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Documento BOE-A-2010-10271

Resolución de 18 de junio de 2010, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2010, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 2010, páginas 56730 a 56730 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2010-10271

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y en el artículo 61 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2010 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión

Fecha
subasta

Tipo de interés efectivo equivalente
al precio medio ponderado redondeado (%)

Bonos del Estado a 3 años al 2,50%, vto. 31.10.2013

10.06.2010

3,317

Bonos del Estado a 5 años al 3,0%, vto. 30.04.2015

06.05.2010

3,532

Obligaciones del Estado a 10 años al 4,0%, vto. 30.04.2020

17.06.2010

4,864

Obligaciones del Estado a 15 años al 4,65%, vto. 30.07.2025

22.04.2010

4,434

Obligaciones del Estado a 30 años al 4,70%, vto. 30.07.2041

17.06.2010

5,908

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 61 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2010 son el 2,654 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,826 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 3,891 por 100 para el plazo de diez años, el 3,547 por 100 para el plazo de quince años y el 4,726 para el de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 18 de junio de 2010.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.

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