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Documento BOE-A-2010-1148

Orden EDU/3706/2009, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/2933/2009, de 23 de octubre, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores y de estudiantes en enseñanzas de doctorado para el curso académico 2009-2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2010, páginas 7070 a 7070 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-1148

TEXTO ORIGINAL

Las ayudas para favorecer la movilidad de profesores y de estudiantes en enseñanzas de doctorado para el curso académico 2009-2010, se convocaron por Orden EDU/2933/2009, de 23 de octubre, publicada en el Boletín oficial del Estado de 2 de noviembre de 2009.

La convocatoria de estancias de movilidad de profesores en las dos modalidades convocadas, programas de doctorado de calidad y participación en tribunales para obtención de la Mención Europea en el título de doctor, estableció el plazo de diez días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de solicitudes.

El elevado número de solicitudes presentadas a la convocatoria y la instrucción de los expedientes, proceso de revisión y de subsanación de la documentación y posterior evaluación y propuesta por la Comisión de Selección, hace imposible que pueda realizarse dentro de un plazo que permita resolver el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva dentro del ejercicio 2009 como estaba previsto, si bien su conclusión no alterará al plazo máximo de resolución de seis meses previsto en el artículo 12 de la misma.

Por otra parte, la convocatoria recoge en sus artículos 13 y 20 que el importe correspondiente a las subvenciones de estancias de movilidad de profesores se abonará con cargo al ejercicio 2009, con una estimación de gasto máximo para dicho ejercicio de 3.708.000,00 euros.

De acuerdo con lo anterior, se hace necesario modificar la imputación del gasto previsto para 2009 y trasladarlo al ejercicio 2010, manteniendo en todo caso el gasto máximo previsto en la convocatoria.

Es por ello que en el uso de sus atribuciones, este Ministerio ha resuelto modificar el artículo 20 de la convocatoria que queda redactado de la forma siguiente:

«Artículo 20. Financiación.

La financiación de las subvenciones de movilidad se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781, de los Presupuestos Generales del Estado de 2010, por un gasto máximo de 6.610.500 euros.»

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de diciembre de 2009.—El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

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