Quercus suber) y zarzas (Rubus ulmifolius).

Respecto a los taxones de mayor representación del lugar destacan los ligados al medio acuático, Mauremys leprosa y diversos peces (Chondrostoma polylepis, Rutilus alburnoides, etc). Es muy importante asimismo la población de Lutra lutra. Este espacio destaca especialmente por la alta representabilidad de quirópteros de los géneros Rhinolopus, Myotis y Miniopterus. Es un refugio de importancia internacional al presentar una de las mayores colonias reproductoras de la península ibérica de Rhinolophus mehelyi y Myotis emarginata. El grupo faunístico mejor representado, al igual que en el anterior emplazamiento, es el de la avifauna, destacando especies como la cigüeña negra (Ciconia nigra), halcón peregrino (Falco peregrinus), cernícalo primilla (Falco naumanni), milano real (Milvus milvus), águila calzada (Hieraaetus pennatus), águila real (Aquila chrysaetos), buitre leonado (Gyps fulvus), búho real (Bubo bubo), collalba negra (Oenanthe leucura) y la curruca rabilarga (Sylvia undata).

Características del potencial impacto. Los impactos principales del proyecto se producirán durante la fase de obras y derivarán de las molestias ocasionadas a la fauna como consecuencia del tránsito de maquinaria, y construcción de infraestructuras. La ocupación de ambas plataformas suman un total de 750 m2. La correspondiente al embalse de Orellana ocupará una superficie de 500 m2, mientras que la del embalse de García de Sola albergará unos 250 m2. Todas las operaciones de obra se efectuarán dentro de las franjas ocupadas por los caminos existentes en cada emplazamiento y no será necesario disponer de nuevos terrenos.

Se incrementará el riesgo de contaminación del suelo y de los cauces durante la fase de obras por posible contaminación de los vertidos procedentes de la maquinaria. También se producirá compactación del suelo a causa del tránsito de maquinaria y pérdidas del mismo por movimientos de tierra. Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las medidas necesarias para evitar procesos erosivos en posibles taludes o explanaciones.

Los residuos producidos durante la fase de construcción son los vertidos de aceites y combustibles procedentes de la actividad de la maquinaria. También se deben considerar como residuos los excedentes de materiales (disolventes, esmaltes, decapantes, cementos, etc.) que se van a utilizar en el transcurso de las obras. Los residuos procedentes de la eliminación de vegetación serán tratados mediante quema, ajustándose en cada momento al Plan Infoex. Los escombros, embalajes o envases serán trasladados a un vertedero autorizado. Durante la fase de explotación se generarán aguas residuales que serán tratadas con una depuradora. Si se encontrasen ejemplares de mejillón cebra se llevarían a vertederos previo tratamiento de desinfección.

Afección a la Red Natura. En el embalse de Orellana, no se producirá afección a ninguno de los hábitats objeto de protección del lugar. Aunque está inventariado el hábitat 6310 Dehesas de Quercus suber y/o Quercus ilex en realidad se trata de una zona muy antropizada y que ha sido repoblada con eucaliptos.

Respecto a la fauna, las afecciones se producirán básicamente en el periodo de obras, consecuencia de posibles molestias derivadas de la presencia y actividad de la maquinaria. Se incrementará el riesgo de vertidos accidentales, con el consiguiente empeoramiento de la calidad de las aguas, y de atropellos de algunas especies, principalmente anfibios, a causa de la circulación de los vehículos.

Para minimizar estos impactos, se tomarán una serie de medidas correctoras tales como:

Temporalización de las obras durante las épocas de cría de las diferentes especies presentes, que comprenderá desde marzo a finales de julio.

No se realizarán trabajos nocturnos con profusión de luces y emisión de ruidos.

Se realizarán controles periódicos de la maquinaria para evitar ruidos. Se controlará la velocidad de los vehículos para evitar el riesgo de posibles atropellos.

Jalonamiento estricto de la superficie de ocupación, antes del comienzo de las obras.

No se prevén afecciones graves a ninguno de los hábitats ni taxones citados en la zona de actuación debido a la naturaleza y localización puntual de la actuaciones, salvo las posibles molestias que existan durante el tiempo que duren los trabajos y que se paliarán respetando las medidas correctoras propuestas

En el embalse de García de Sola no hay ningún hábitat objeto de protección que coincida con la zona de actuación, por lo que no existe posibilidad de alteración de ninguno de ellos. Aunque no se llegue a afectar a ningún hábitat, se minimizará la afección de las formaciones vegetales autóctonas, para ello se procederá al jalonamiento estricto de la superficie de ocupación, antes del comienzo de las obras

Respecto a la fauna, las diferentes especies podrían verse afectados por la presencia de maquinaria pesada en las inmediaciones del embalse de García de Sola. No obstante la las medidas preventivas y correctoras citadas antes para el embalse de Orellana se desarrollarán también en esta localización minimizando el impacto durante la fase de obras. En este caso el periodo de cría que se respetará abarca desde enero a julio y como en el caso anterior no se prevé afección grave a ninguno de los taxones citados en la zona de actuación.

Afección sobre la vegetación, la flora y la fauna. El proyecto provocará la eliminación de aquella vegetación, que por encontrarse en el lugar de las obras, no fuese posible respetar. En el embalse de Orellana la zona afectada es un área yerma, sin vegetación de interés. En el embalse de García de Sola como paso previo a la construcción de la plataforma será necesario la eliminación de 50 pies de eucalipto.

Para minimizar el impacto sobre la vegetación, el desbroce y despeje se realizará solo en aquellas zonas donde sea estrictamente necesario, es decir, respetando aquellas especies de mayor valor e interés, además de aquellas especies que se encuentren en buen estado y/o incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de Marzo). Además, solo se eliminará aquella vegetación de carácter invasor que se encuentre en el lugar de actuación o dificulte la realización de las obras.

Sobre la fauna, como se ha señalado en el apartado anterior, se incidirá de manera negativa durante la fase de construcción, debido a las molestias ocasionadas por la actividad de la maquinaria, que se derivará en ruidos, emisión de contaminantes atmosféricos, etc. Para minimizar el impacto se desarrollarán las medidas preventivas y correctoras propuestas en el apartado anterior, es decir: delimitación de las obras, e instalaciones auxiliares; minimización de ruidos; control de gases y de polvo; adaptación del calendario de obras a los periodos vitales de las especies afectadas, etc. Asimismo se evitará la destrucción de nidos, madrigueras y lugares de refugio que se puedan encontrar anexos. Por último, si se detectase la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura se podrá determinar la paralización de las actuaciones en la fecha y durante el tiempo que fuera necesario.

Por último hay que destacar que el objetivo del proyecto será beneficioso para los ecosistemas acuáticos al prevenir la introducción del mejillón cebra y evitar el deterioro de la calidad de las aguas.

Afección sobre el paisaje. Las afecciones sobre el paisaje consistirán durante el periodo de obras en la alteración temporal por la presencia de maquinaria. Al mismo tiempo se introducirá una nueva infraestructura como es la estación de lavado, que aumentará el impacto visual, ya que se situará muy próxima al nivel de máxima cota de almacenamiento de agua aunque en ambos emplazamientos el paisaje ya esta antropizado por la presencia de otras edificaciones o de instalaciones de recreo. Para evitar el impacto paisajístico se concentrarán las instalaciones dentro del mismo recinto ubicado en un área degradada, y al finalizar las obras se procederá a su recuperación, llevando a cabo una restitución morfológica, cuidando el drenaje y revegetando todas aquellas zonas alteradas por la ejecución de los trabajos.

Afección sobre la población humana y los bienes materiales. El proyecto incide de forma positiva sobre la población humana debido a que toma medidas preventivas frente al mejillón cebra, especie invasora que degrada el estado ecológico de las masas de agua limitando su uso y su disfrute. Por último, se prevé un efecto positivo sobre los bienes materiales, ya que debido a la toma de estas medidas preventivas, se minimizarán los riesgos por posibles pérdidas económicas causadas por la colonización de este molusco sobre infraestructuras como los colectores, tuberías, embarcaciones, etc.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 30 de abril de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid