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Documento BOE-A-2010-1606

Resolución de 21 de diciembre de 2009, de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para la provisión de plazas del Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales, por los turnos libre, restringido y de discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2010, páginas 9321 a 9330 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2010-1606

TEXTO ORIGINAL

Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 26 de marzo de 2007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, aprobaron el Plan de empleo de las Cortes Generales (2007-2012). En dicho Plan se incluye una propuesta de 30 plazas para el Cuerpo Técnico-Administrativo a cubrir mediante la celebración de dos oposiciones de cinco plazas cada una en dicho período y dos procesos de promoción interna mediante concurso-oposición de diez plazas cada uno.

Una vez celebrada la primera convocatoria, y en ejecución de dicho acuerdo, las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 21 de diciembre 2009, han resuelto aprobar la segunda convocatoria de oposición para proveer cinco plazas del Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes Generales. Dicho número de plazas podría, en su caso, incrementarse como consecuencia de la existencia de plazas vacantes resultantes del proceso de promoción interna mediante concurso-oposición convocado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión del día 21 de diciembre de 2009.

De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva un 25 por 100 para su provisión por turno restringido entre funcionarios de otros Cuerpos de las Cortes Generales que estén en posesión de la titulación a que se refiere la base segunda, apartado b), de la presente convocatoria. Las vacantes que no se cubran por este turno incrementarán el turno libre.

Asimismo, del total de las plazas convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva una para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la presente convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. La plaza correspondiente a este cupo que no se cubra incrementará el turno libre.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

Primera.–El Tribunal calificador que juzgará la oposición al Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras, en reunión conjunta, y estará compuesto de la siguiente forma:

Presidente: Un Secretario del Congreso de los Diputados o del Senado.

Vocales:

Un Diputado o Senador.

El Secretario General del Congreso de los Diputados o uno de los Secretarios Generales Adjuntos del Congreso de los Diputados o un Director o un Jefe de Departamento o Servicio de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.

El Letrado Mayor o el Letrado Mayor Adjunto del Senado o un Director o un Jefe de Departamento o Servicio de la Secretaría General del Senado.

Secretario: Un funcionario del Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales en servicio activo.

Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en reunión conjunta, podrán efectuar la designación también o, en su caso, delegarla en los Presidentes de las Cámaras, de los miembros suplentes del Tribunal, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros.

El Tribunal podrá asesorarse de peritos en idiomas que tendrán voz pero no voto en el ejercicio correspondiente a su especialidad.

Serán de aplicación las Normas sobre composición y funcionamiento de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes Generales aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión conjunta del día 8 de abril de 1991 («Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Cortes Generales, serie B, número 7, de 26 de abril de 1991), modificadas por acuerdo de ambas Mesas en reunión conjunta del día 20 de mayo de 2004 («Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Cortes Generales, serie B, número 15, de 29 de junio de 2004).

Segunda.–Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del título de Diplomado universitario u otro equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.

d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

Los anteriores requisitos deberán reunirse en el día en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión, en su caso.

Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.

Tercera.–1. La oposición constará de los ejercicios siguientes, que podrán realizarse simultáneamente para los turnos libre, restringido y de discapacidad:

1.º Consistirá en la contestación por escrito durante un tiempo máximo de cien minutos de un cuestionario de un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario que se incluye en el anexo.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una es la correcta. Cada respuesta correcta se valorará con un punto. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una respuesta.

El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se calificará de cero a cien puntos. Deberán obtenerse al menos cincuenta puntos para aprobarlo.

2.º Consistirá en desarrollar por escrito durante un máximo de dos horas un tema propuesto por el Tribunal de entre dos sacados a la suerte de los correspondientes del programa contenido en los bloques I (Derecho constitucional y parlamentario), II (Unión Europea) y III (Derecho administrativo).

El ejercicio será posteriormente leído por el opositor ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo éste realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de quince minutos.

El Tribunal valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se calificará de cero a cien puntos. Deberán obtenerse al menos cincuenta puntos para aprobarlo.

3.º De carácter práctico, con dos partes, que se realizarán en sesiones de mañana y tarde, pero que serán objeto de evaluación conjunta. El ejercicio consistirá en:

Primera parte: Contestación a las cuestiones que el Tribunal plantee relativas a supuestos de gestión parlamentaria análogos a los que se le puedan encomendar a un Técnico-Administrativo de las Cortes Generales en el ejercicio de sus funciones, incluyendo, en su caso, la redacción de los escritos correspondientes.

Segunda parte: Contestación a las cuestiones que el Tribunal plantee relativas a supuestos de gestión administrativa, financiera o contable, análogos a los que se le puedan encomendar a un Técnico-Administrativo de las Cortes Generales en el ejercicio de sus funciones, incluyendo, en su caso, la redacción de los escritos correspondientes.

El opositor dispondrá de tres horas para la realización de cada una de las partes y se podrá disponer para ello de textos legales y normativos en formato libro, así como reproducidos en fotocopias y copias impresas de formatos electrónicos o similares, sin que en ningún caso sean admisibles textos comentados o anotados.

El ejercicio será posteriormente leído por el opositor ante el Tribunal en sesión pública pudiendo éste realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de quince minutos.

El Tribunal valorará la capacidad para ordenar los procesos de gestión propuestos, la sistemática, la capacidad de análisis y razonamiento y la capacidad de expresión escrita y oral del opositor.

El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se calificará de cero a cien puntos. Deberán obtenerse al menos cincuenta puntos para aprobarlo.

4.º De idiomas y con carácter optativo para los opositores que hayan superado todos los ejercicios anteriores. El opositor hará constar en su solicitud su voluntad de efectuar este ejercicio de uno o más idiomas extranjeros a escoger entre inglés y francés. El ejercicio consistirá en las siguiente pruebas:

Traducción directa al castellano, con ayuda de diccionario, durante un tiempo de 45 minutos, de un texto que se entregará en el idioma elegido.

Lectura pública ante el Tribunal del texto en idioma extranjero y de la traducción realizada por el opositor y breve conversación en el idioma elegido.

El ejercicio se calificará de cero a treinta puntos por cada idioma.

El opositor deberá acudir provisto del diccionario que desee utilizar durante el ejercicio.

Cuarta.–Al final de cada ejercicio se hará pública en el tablón de anuncios del Congreso de los Diputados o del Senado, así como en las páginas web de cada Cámara (www.congreso.es y www.senado.es) una relación de los aspirantes aprobados, con expresión de la puntuación obtenida.

Asimismo, al concluir cada ejercicio se publicará en el tablón de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, así como en las páginas web de cada Cámara (www.congreso.es y www.senado.es) la convocatoria del siguiente con la relación de opositores aprobados que hayan de actuar en el mismo.

Quinta.–Después del último ejercicio, el Tribunal, a través del Letrado Mayor de las Cortes Generales, elevará a los Presidentes de las Cámaras propuesta unipersonal para cada una de las plazas que, en su caso, proponga cubrir, de acuerdo con el orden que resulte de sumar las calificaciones de los ejercicios superados por cada opositor, acompañando el expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las sesiones del Tribunal.

Sexta.–Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán, dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», dirigir una instancia, según modelo oficial anejo a la presente convocatoria, al Letrado Mayor de las Cortes Generales, a la que se acompañará fotocopia del Documento Nacional de Identidad, así como del resguardo del impreso del ingreso en cuenta bancaria o de transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen. En dicha solicitud se consignarán nombre y dos apellidos; número del Documento Nacional de Identidad; fecha de nacimiento; domicilio a efectos de notificaciones; teléfono; título que se posea, e idiomas de acuerdo con lo señalado en la base tercera.1.4, así como el turno -libre, restringido o de discapacidad- por el que se opte. Asimismo, se hará declaración expresa de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento, y de reunir todos los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria. El modelo oficial de solicitud podrá descargarse de las páginas web del Congreso de los Diputados o del Senado. Igualmente podrá recogerse gratuitamente en cualquiera de las dos Cámaras.

Dicha instancia podrá presentarse, alternativamente:

En el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, en días laborables, excepto sábados, en horario de diez a trece horas (calle Fernanflor, número 1, planta 6.ª, edificio ampliación 1, 28071 Madrid).

En el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado, en días laborables, excepto sábados, en horario de diez a trece horas (calle Bailén, número 3, planta 3.ª, 28071 Madrid).

En las oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida (correo certificado, debiendo constar la fecha de presentación en la propia solicitud).

Por cualesquiera otros medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima.–Los aspirantes que tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados deberán hacerlo constar así en la solicitud.

Con independencia de que opten o no al citado cupo de reserva, los aspirantes que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y/o medios oportunos. Los interesados deberán reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que el Tribunal pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá aportar, junto con la solicitud, dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos correspondientes.

Octava.–Los candidatos abonarán la cantidad de 12 euros en concepto de derechos de examen, cuyo importe se hará efectivo efectuando su ingreso en la cuenta corriente número 0049 1977 83 2010000363, denominada «Cortes Generales, oposición al Cuerpo Técnico-Administrativo» de la Oficina del Banco de Santander ubicada en el Congreso de los Diputados, directamente en cualquiera de sus sucursales o mediante transferencia. En el resguardo de ingreso o transferencia, cuya fotocopia se ha de unir a la instancia, deberá figurar necesariamente el número y denominación de la cuenta mencionada, así como el nombre y apellidos y número de documento nacional de identidad del aspirante.

Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, y las personas desempleadas que figuren en el Instituto Nacional de Empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo acompañar a la solicitud certificados acreditativos de dichas circunstancias.

Novena.–1. Una vez terminado el plazo de presentación de instancias y a la vista de las presentadas, el Tribunal, mediante resolución, hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» la relación provisional de candidatos excluidos en la oposición, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. En el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», así como en los tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, y en la página web de cada Cámara, se hará pública dicha resolución con la relación provisional de excluidos y, además, la lista provisional de admitidos. En el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el «Boletín Oficial del Estado», podrán presentarse reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que los aspirantes hubieren incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión.

2. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos, relación que, junto con dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales» y en los tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, así como en la página web de cada Cámara.

Décima.–1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de diciembre de 2010 y, en todo caso, una vez concluido el concurso-oposición convocado por resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 2009, para proveer por promoción interna diez plazas del Cuerpo Técnico-Administrativo. La fecha y hora que se señale para la celebración del primer ejercicio se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» y en los tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, así como en la página web de cada Cámara, con quince días de antelación, como mínimo.

2. El orden de actuación vendrá determinado por el resultado del sorteo público que se realice por la Administración parlamentaria para todos los procesos selectivos que se convoquen durante el año 2010 en el ámbito de las Cortes Generales.

Undécima.–Los opositores propuestos por el Tribunal calificador para ocupar plaza deberán presentar en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la propuesta de nombramiento, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos siguientes:

Documento nacional de identidad original, así como una fotocopia del mismo, para su compulsa.

Título original de Diplomado universitario o equivalente al que se refiere la base segunda de esta convocatoria, así como una fotocopia del mismo, para su compulsa.

Los aspirantes que hubieran optado por el cupo de reserva de discapacitados deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite su condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por ciento y su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Técnico-Administrativo, si no lo hubieren aportado anteriormente.

Duodécima.–La presente convocatoria podrá ser recurrida ante las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, las resoluciones del Tribunal y los actos de trámite del mismo que determinen la imposibilidad de continuar el proceso selectivo o que produzcan indefensión podrán ser impugnados ante las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. La resolución adoptada por éstas pondrá fin a la vía administrativa.

Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2009.–El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Manuel Alba Navarro.

ANEXO
Programa de temas para la oposición al Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales

I. Derecho constitucional y parlamentario

1. Las fuentes del Derecho en España. La constitución como norma jurídica. La ley. Normas con fuerza de ley. Los tratados internacionales.

2. La Constitución española de 1978: estructura y principios básicos. La reforma de la Constitución.

3. Derechos fundamentales. Su garantía y suspensión.

4. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

5. Las Cortes Generales. Estructura, composición y funciones. Las Diputaciones Permanentes.

6. Los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado. El estatuto de los parlamentarios. Inviolabilidad e inmunidad. Los Grupos Parlamentarios.

7. La Presidencia y la Mesa de las cámaras. Designación, período de mandato y cese. Competencias. La Junta de Portavoces.

8. El funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Senado. El Pleno de las cámaras. El orden del día. Las sesiones. Las Comisiones. Clases. Competencias. La Presidencia de las Comisiones. Las ponencias.

9. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El procedimiento legislativo ordinario. Proyectos y proposiciones de ley. Las enmiendas: concepto, clases y tramitación. La competencia legislativa plena de las comisiones. El procedimiento de lectura única y el procedimiento de urgencia. Los procedimientos legislativos especiales por razón de la materia.

10. El procedimiento parlamentario de aprobación de los presupuestos generales del Estado. Enmiendas al proyecto de ley de presupuestos.

11. Los procedimientos de control del ejecutivo. Las preguntas. Las interpelaciones. Las Proposiciones no de ley y las mociones. Control y responsabilidad política del Gobierno: moción de censura y cuestión de confianza.

12. El Gobierno. Formación y composición. Funciones constitucionales. Relaciones con las Cortes Generales.

13. El poder judicial: configuración constitucional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo y la organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

14. El Tribunal Constitucional: configuración constitucional. Composición y funciones.

15. El Tribunal de Cuentas: composición y funciones. El Defensor del Pueblo: forma de designación y funciones. Relaciones con las Cortes Generales.

16. La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos superiores. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios. Los Secretarios Generales y los Secretarios Generales Técnicos. Órganos territoriales. Los Delegados del Gobierno

17. Los organismos públicos. Creación, modificación y extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las Agencias Estatales. Las administraciones independientes. El sector público fundacional. La administración consultiva: el Consejo de Estado.

18. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Organización institucional de las Comunidades Autónomas.

19. La delimitación de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

20. La Administración Local: la provincia y el municipio. Otras entidades de la Administración Local.

II. Unión Europea

21. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos.

22. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la Unión: políticas comunitarias, política exterior y de seguridad común y cooperación en los asuntos de justicia e interior. El proceso de ampliación: evolución y situación actual.

23. Instituciones de la Unión Europea (I). El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados miembros en las diferentes partes del proceso.

24. Instituciones de la Unión Europea (II). El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

25. Las fuentes del Derecho comunitario europeo. Derecho originario. Derecho derivado: reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

26. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social.

27. Las políticas de la Unión Europea. El sistema monetario europeo.

III. Derecho administrativo

28. El reglamento administrativo: concepto, clases y límites.

29. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación.

30. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos. Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

31. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos, suministro, servicios, concesión de obras públicas y colaboración entre el sector público y el sector privado.

32. La contratación en las Cortes Generales. Normativa aplicable. Órganos y procedimientos de contratación. Ejecución de los contratos.

33. El régimen patrimonial de las administraciones públicas. El dominio público. Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional.

34. La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.

35. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

36. La potestad sancionadora de la administración. Principios generales. Procedimiento sancionador.

37. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. Reclamación administrativa previa a las vías civil y laboral. Recursos contra actos de administración de las Cortes Generales.

38. La jurisdicción contencioso-administrativa: Significado y características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional. El recurso contencioso-administrativo: las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia. El recurso contencioso-administrativo contra actos de administración de las Cortes Generales.

IV. Gestión administrativa y gestión de recursos humanos

39. Las políticas públicas: análisis, ejecución y evaluación. Control estratégico, control de gestión y control externo. Indicadores de gestión.

40. La gestión pública y la gestión privada. Nuevas formas de gestión pública. Técnicas de gestión pública: la administración por objetivos, la programación de proyectos y otras.

41. Políticas de modernización de la Administración General del Estado. La Administración electrónica. La calidad de los servicios públicos y de atención al ciudadano.

42. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa vigente. Las competencias en materia de personal.

43. Selección de personal. Los procesos selectivos en la Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público. Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. Acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

44. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo en la función pública. La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y perfeccionamiento.

45. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

46. El sistema de retribuciones de los funcionarios. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las indemnizaciones por razón del servicio.

47. La sindicación de los funcionarios públicos. La representación de los funcionarios. Los acuerdos con las organizaciones sindicales.

48. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.

49. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

50. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución: especial referencia a las Administraciones Públicas.

51. La seguridad social. Evolución y caracteres generales del sistema español. Los órganos encargados de la gestión. El régimen general y los regímenes especiales.

52. El régimen especial de la seguridad social de los funcionarios civiles del Estado. La MUFACE: acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

53. El sistema de protección social de diputados y senadores y de los funcionarios de las Cortes Generales.

54. La acción protectora de la seguridad social: tipos y características de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

55. Las Secretarías Generales del Congreso de los Diputados y del Senado. El Letrado Mayor de las Cortes Generales y los Secretarios Generales de las Cámaras. Estructura y órganos de la administración parlamentaria.

56. Las funciones de los servicios administrativos de las Cámaras en el procedimiento parlamentario. Registro. Tramitación de proyectos, enmiendas y proposiciones en comisión y en pleno. Funciones de los Cuerpos de Letrados, Técnico-Administrativo y Administrativo en estas materias. Las publicaciones de las Cortes Generales.

57. El personal de las Cortes Generales (I). El Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los funcionarios de las Cortes Generales: ingreso y cese; funciones de los diferentes Cuerpos, con especial referencia al Técnico-Administrativo; situaciones.

58. El personal de las Cortes Generales (II). Derechos de los funcionarios de las Cortes Generales. Jornada. Vacaciones, permisos y licencias. Retribuciones. Provisión de puestos de trabajo. Derechos de sindicación, representación, participación y negociación colectiva. La Junta de Personal y la Mesa Negociadora.

59. El personal de las Cortes Generales (III). Deberes e incompatibilidades de los funcionarios de las Cortes Generales. Régimen disciplinario. Recursos contra las resoluciones adoptadas en materia de personal por las Cortes Generales. El régimen jurídico del personal laboral al servicio de las Cortes Generales.

60. La Administración electrónica en el ámbito de las Cortes Generales. Las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado. El Plan de Modernización del Congreso de los Diputados y los Planes Informáticos y de Comunicaciones del Senado.

V. Gestión financiera y contabilidad

61. El presupuesto. Concepto y clases. La Ley General Presupuestaria: principios generales y estructura. Las Leyes de Estabilidad Presupuestaria.

62. Las leyes anuales de Presupuestos. Contenido de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. El Presupuesto del Estado. Principios de programación y de gestión. Contenido, elaboración y estructura. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

63. Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Incorporaciones de crédito. Generaciones de crédito.

64. La autonomía financiera de las Cortes Generales. El presupuesto de las Cortes Generales. Los presupuestos del Congreso de los Diputados y del Senado. Ámbito de aplicación y estructura. El ciclo presupuestario en las Cortes Generales.

65. Contabilidad pública. Concepto. El Plan General de Contabilidad Pública: fines, objetivos, ámbito de aplicación y características.

66. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los grupos de cuentas: estructura y contenido. Liquidación y cierre del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

67. Control del gasto público en España. La Intervención General de la Administración del Estado. Función interventora, control financiero permanente y auditoría pública. El Tribunal de Cuentas.

68. La ordenación del gasto. Órganos competentes en la Administración del Estado y en las Cortes Generales. Fases del procedimiento y su relación con la actuación administrativa. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos. Gestión de la Tesorería del Estado.

69. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos corrientes y de capital. Gastos de inversión. Tramitación de expedientes de gasto en las Cortes Generales.

70. La ordenación del pago. Órganos competentes en la Administración del Estado y en las Cortes Generales. Concepto y clases de pagos. Anticipos de caja. Pagos a justificar. Justificación de libramientos. La tramitación de expedientes de pago en las Cortes Generales.

71. Las nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas. Devengo y liquidación de derechos económicos.

72. Los ingresos públicos: concepto y clases. El sistema tributario español: régimen actual. Las tasas y los precios públicos: concepto y normativa aplicable.

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