La Resolución de 1 de febrero de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2010, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, establece, en su artículo 3, la duración de los planes de formación.
El periodo de ejecución de los planes de formación previsto en el mencionado precepto finaliza el 31 de diciembre, no obstante se ha valorado la conveniencia en este momento de ampliar dicho plazo a fin de posibilitar el óptimo desarrollo de los planes de formación financiados con cargo al ejercicio presupuestario 2010.
Por ello, y previa consulta de las Organizaciones empresariales y sindicales más representativas, dispongo:
El artículo 3 de la Resolución de 1 de febrero de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2010, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, queda redactado en los siguientes términos:
Los planes de formación se podrán ejecutar entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2011, mediante los convenios que se suscriban al amparo de esta convocatoria.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de septiembre de 2010.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Francisco Javier Orduña Bolea.
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