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Visto el expediente de indulto de don Óscar Pérez Bidegain, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección primera, en sentencia de 9 de abril de 2007, como autor de un delito intentado de asesinato, a la pena de once años y tres meses de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 2004-2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de julio de 2010,
Vengo en indultar a don Óscar Pérez Bidegain seis meses de la pena privativa de libertad impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de julio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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