De conformidad con lo establecido en los artículos 6, apartado h), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros representantes de la Administración Educativa del Estado, designados por el Ministro de Educación, que comprenderá la de los Consejeros titulares y Consejeros sustitutos, de acuerdo con lo que al respecto regula el artículo 8, apartado 2, del citado Real Decreto.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1.b), del referido Real Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del Consejo cuando dejen de concurrir los requisitos que determinaron su designación.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, he dispuesto:
Primero.–El cese de don Marcelino García Cuerpo como Consejero sustituto del Consejo Escolar del Estado, por el grupo de representantes de la Administración Educativa del Estado, agradeciéndole los servicios prestados.
Segundo.–El nombramiento de doña Irune Arratibel Irulegui como Consejera sustituta del Consejo Escolar del Estado, por el grupo de representantes de la Administración Educativa del Estado, de forma correlativa al cese reseñado en el apartado anterior.
Tercero.–El mandato de la Consejera nombrada por la presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la que habría de cesar el Consejero en cuyo lugar se le nombra, según lo previsto en los artículos 7.2 y 10.1 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
Madrid, 13 de enero de 2010.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.
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