Contingut no disponible en valencià
Visto el expediente de indulto de don José Manuel Huerta Fernández, condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia de 26 de julio de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de quince años de prisión y multa de 18.000.000 de euros, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de julio de 2010,
Vengo en indultar a don José Manuel Huerta Fernández la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de doce años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de julio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid