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Documento BOE-A-2010-15715

Resolución de 10 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, correspondientes al ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2010, páginas 87135 a 87151 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-15715

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en el apartado cuarto de la Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, correspondientes al ejercicio 2009, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 10 de septiembre de 2010.–El Director General de Política e Industrias Culturales, Santos Castro Fernández.

ANEXO

(El Balance de Situación y la Cuenta de Resultados de 2009 se adjuntan como anexo I)

MEMORIA 2009

(1) Naturaleza y Actividades

La Fundación Colección Thyssen-Bornemisza (en adelante la Fundación) se crea el 20 de diciembre de 1988 por el Estado Español y el Barón Thyssen-Bornemisza y se constituye como fundación cultural privada de servicio y promoción, sin ánimo de lucro. Por el contrato de Préstamo de la Colección Thyssen-Bornemisza (en adelante la Colección), formalizado igualmente el 20 de diciembre de 1988 entre, el Reino de España, la Sociedad Favorita Trustees Limited (como prestamista) y el Excmo. Sr. don Heinrich Hans August Thyssen-Bornemisza de Kaszón, Barón Thyssen-Bornemisza, se conviene la instalación en España de la mencionada Colección, durante un periodo de nueve años y seis meses, para su exposición pública. La apertura al público del Museo se produjo el 10 de octubre de 1992.

La Fundación fue inscrita en el Registro de Fundaciones Culturales Privadas del Ministerio de Cultura el 4 de marzo de 1989. El fin y actividad principal de la Fundación lo constituyen el mantenimiento, conservación, pública exposición y promoción de las obras de arte integrantes de la Colección.

A partir de, la entrada en vigor de la ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado, se incluye a la Fundación entre las del Sector Público Estatal.

El Real Decreto-ley 11/1993, de 18 de junio, aprobaba las medidas reguladoras del contrato de adquisición de la Colección. Entre estas medidas figuraban, la relacionada con la Financiación, en la que el Estado Español se obligaba a aportar a la Fundación el importe de la compra de la Colección, y la relacionada con la cesión gratuita, a la Fundación, del Palacio de Villahermosa (situado en el Paseo del Prado, n.º 8, 28014 Madrid) como sede para albergar y exhibir la Colección. Con fecha 21 de junio de 1993 se firmó el contrato de adquisición de la Colección entre el Reino de España, la Fundación y la Sociedad Favorita Trustees Limited.

En 1999, la Fundación, la Excma. Baronesa Dña. Carmen Thyssen-Bornemisza y un conjunto de entidades suscribieron un contrato de préstamo temporal y gratuito sobre el conjunto de cuadros y obras de arte que componen la denominada Colección Carmen Thyssen-Bornemisza. Para albergarla, la Fundación adquirió en el ejercicio 2000 dos inmuebles contiguos al Palacio de Villahermosa, situados en la calle Marqués de Cubas n.º 19 y 21. Las obras de rehabilitación de los dos edificios, se realizaron en el periodo 2002-2004 y se inauguró la ampliación del Museo el 8 de junio de 2004.

(2) Bases de Presentación

Las cuentas anuales de la Fundación, relativas al ejercicio terminado en 31 de diciembre de 2009, se han obtenido de sus registros contables. Han sido formuladas por la Dirección siguiendo los principios y criterios contables, generalmente aceptados, recogidos en la legislación vigente. Se presentan en correspondencia, con lo expuesto en el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, con las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Muestran por tanto la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.

(3) Excedente del Ejercicio

La Dirección propondrá, al Patronato de la Fundación, que el resultado negativo del ejercicio 2009, que asciende a 3.362.620 €, se aplique a la cuenta de «Resultados negativos de Ejercicios Anteriores»:

Bases de reparto:

 

Resultado negativo del ejercicio 2009

(3.362.620)

Total

(3.362.620)

Distribución:

 

A «Resultados negativos de Ejercicios Anteriores»

(3.362.620)

Total

(3.362.620)

(4) Normas de Registro y Valoración

Los principios fundamentales y criterios contables utilizados por la Fundación para la preparación de estas cuentas anuales son los siguientes:

(a) Inmovilizado intangible: La propiedad industrial recoge los costes inherentes a las patentes registradas por la Fundación relativas a su denominación, museo y logotipo. Su amortización se realiza, linealmente, en un período de diez años.

Los derechos sobre activos cedidos en uso, recogen el reconocimiento de los derechos que ampara el contrato de Préstamo de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza. Su amortización se realizará en 7 años, en el periodo comprendido entre los ejercicios 2004, en el que se llevó a cabo la inauguración de la exposición objeto de las Obras en préstamo, y 2011, año en el que finaliza el mencionado contrato de Préstamo.

Las aplicaciones informáticas figuran por los costes de adquisición. Su amortización se realiza en un periodo de cuatro años. Los costes de mantenimiento, relativos a dichas aplicaciones informáticas, se contabilizan como gasto en el momento en el que se incurre en ellos.

(b) Bienes del Patrimonio Histórico.–Compuestos por:

La Colección Permanente, clasificada contablemente bajo el epígrafe de Bienes del Patrimonio Histórico, no se amortiza. La consideración al respecto es que su valor no se deteriora por el mero paso del tiempo o por su exhibición.

En virtud del Convenio firmado el 7 de julio de 2004, entre el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza (FCT-B), una parte de las «Obras» de la Colección Permanente fueron entregadas, el 15 de noviembre de 2004, en sistema de depósito para su exhibición en el Palau Nacional sede del MNAC.

El Palacio de Villahermosa, bien perteneciente al Patrimonio Histórico, fue cedido gratuitamente a la Fundación. Ésta lo incorporó a su patrimonio, dentro del epígrafe del Inmovilizado Material, exclusivamente por el coste incurrido en su remodelación, en base a la norma 6ª de la Quinta Parte, del Real Decreto 776/1998, «Normas de Valoración» que incluye los criterios necesarios para valorar los bienes del Patrimonio Histórico, señalando que se registrarán por su precio de adquisición, por lo que si se recibe un bien de esta naturaleza con carácter gratuito, su valor será el que se derive de los gastos incurridos, hasta su incorporación al patrimonio de la entidad.

c) Inmovilizaciones materiales: El inmovilizado material se presenta por su valor de coste de adquisición La amortización de los elementos del inmovilizado material se realiza sobre los valores de coste, siguiendo el método lineal, en función de los años de vida útil estimados en el siguiente detalle:

Construcciones: 25.

Instalaciones: 7-12.

Mobiliario y equipos de oficina: 8-12.

Equipos para procesos de información: 4.

Otro inmovilizado: 10.

Los importes relativos al mantenimiento y a las reparaciones del inmovilizado material, que se considera no mejoran su utilización o prolongan su vida útil, se contabilizan como gasto en el momento en el que se producen.

d) Arrendamientos y otras operaciones similares: La Fundación tiene arrendada la explotación de la cafetería.

Al formar parte de un todo, en las obras de ampliación, diferenciar el coste de la cafetería como Inversión inmobiliaria supone una gran dificultad. Es por lo que, aplicando el principio de importancia relativa, no se procede a su separación.

e) Instrumentos financieros:

Activos financieros:

Las inversiones de la Fundación, siguiendo los procedimientos de Tesorería aprobados por Patronato, se clasifican en dos categorías:

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento. Se valoran, inicialmente por su valor razonable y con posterioridad por su coste armonizado. Los intereses devengados se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Activos financieros disponibles para la venta. Se valoran, inicialmente por su valor razonable y posteriormente por su coste armonizado.

Pasivos financieros: Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Corresponde a la fianza por el arrendamiento de la cafetería, contabilizada por su valor inicial. La Fundación, no actualiza su valor ya que, debido a su bajo importe, el efecto de su actualización en el flujo de efectivo no es significativo.

f) Existencias: Las existencias se muestran valoradas a coste medio ponderado.

La Fundación realiza correcciones valorativas, por deterioro, cuando transcurrido un tiempo, previamente establecido, las ventas de determinados productos se ralentizan. Si, iniciadas las mencionadas correcciones, se observara una evolución favorable de las ventas, se realizaría la oportuna reversión del gasto, en función de su evolución.

g) Transacciones en moneda extranjera: Los gastos realizados en moneda extranjera se contabilizan, por su contravalor en euros, en el momento del registro de la deuda.

Las diferencias de cambio en las transacciones con el extranjero se contabilizan, en la cuenta de gasto correspondiente, en el momento de la cancelación de la deuda.

h) Impuesto sobre Sociedades: Según lo dispuesto en el Título II, Capítulo I de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las Fundaciones inscritas en el registro correspondiente, que cumplan con las requisitos establecidos en la mencionada ley, estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades por los beneficios que se obtengan en actividades que constituyan su objeto fundacional, así como los beneficios derivados de incrementos patrimoniales que se obtengan en cumplimiento de su actividad fundacional.

Para poder disfrutar de este régimen fiscal, la Fundación dirigió escrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo que establece el artículo 1, capítulo I, del Real Decreto 1270/2003 de 10 de octubre del Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con el fin de acreditar su condición.

i) Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan de acuerdo al principio contable de Devengo: «Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos e ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro».

j) Gastos de Personal: La Fundación registra los distintos conceptos que integran los gastos de personal atendiendo a su devengo, valorados en función de la cuantía a abonar por los mismos.

La Fundación, a esta fecha, no tiene adquirido compromiso alguno en concepto de «planes de pensiones».

k) Subvenciones, donaciones y legados: De acuerdo con la Norma de registro y valoración 18.ª sobre Subvenciones, donaciones y legados recibidos, del PGC, Real Decreto 1415/2007:

Las subvenciones, donaciones y legados de capital, se contabilizan como ingresos directamente imputados al patrimonio neto. Anualmente, se reconocen en la cuenta de Pérdidas y Ganancias como ingresos en base a las amortizaciones de los bienes afectos a las mismas.

Las subvenciones, donaciones y legados de explotación, se imputan en el ejercicio en que han sido concedidas.

l) Corriente (corto plazo)/No corriente (largo plazo): En el balance de situación, de acuerdo con lo establecido en PGC, Real Decreto 1415/2007, la Fundación clasifica, como corriente (a corto plazo) los créditos y las deudas con vencimiento igual o inferior a doce meses y, como no corriente (a largo plazo) los créditos y deudas cuyo vencimiento excede de un año.

(5) Bienes del Patrimonio Histórico

Este capítulo del balance de situación no ha tenido movimiento durante el ejercicio 2009.

Su detalle es el siguiente:

 

Euros

Obra pictórica de la Colección Thyssen-Bornemisza

282.243.850

Otras obras pictóricas

8.363

 

282.252.213

La obra pictórica de la Colección Thyssen-Bornemisza recoge el coste de adquisición de la Colección, 282.243.850 euros, de acuerdo con el contrato de adquisición firmado el 21 de junio de 1993, y financiado mediante cinco aportaciones del Estado a la Dotación Fundacional, entre los años 1993 a 1997, cuyo detalle figura en el punto 9 -Fondos Propios- de esta Memoria.

En cuanto a la seguridad de las obras:

Para las que componen la Colección Permanente, se siguen las reglas establecidas, en los puntos 5 y 6 del anexo 8 del contrato de compra de la Colección Permanente por lo que únicamente suscribe contratos de seguros cuando se traslada alguna de las obras de arte de la Colección.

Para las depositadas en el MNAC, se sigue lo estipulado en la cláusula 8 del convenio de colaboración firmado, el 7 de julio de 2004.

Cesión del palacio de Villahermosa: El Palacio de Villahermosa fue cedido gratuitamente por el Estado, sin gasto alguno para la Fundación, así lo acredita la escritura pública otorgada por la Dirección General del Patrimonio del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda), de fecha 3 de agosto de 1993, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto-ley 11 de 1993 de 18 de junio, sobre medidas reguladoras del contrato de adquisición de la colección Thyssen-Bornemisza.

De acuerdo con lo anterior, dicho bien, no figura valorado en este epígrafe de Bienes del Patrimonio Histórico.

Tal y como se indica en el apartado 4) b, de esta Memoria, la Fundación lo incorporó a su patrimonio exclusivamente por su coste de rehabilitación y figura, debidamente recogido, en el Balance de Situación dentro del epígrafe «Inmovilizaciones Materiales».

(6) Inmovilizado Material

A continuación se detalla el movimiento de las Inmovilizaciones Materiales, desglosado por cuentas. En el anexo II adjunto, se detalla el inventario de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 50/2002 y conforme a la disposición adicional tercera, del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

Euros

Saldos al
31.12.08

Altas

Bajas

Saldos al
31.12.09

Coste:

 

 

 

 

Terrenos

14.253.444

14.253.444

Construcciones

49.495.520

3.182

49.498.701

Instalaciones

8.001.722

206.766

8.208.488

Mobiliario y equipos de oficina

1.834.375

19.333

1.853.708

Equipos para procesos de información

742.437

85.803

(10.184)

818.056

Otro inmovilizado

776.682

92.290

(6.411)

862.560

 

75.104.180

407.374

(16.595)

75.494.957

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Construcciones

(25.944.043)

(1.592.082)

(27.536.125)

Instalaciones

(3.996.283)

(871.211)

(4.867.494)

Mobiliario y equipos de oficina

(1.005.350)

(151.045)

(1.156.395)

Equipos para procesos de información

(611.426)

(66.904)

10.184

(668.146)

Otro inmovilizado

(390.527)

(107.081)

(497.608)

 

(31.947.631)

(2.788.323)

(34.725.768)

Valor neto

43.156.549

(2.380.949)

(6.411)

40.769.190

A continuación se explica la correspondencia de las partidas más significativas.

Terrenos: El importe que figura en esta partida corresponde a la valoración adjudicada al suelo de los edificios, Marqués de Cubas 19 y 21, adquiridos en el ejercicio 2000 para la Ampliación del Museo. Su cálculo se realizó, aplicando al coste de adquisición de los dos edificios más y su rehabilitación, el porcentaje que resulta de la distribución del IBI –32% suelo, 68% vuelo–.

Construcciones: Esta partida incluye, por una parte, el coste incurrido en la rehabilitación del Palacio de Villahermosa, sede de la Colección Permanente desde 1992 y, por otra, de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, el 68% correspondiente a la compra de los edificios, Marqués de Cubas 19 y 21, y su rehabilitación finalizada en 2004.

Instalaciones: El importe corresponde a la inversión realizada, por este concepto, tanto en la rehabilitación del Palacio en 1992 como en la ampliación, llevada a cabo, en 2004.

Los importes correspondientes a estos epígrafes, de Inmovilizado material, se han financiado a través de:

La Ley 24/1990, de 20 de diciembre, con una subvención procedente de un crédito extraordinario de 12.020.242 de euros.

Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, que incluía una subvención de 3.446.960 euros.

Una parte de las aportaciones a la Dotación Fundacional recibidas en virtud de la Ley 24/1990, de 20 de diciembre por 42.070.847 euros y la Ley 54/1999, de 28 de julio por 36.060.726 euros.

La Fundación sigue la política de suscribir contratos de seguros que cubren la totalidad de los elementos del inmovilizado material.

El importe de los bienes del inmovilizado material que están totalmente amortizados, y que siguen en funcionamiento, asciende a 10.294.834 €. Su detalle es el siguiente:

Construcciones

8.830.396

Instalaciones

271.070

Mobiliario y equipos de oficina

380.153

Equipos para procesos de información

570.679

Otro inmovilizado

242.537

 

10.294.834

Por otra parte, la Fundación mantiene un fondo bibliográfico de 21.873 títulos. El uso de este fondo está restringido al personal de la Fundación y, excepcionalmente, a investigadores que lo solicitan. El mencionado fondo no tiene reflejo contable en el Balance por dos motivos: 7.922 títulos proceden de la biblioteca del Barón Thyssen-Bornemisza, fueron importados definitivamente por la Fundación, desde Lugano, en el año 2000 y no existe documento que avale cesión alguna por lo que, únicamente, la Fundación los mantiene inventariados y perfectamente registrados en la biblioteca del Museo Thyssen. Para los 13.951 títulos restantes, la Fundación sigue la política de contabilizar como gasto, en cada ejercicio, el importe de los títulos que va incorporando a este fondo bibliográfico. En la actualidad, todo el fondo bibliográfico se encuentra perfectamente inventariado y catalogado tras un proceso de recatalogación realizado entre los ejercicios 2007 y 2009. Por primera vez, en este ejercicio, y producto del proceso de catalogación, se ha utilizado la nomenclatura de títulos (cada título puede incluir varios volúmenes) en vez de volúmenes.

(7) Inmovilizado Intangible

A continuación se detalla el movimiento de las Inmovilizaciones Intangibles, desglosado por cuentas.

Euros

Saldos al
31.12.08

Altas

Bajas

Saldos al
31.12.09

Coste:

 

 

 

 

Propiedad industrial

253.127

6.208

259.335

Derechos s/activos cedidos en uso

61.449.502

61.449.502

Aplicaciones informáticas

837.624

60.854

898.478

 

62.540.254

67.062

62.607.315

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Propiedad industrial

(229.507)

(4.013)

 

(233.520)

Derechos s/activos cedidos en uso

(41.478.422)

(9.217.426)

(50.695.848)

Aplicaciones informáticas

(482.984)

(107.795)

(590.779)

 

(42.190.913)

(9.329.234)

(51.520.147)

Valor neto

20.349.341

(9.262.172)

11.087.169

El importe de los bienes del inmovilizado intangible totalmente amortizados, y que permanecen en funcionamiento asciende a 636.915 euros:

Propiedad Industrial

214.519

Aplicaciones informáticas

422.396

 

636.915

En este epígrafe, la partida principal corresponde a los Derechos sobre activos cedidos en uso, que reconoce los amparados por el contrato de Préstamo de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza.

La valoración se hizo tomando como base, el importe reflejado en la Orden ECD/3860/2003, de 31 de diciembre, que otorgaba la protección de la garantía del Estado a la obras de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza. Dicha valoración se efectuó considerando un periodo de 7 años, tiempo computado desde la inauguración de la parte del museo que alberga esta colección, hasta el fin del periodo del contrato de préstamo, tal como se menciona en el punto 4 (a) de esta Memoria».

En cuanto a su seguridad, las Obras que componen la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza, como se ha señalado anteriormente, gozan del amparo de la garantía del Estado.

(8) Instrumentos Financieros

Activos financieros: Aunque la política de gestión de tesorería, seguida por la Fundación durante el ejercicio 2009, ha consistido en mantener los excedentes de tesorería en la propia cuenta corriente, por necesidades funcionales, se han realizado dos inversiones puntuales en Deuda Pública por lo que los activos financieros se han distribuido en dos categorías:

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento: Deuda Pública.

1) Por un importe de 860.000,00 € con fecha de compra 03/03/09, de venta 10/03/09 y tipo de intereses 1,14%.

2) Por un importe de 860.000,00 € con fecha de compra 25/03/09, de venta 26/03/09 y tipo de intereses 0,80%.

Activos financieros disponibles para la venta: Permanencia de tesorería en cuenta corriente.

Al generar la Deuda Pública, en determinados periodos, tipos de interés inferiores a la remuneración de la principal cuenta corriente de la Fundación (Euribor trimestral menos 0,06), ésta optó por mantener los excedentes de tesorería en la propia cuenta corriente. La media del tipo de interés, con el que se ha primado esta cuenta durante el ejercicio 2009, cronológicamente en cada trimestre, ha sido del 2,24%, 1,32%, 0,89% y 0,67%.

Pasivos financieros: Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

El arrendamiento de la cafetería, nota 8 de esta Memoria, conlleva una fianza de 12.000 euros. Aplicando el principio de importancia relativa la Fundación no actualiza dicho importe.

(9) Fondos Propios

El detalle y movimiento de este epígrafe del balance de situación durante el ejercicio 2009 es el siguiente:

Año: 2009. Saldo Inicial: 324.342.096. Resultados del ejercicio: –3.362.620. Saldo Final: 320.979.476.

En relación con la cifra de la Dotación Fundacional que figura en el cuadro anterior señalar que, por acuerdo del Patronato de la Fundación de fecha 28 de septiembre de 2004, quedó reducida mediante aplicación, con cargo a la misma, de los resultados obtenidos por la Fundación hasta esa fecha por lo que, desde 2003, quedó cifrada en 330.573.399 euros. Se inscribió, en el Registro de Fundaciones el 17 de abril de 2005, según lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones.

(10) Provisiones y contingencias

Provisiones para Riesgos y Gastos: El saldo que figura en esta cuenta, 74.222,58 €, está relacionado con la liquidación del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO) llevada a cabo, por la Fundación, el 29 de junio de 2005, con motivo de la obligación derivada de la Ampliación del Museo Thyssen-Bornemisza.

El Ayuntamiento de Madrid (en adelante AM), el 4 de octubre de 2006, comunicó a esta Fundación (en adelante FCTB) el inicio de actuaciones inspectoras relacionadas con el mencionado impuesto, emitiendo una liquidación (provisional) paralela a la presentada por la FCTB.

Tras varias actuaciones inspectoras el AM, con fecha 22 de agosto de 2007, remite a la FCTB dos escritos de resolución. El primero, con la liquidación definitiva del ICIO, derivada del Acta de Disconformidad n.º 1090384, por importe de 23.740,03 € y el segundo, referido al Expediente Sancionador n.º 195/207/06057, por importe de 11.017,66 €.

En desacuerdo con las resoluciones del AM, el 28 de septiembre de 2007, la FCTB presenta ambos recursos de reposición, ante la «Agencia Tributaria de Madrid. Ayuntamiento de Madrid», siendo desestimados con fecha 12 de enero de 2009.

Con fecha 11 de marzo de 2009, FCTB interpuso reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid, desestimándola, este último, en resolución de fecha 3 de noviembre de 2009.

FCTB interpuso recurso contencioso administrativo, con fecha 23 de diciembre de 2009, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Municipal de fecha 3 de noviembre de 2009.

Avales: La Fundación, a 31/12/09, no tiene avales ya que, en el presente ejercicio, se canceló el aval correspondiente a la última cuota por importe de 33.500 € del crédito por la ayuda reembolsable, PROFIT 2002, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Otras contingencias sin valor en Balance: El día 10 de mayo de 2005 la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza tuvo noticia, a través de los medios de comunicación, de la existencia de una demanda interpuesta por Claude Cassirer ante un Tribunal de California contra el Reino de España y la Fundación, como agente o ente instrumental del Reino de España, en reclamación de la propiedad del cuadro de Camille Pissarro «Rue Saint-Honore, après midi, effet de pluie» que supuestamente perteneció a la abuela del Sr. Cassirer y fue expoliado por el estado alemán durante la II Guerra Mundial.

La Fundación Colección Thyssen-Bornemisza encomendó su defensa en dicho procedimiento a la firma de abogados norteamericanos Sidley Austin Brown & Wood, LLP.

La declinatoria («motion to dismiss») interpuesta, el 28 de febrero de 2006, por la Fundación y por el Reino de España por falta de jurisdicción del Tribunal de Distrito de Estados Unidos en el Distrito Central de California que conoce del litigio fue desestimada con fecha 30 de agosto. Contra esa decisión la Fundación y el Reino de España han interpuesto recurso de apelación que se tramita ante el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito. El escrito de apelación se presentó el día 2 de febrero de 2007 y con fecha 5 de marzo la representación del Sr. Cassirer formuló sus alegaciones, que fueron después contestadas por la Fundación. A día de hoy, las partes ya han efectuado sus alegaciones y el recurso está pendiente únicamente de sentencia. A petición de la parte demandante, y dada la avanzada edad del Sr. Cassirer, el Tribunal le ha tomado declaración con carácter preventivo, por si no le fuera posible testificar en el momento procesal oportuno.

El 5 de octubre de 2007 el Tribunal decidió dejar en suspenso la decisión sobre el recurso hasta que se resolviera otro litigio (identificado como «caso Río Tinto») en el que el Tribunal debe pronunciarse en pleno («en banc»), por existir, a juicio del Tribunal, alguna similitud entre ambos casos que podría dar lugar a pronunciamientos contradictorios sobre alguna de las cuestiones planteadas. La decisión del Tribunal en el caso Río Tinto se produjo en el mes de diciembre de 2008. En enero de 2009 las partes formularon alegaciones por escrito sobre las eventuales consecuencias jurídicas de la doctrina establecida en esa decisión sobre el recurso de apelación de la Fundación y el Reino de España. El 24 de marzo de 2010 se celebrará una vista ante el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito a fin de resolver en pleno sobre el recurso de apelación. A fecha de hoy, no es posible hacer estimaciones acerca del calendario.

El abogado que dirige la defensa de la Fundación cambió de despacho de abogados en octubre de 2006. Él mismo continúa al frente del asunto desde el nuevo despacho al que se ha incorporado, NIXON PEABODY, LLP. El cambio de firma se formalizó mediante carta-acuerdo de 7 de noviembre de 2006 y fue debidamente comunicado al Tribunal en el mes de noviembre de 2006.

(11) Subvenciones, Donaciones y Legados

Su detalle es el siguiente:

 

Euros

Subvenciones, Donaciones y Legados de capital traspasados al resultado del ejercicio

9.695.120

Subvenciones, Donaciones y Legados de explotación imputados al resultado del ejercicio, afectas a la actividad propia

1.880.023

 

11.575.143

Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al resultado del ejercicio.

Los importes que figuran en este epígrafe corresponden a:

La subvención recibida, a fondo perdido, del Ministerio de Cultura por importe de 12.020.242 euros fue otorgada en cumplimiento de la cláusula 5.2-b-VII del contrato de préstamo suscrito entre el Reino de España y la sociedad Favorita Trustees Limited. Esta subvención fue concedida al amparo de la Ley 24/1990 para hacer frente a las obras de rehabilitación y adaptación, como museo, del Palacio de Villahermosa. La Fundación, ha considerado como ingresos del ejercicio 2009 un importe de 265.828 euros.

La subvención de capital, por importe de 3.446.960 euros, fue otorgada por el Ministerio de Cultura con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2005. Se destinó, a sufragar parte del coste de las obras de ampliación del museo, realizadas con el fin de albergar la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza. La Fundación, ha considerado como ingresos del ejercicio 2009 un importe de 211.866 €.

Donaciones y legados de capital, recoge el reconocimiento de los derechos de uso determinados por el contrato de Préstamo de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza. Su imputación a resultados se realizará en 7 años, en el periodo comprendido entre los ejercicios 2004, en el que se llevó a cabo la inauguración de la exposición objeto de las Obras en préstamo, y 2011, año en el que finaliza el mencionado contrato de Préstamo. En el ejercicio 2009, se ha traspasado a ingresos un importe de 9.217.425 €.

Subvenciones, Donaciones y Legados a la explotación imputados al resultado del ejercicio, afectas a la actividad propia: Incluyen las subvenciones oficiales a la explotación, afectas a la actividad propia, recibidas en el 2009 e imputadas al resultado del ejercicio, por importe de 1.880.023 €.

Se adjunta anexo II, «Subvenciones y otras aportaciones recibidas por la entidad».

(12) Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios

Se adjunta en anexo III la información relativa al destino de las rentas e ingresos a que se refiere el artículo 27 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 32 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, del Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

(13) Hechos posteriores al cierre

No se ha producido ningún acontecimiento relevante con posterioridad al cierre del ejercicio.

(14) Otra Información

Media de empleados, distribuidos por categorías y sexo:

 

Número

Hombres

Mujeres

Patronato

12

6

6

Secretaria de Patronato

1

 

1

Directivos

2

2

 

Profesionales y jefes de área

11

6

5

Técnicos

26

7

19

Personal Administrativo

71

31

40

Total

123

52

71

(15) Estado de Liquidación del Presupuesto

El presupuesto para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009 fue aprobado por el Patronato de la Fundación en la Junta del 23 de junio de 2008 y posteriormente modificado por el mismo, el 27 de marzo de 2009. En el anexo IV, que forma parte integrante de esta nota, se presenta el presupuesto aprobado, junto con su liquidación y su distribución por programas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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