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Documento BOE-A-2010-13039

Resolución de 23 de marzo de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Industria, por la que se amplía la autorización de Control Industrial, Métodos y Ensayos, SL, como organismo de control autorizado.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 11 de agosto de 2010, páginas 71524 a 71525 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2010-13039

TEXTO ORIGINAL

Examinado el escrito presentado por don Luis Seco Novo, en calidad de representante de Control Industrial, Métodos y Ensayos, SL, con C.I.F. B27334226 y con domicilio social en Carril das Hortas, 30, Entlo. B, de Lugo, mediante el que solicita ampliación de la autorización como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el campo reglamentario de Instalaciones Aparatos elevadores (Ascensores), resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.–Según el certificado n.º OC-I/074, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), Control Industrial, Métodos y Ensayos, S.L., cumple los requisitos establecidos en el artículo 42 del Real Decreto 2200/1995 para la realización de las actividades de inspección indicadas en el Anexo Técnico nº OC-I/057, Revisión 3, de fecha 05/02/2010, del certificado de ENAC correspondiente.

Segundo.–Con fecha 18 de febrero de 2010, don Luis Seco Novo, en calidad de representante de Control Industrial, Métodos y Ensayos, SL, presentó un escrito mediante el que, al amparo del Decreto 426/2001, de 15 de noviembre, por el que se regulan los organismos de control en materia de seguridad industrial y control reglamentario y se crea la Comisión de Coordinación de Seguridad Industrial de Galicia, solicitaba ampliación de la autorización como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el campo reglamentario de Instalaciones Aparatos elevadores (Ascensores). A tal efecto, aportaba la documentación exigida en los artículos 4, 5 y 6, así como la especificada en el anexo II del citado decreto..

Fundamentos de derecho

Primero.–Esta dirección general es competente para resolver este expediente con base en el Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, y en el Decreto 426/2001, de 15 de noviembre, por el que se regulan los organismos de control en materia de seguridad industrial y control reglamentario y se crea la Comisión de Coordinación de Seguridad Industrial de Galicia.

Segundo.–La documentación presentada por Control Industrial, Métodos y Ensayos, S.L., acredita que la entidad cumple con las exigencias establecidas en los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 426/2001 para su actuación en los ámbitos reglamentarios solicitados.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Primero.–Ampliar la autorización de Control Industrial, Métodos y Ensayos, S.L., como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de inspecciones en los campos indicados a continuación, según los correspondientes documentos normativos recogidos en el Anexo Técnico n.º OC-I/057, Revisión 3, de fecha 05/02/2010, del certificado de ENAC correspondiente.

Aparatos elevadores (Ascensores).

Segundo.–Esta resolución puede ser suspendida o revocada, además de en los casos contemplados en la legislación vigente, cuando lo sea el citado certificado de ENAC, y queda supeditada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

1.ª Cualquier ampliación de los campos reglamentarios de actuación o de los documentos normativos correspondientes deberá seguir los trámites establecidos en los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 426/2001 para su autorización.

2.ª Control Industrial, Métodos y Ensayos, SL, deberá cumplir lo establecido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria y en el R.D. 2200/1995, de 28 de diciembre, en lo que sea de aplicación.

3.ª Control Industrial, Métodos y Ensayos, SL, deberá cumplir en sus actuaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia los requisitos establecidos en el Decreto 426/2001, de 15 de noviembre.

Notifíquese esta resolución al interesado haciendo constar que podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación, ante el conselleiro de Economía e Industria, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2010.–El Director General de Industria, Energía y Minas, Ángel Bernardo Tahoces.

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