Visto el expediente de indulto de doña Ramona Rojas Carriedo, condenada por la Audiencia Provincial Sección Séptima de Alicante, con sede en Elche, en sentencia de 20 de mayo de 2003, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.502,53 euros por hechos cometidos en el año 1999 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2009,
Vengo en conmutar a doña Ramona Rojas Carriedo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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