Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-1802

Real Decreto 32/2010, de 8 de enero, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el Yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú en Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2010, páginas 10408 a 10409 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-1802

TEXTO ORIGINAL

La declaración de bien de interés cultural, cuya incoación se llevó a cabo por Resolución del 15 de septiembre de 2008 (BOE de 7-10-2008), se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

El yacimiento formado por el Abrigo y Cueva de Benzú, conocido también como La Cabililla de Benzú, se encuentra estratégicamente localizado en la región situada al Norte de África y el entorno de Gibraltar. El conjunto está constituido por dos zonas arqueológicas claramente diferenciadas y muy cercanas entre sí: El Abrigo con evidencias arqueológicas relativas al Paleolítico Medio, y la Cueva de Benzú cuya secuencia estratigráfica corresponde al Neolítico, aunque sus restos materiales evidencian la ocupación ya en el Paleolítico Medio. Por todo ello, se puede considerar que presenta unas características cronológicas, geográficas, culturales e históricas de gran importancia para el conocimiento de la Prehistoria en el ámbito del Estrecho de Gibraltar.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.b) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y los artículos 11 y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, corresponde al Ministerio de Cultura la incoación y tramitación del expediente, dado que el yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú, forma parte del Patrimonio del Estado y está adscrito al Ministerio de Defensa. La tramitación del citado expediente, se ha llevado a efecto según lo establecido en la citada Ley 16/1985 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Este real decreto se aprueba de acuerdo a la legislación anteriormente citada y con lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, al tratarse el Abrigo y Cueva de Benzú de un yacimiento arqueológico.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de enero de 2010,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de bien de interés cultural.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú, en Ceuta.

Artículo 2. Delimitación.

La delimitación del entorno de protección afecta a las parcelas 137 y 254, ambas de titularidad estatal adscritas al Ministerio de Defensa, así como a las parcelas 057 y 028, de titularidad municipal, y viene conformada por una figura pentagonal que supone la inclusión de todo el Mogote Benzú. La línea situada al norte está formada por los vértices 1 y 2, se corresponde con el perfil sur de la cantera del Benzú; la línea de los vértices 2 y 3 delimita el entorno oriental del yacimiento entre la cantera del Benzú y la subida de Esparta; la línea formada por los vértices 3 y 4, en sentido E-S discurre por el lado sur limitando con la orografía abrupta de la subida a Esparta; la línea de los vértices 4 y 5, en sentido S-W, coincide con la pista asfaltada por la que se accede a la cantera; finalmente la línea formada por los vértices 5 y 1, la parte más occidental, queda casi en paralelo a la línea costera en la zona de la playa del Algarrobo.

Sus coordenadas geográficas son N 35º 54’ 792’’ y W 05º 22’ 698’’.

Artículo 3. Descripción complementaria.

La descripción complementaria y detallada del bien a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente

Dado en Madrid, el 8 de enero de 2010.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Cultura,

ÁNGELES GONZÁLEZ-SINDE REIG

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid