Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-1038

Orden JUS/55/2010, de 19 de enero, de corrección de errores de la Orden JUS/3636/2009, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2010, páginas 6765 a 6766 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-1038

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto de la Orden JUS/3636/2009, de 28 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 9 de 11 de enero de 2010, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, se transcribe a continuación la rectificación oportuna.

En la Base 1 punto 1.2 de la convocatoria, donde dice:

«La distribución por turnos de acceso de las 290 plazas convocadas es la siguiente: para el acceso libre 145 plazas, de las cuales 10 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad. Para el acceso por promoción interna: 145 plazas, de las cuales 10 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad.

Las plazas reservadas en promoción interna para personas con discapacidad que queden desiertas, se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna.

Las plazas convocadas para el sistema general de promoción interna que queden vacantes, se acumularán a las de acceso libre, sistema general, antes de la realización del curso de prácticas.

En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas, no se podrán acumular al turno general, acumulándose al cupo del 5 por ciento de la Oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.»

Debe decir:

«La distribución por turnos de acceso de las 290 plazas convocadas es la siguiente: para el acceso libre 145 plazas, de las cuales 10 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad, tres de ellas para personas con discapacidad intelectual. Para el acceso por promoción interna: 145 plazas, de las cuales 10 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad, tres de ellas para personas con discapacidad intelectual.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad intelectual se acumularán a las de cupo de reserva para personas con discapacidad y éstas a las de acceso general por promoción interna.

Las plazas convocadas para el sistema general de promoción interna que queden vacantes, se acumularán a las de acceso libre, sistema general, antes de la realización del curso de prácticas.

En el turno libre, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad intelectual no se acumularán a las de reserva para personas con discapacidad, ni éstas a las de acceso general, acumulándose al cupo del 5 por ciento de la Oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.»

En la Base 1 punto 1.3 de la convocatoria, donde dice:

«Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos: turno libre o promoción interna.»

Debe decir:

«En cualquiera de los sistemas de acceso, los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad intelectual no podrán participar por el resto de plazas reservadas para personas con discapacidad. Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos: turno libre o promoción interna.»

En la Base 3 punto 3.1 de la convocatoria se añade un tercer párrafo, que dice lo siguiente:

«Los aspirantes con discapacidad intelectual harán constar esta circunstancia en la casilla n.º 22 de la solicitud. Cualquier aspirante con discapacidad que precise adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, deberán indicarlo igualmente en la casilla n.º 22, especificando las adaptaciones necesarias.»

En la Base 6 de la convocatoria se debe añadir el punto 6.9:

«6.9 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad intelectual que se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes y en su caso la fase de concurso, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del cupo de reserva para personas con discapacidad, será incluido por su orden de puntuación en este cupo. Del mismo modo, se procederá respecto de los aspirantes del cupo de reserva para personas con discapacidad, en relación con los del turno general, que en este supuesto, serán incluidos por su orden de puntuación en este último.»

En el Anexo I, punto 1-1-2 de la convocatoria, donde dice:

«Segundo ejercicio. De carácter teórico, oral y eliminatorio. Consistirá en desarrollar oralmente ante el Tribunal cuatro temas entre siete extraídos a la suerte de las materias de la segunda parte del temario, según el detalle siguiente: Un tema de dos extraídos entre los de Derecho Civil; dos temas de tres extraídos entre los de Organización Judicial y Derecho Procesal Civil; y un tema extraído entre los de Derecho Procesal Penal.»

Debe decir:

«Segundo ejercicio. De carácter teórico, oral y eliminatorio. Consistirá en desarrollar oralmente ante el Tribunal cuatro temas entre seis extraídos a la suerte de las materias de la segunda parte del temario, según el detalle siguiente: Un tema de dos extraídos entre los de Derecho Civil; dos temas de tres extraídos entre los de Organización Judicial y Derecho Procesal Civil; y un tema extraído entre los de Derecho Procesal Penal.»

Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas selectivas hasta el día 8 de febrero de 2010.

Madrid, 19 de enero de 2010.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid