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Documento BOE-A-2010-14099

Resolución de 1 de septiembre de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 14 de septiembre de 2010, páginas 78006 a 78183 (178 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-14099

TEXTO ORIGINAL

Por Orden PRE/1260/2009, de 11 de mayo («BOE» n.º 123 del día 21), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, correspondiente a la oferta de Empleo Público de 2009.

Concluidas las pruebas selectivas, las relaciones definitivas de aspirantes que las superaron se hicieron públicas mediante Orden PRE/1090/2010, de 22 de abril («BOE» n.º 106 de 1 de mayo). Una vez verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria procede efectuar el nombramiento de estos aspirantes como funcionarios de carrera.

Esta Secretaría de Estado para la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» del día 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.a) del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril («BOE» del día 16), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, a los aspirantes que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.

Las localidades correspondientes a los aspirantes destinados en el Servicio Público de Empleo Estatal cuyos puestos de trabajo deben ser desempeñados en municipios dependientes de la Dirección Provincial, figuran en el Anexo II de la presente Resolución.

A los aspirantes del turno de reserva de discapacitados incluidos en el Anexo III, por acreditar debidamente motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, se les adjudica destino de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre («BOE» n.º 303 del día 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

A los aspirantes del turno de reserva de discapacitados incluidos en el Anexo IV, que no acreditan debidamente motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, se les adjudica destino de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado («BOE» n.º 85 de 10 de abril).

Segundo.–De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La formalización de la toma de posesión como funcionario de carrera y la declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para los aspirantes que obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en su caso, respecto de los funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.

Tercero.–Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 1 de septiembre de 2010.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.

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