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Documento BOE-A-2010-16981

Orden JUS/2836/2010, de 28 de septiembre, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia de don Víctor Jesús Madrid Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 5 de noviembre de 2010, páginas 92935 a 92935 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-16981

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden JUS/1610/2010, de 8 de junio, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, a los aspirantes que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3337/2008, de 10 de noviembre, y Orden JUS/2975/2006, de 15 de septiembre, y por Orden JUS/1609/2010, de 8 de junio, se otorgaron destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, figurando entres los mismos don Víctor Jesús Madrid Fernández.

Transcurrido el plazo concedido sin haber prestado juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo ni haber tomado posesión del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 443 por remisión del artículo 491.1 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y habiendo formulado por escrito don Víctor Jesús Madrid Fernández su renuncia a la condición de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, se acepta dicha renuncia y a formar parte del cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de septiembre de 2010.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

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