En la cuestión de ilegalidad n.º 4/2008, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 2 de abril de 2009, que contiene el siguiente fallo:
Se desestima la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 3 de junio de 2008 (recurso contencioso-administrativo 840/02) en relación con lo dispuesto en el artículo 332 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. No se hace imposición de las costas procesales.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Presidente: Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López; Magistrados: Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Valverde; Excmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas; Excma. Sra. D.ª María del Pilar Teso Gamella.
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