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Documento BOE-A-2010-13193

Orden EDU/2243/2010, de 14 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Fernando Alonso.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 16 de agosto de 2010, páginas 72510 a 72511 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-13193

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Fernando Alonso Díaz solicitando la inscripción de la Fundación Fernando Alonso en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.—La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Fernando Alonso Díaz en Oviedo, el 25 de junio de 2009, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Asturias don Carlos Rodríguez-Viña Cancio, con el número 842 de orden de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.—El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Quintana 11-A, 1.º, oficina 3, Oviedo, provincia de Asturias, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.—Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.—En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Contribuir y fomentar a la formación, la educación y la investigación en materias de seguridad vial, así como para acercar y difundir a la sociedad el deporte y sus valores como herramienta cultural y forma de vida.

Quinto. Patronato.—El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por Presidente: Don José Luis Alonso Fernández, Vicepresidente: Doña María del Pilar Alonso Fernández, Tesorero: Don Luis García-Abad Martínez Blanco.

Secretario no patrono: Don Roberto Álvarez Martínez.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.—Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.—Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.—Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Fernando Alonso en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Fernando Alonso, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Quintana 11-A, 1.º, oficina 3, Oviedo, provincia de Asturias, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 14 de julio de 2010.–—El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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