Visto el error material observado en la publicación del edicto número 8780 («BOE» número 133, de 1 de junio de 2010), relativo a la incoación del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor del núcleo de Sineu, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 105, 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se acuerda corregir la mencionada publicación en los siguientes términos:
Donde dice:
«En la reunión del pasado 15 de septiembre de 2008, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, sobre el expediente de referencia acordó lo siguiente.»
Ha de decir:
«En la reunión del pasado 23 de abril de 2010, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, sobre el expediente de referencia acordó lo siguiente.»
Palma, 17 de junio de 2010.—La Presidenta del Consell de Mallorca, P. D. (Decreto de 3 de agosto de 2007), el Secretario Delegado de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, Miquel Barceló Llompart.
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